Primero. Convocar los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación mediante las formas de ingreso directo, promoción para cambio de escala y promoción para cambio de cuerpo, para incorporarse como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y aprobar las bases que los regulan.
Segundo. Ofertar treinta y dos (32) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
Ejército . . . Código . . Directo
Segundo. Ofertar treinta y dos (32) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
Ejército . . . Código . . Directo
Tierra . . . . . . 130 . . . 6
Armada . . . . 131 . . . 3
Aire . . . . . . . . 132 . . . 3
...
ANEXO
Bases
Primera. Sistema de selección. El sistema de selección a emplear en los procesos de selección que se convocan será el de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares de formación de los aspirantes propuestos como alumnos por el Órgano de Selección.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, los aspirantes deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación, los siguientes requisitos:
1.1 Requisitos generales:
a) Nacionalidad española.
b) No cumplir ni haber cumplido en el año 2014 las siguientes edades máximas:
– Ingreso directo: Sin límite de edad máxima.
– Promoción para cambio de escala y cambio de cuerpo: 40 años.
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
g) Estar en posesión, o en condiciones de poseer, alguno de los siguientes títulos:
i. Para el Ejército de Tierra y la Armada: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras, o alguno de los que determina el artículo 1.a).2.º de la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo.
ii. Para el Ejército del Aire: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras, o de entre los que determina el artículo 1.a).2.º de la Orden DEF 1097/2012, de 24 de mayo, los que se relacionan a continuación:
– Grado en Administración y Dirección de Empresas.
– Grado en Administración y Dirección de Empresas ADE.
– Grado en Dirección y Administración de Empresas.
– Grado en Economía y Finanzas.
– Grado en Economía.
– Grado en Economía Financiera y Actuarial.
– Grado en Derecho.
– Grado en Derecho / Bachelor and Laws.
– Grado en Dirección Financiera y Contabilidad.
– Grado en Fiscalidad y Administración Pública.
– Grado en Finanzas.
– Grado en Ciencias Empresariales.
– Grado en Administración de Empresas.
– Grado en Ciencias Económicas.
– Grado en Finanzas y Seguros.
– Grado en Finanzas, Banca y Seguros.
– Grado en Finanzas y Contabilidad.
– Grado en Dirección y Creación de empresas.
– Grado en Contabilidad y Finanzas.
– Grado en Economía y Negocios Internacionales.
– Grado en Estudios Internacionales de Economía y Empresa / International Business Economics.
– Grado en Comercio y Marketing.
– Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
– Grado en Comercio Internacional.
– Grado en Comercio.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
h) No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
i) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
j) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
k) En el caso de haber dado positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión.
l) Los solicitantes militares profesionales no deben haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
1.2 Requisitos específicos.
1.2.1 Procesos para ingreso directo. Carecer de tatuajes que contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, Autoridades y virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, deberán carecer de cualquier tipo de tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes no especiales de las Fuerzas Armadas, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero.
1.2.2 Procesos para ingreso por promoción: ...
Tercera. Plazo de presentación de solicitud de admisión al proceso de selección. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 9 al 18 de julio de 2014, a.i.}
... Los ejemplares del modelo 790 podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa, en las Subdelegaciones de Defensa o bien podrán descargarse desde la página web: www.060.es (Sistema de Inscripción en Pruebas Selectivas). El ingreso del importe correspondiente se efectuará en cualquier entidad financiera de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
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