viernes, 5 de diciembre de 2014

175 Ayudas para contratos Ramón y Cajal ; 225 Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación; 180 Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+I; 225 Ayudas para contratos Juan de la Cierva-incorporación. Subprograma Estatal de Formación y Subprograma Estatal de Incorporación.

CAPÍTULO I. Disposiciones comunes a todas las actuaciones.
Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria, correspondiente al año 2014, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad.
De manera concreta, se convocan ayudas para las siguientes actuaciones:
a) Ayudas para contratos Ramón y Cajal (en adelante, ayudas Ramón y Cajal), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
b) Ayudas para contratos Juan de la Cierva-formación (en adelante, ayudas Juan de la Cierva-formación) en el ámbito del Subprograma Estatal de Formación.
c) Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+I (en adelante, ayudas para personal técnico de apoyo), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
d) Ayudas para contratos Juan de la Cierva-incorporación (en adelante, ayudas Juan de la Cierva-incorporación), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
Artículo 2. Normativa aplicable.
Artículo 3. Beneficiarios.1. En las disposiciones específicas para cada tipo de ayuda se determinan los sujetos que pueden tener la condición de beneficiarios, de entre los definidos en el artículo 5 de la Orden de Bases.
Artículo 4. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Artículo 5. Principios que han de respetar los proyectos.
Artículo 6. Régimen de compatibilidades.
Artículo 7. Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
Artículo 8. Financiación de las ayudas.
Artículo 9. Plazos de presentación de solicitudes. Los plazos de presentación de las solicitudes de participación serán los siguientes:
a) Ayudas Ramón y Cajal: del 9 de diciembre de 2014 al 20 de enero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
b) Ayudas Juan de la Cierva-formación: del 13 de enero de 2015 al 10 de febrero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
c) Ayudas para personal técnico de apoyo del 11 de diciembre de 2014 al 27 de enero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
d) Ayudas Juan de la Cierva-incorporación: del 8 de enero de 2015 al 5 de febrero de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
Artículo 10. Comunicaciones entre la Administración y los interesados.
Artículo 11. Subsanación de las solicitudes.
Artículo 12. Propuesta de resolución provisional y trámite de audiencia.
Artículo 13. Resolución.
Artículo 14. Modificaciones.
Artículo 15. Publicidad.
Artículo 16. Control.
Artículo 17. Incumplimiento.
Artículo 18. Devoluciones voluntarias.
CAPÍTULO II. Disposiciones específicas de las ayudas Ramón y Cajal.
Artículo 19. Objetivo de las ayudas.1. El objetivo de estas ayudas es promover la incorporación de investigadores nacionales y extranjeros con una trayectoria destacada en centros de I+D mediante, por una parte, la concesión de ayudas de una duración de cinco años para su contratación laboral y una financiación adicional para la ejecución de la actividad de investigación que se realice y, por otra parte, la concesión de ayudas para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente para su posterior incorporación en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación beneficiarios de estas ayudas.
2. Se convocan 175 ayudas, de las que 3 se reservan para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50 por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general.
Artículo 20. Características de las ayudas.
Artículo 21. Entidades beneficiarias.
Artículo 22. Requisitos de los investigadores participantes en la línea de ayudas para la contratación.
Artículo 23. Régimen de compatibilidades.
Artículo 24. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 25. Contenido de las solicitudes de los Centros de I+D.
Artículo 26. Subsanación de las solicitudes de los Centros de I+D.
Artículo 27. Resolución de los Centros de I+D elegibles.
Artículo 28. Contenido de las solicitudes de los investigadores.
Artículo 29. Subsanación de las solicitudes de los investigadores.
Artículo 30. Criterios de evaluación de las solicitudes de los investigadores.
Artículo 31. Evaluación de las solicitudes de los investigadores.
Artículo 32. Acuerdos de incorporación entre Centros de I+D e investigadores.
Artículo 33. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores.
Artículo 34. Pago de las ayudas.
Artículo 35. Justificación de las ayudas.
Artículo 36. Seguimiento científico-técnico de las ayudas para la contratación.
Artículo 37. Cambios de Centro de I+D.
Artículo 38. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO III. Disposiciones específicas de las ayudas Juan de la Cierva-formación.
Artículo 39. Objetivo de las ayudas. 1. Las ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años con objeto de que los mismos completen su formación investigadora posdoctoral en centros de I+D españoles distintos a aquellos en los que realizaron su formación predoctoral.
2. Se convocan 225 ayudas de las que 4 se reservan para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50 por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general.
Las ayudas del turno de acceso general estarán distribuidas en las distintas áreas científicas que se relacionan en el anexo de esta resolución. La distribución de ayudas en cada área científica resultará de aplicar al total de ayudas convocadas el porcentaje de solicitudes presentadas en cada área científica respecto del total de las solicitudes presentadas. Las cifras resultantes se redondearan a los números enteros más próximos.
En este cálculo solo se considerarán las ayudas convocadas y las solicitudes presentadas en el turno de acceso general.
Las ayudas del turno de personas con discapacidad no tendrán una distribución prefijada entre las distintas áreas científicas.
Artículo 40. Características de las ayudas.
Artículo 41. Entidades beneficiarias.
Artículo 42. Requisitos de los investigadores.
Artículo 43. Régimen de compatibilidades.
Artículo 44. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 45. Contenido de las solicitudes.
Artículo 46. Subsanación de las solicitudes.
Artículo 47. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Artículo 48. Evaluación de las solicitudes.
Artículo 49. Propuesta de resolución provisional y trámite de audiencia.
Artículo 50. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores.
Artículo 51. Pago y justificación de las ayudas.
Artículo 52. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 53. Cambio de equipo de investigación y/o de Centro de I+D.
Artículo 54. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO IV. Disposiciones específicas de las ayudas para personal técnico de apoyo.
Artículo 55. Objetivo de las ayudas. 1. El objetivo de estas ayudas es la concesión de ayudas de una duración de tres años para la contratación laboral de personal técnico de apoyo en organismos de investigación destinados al manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científico-tecnológicas.
2. Se convocan 180 ayudas, de las que 3 se reservan para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50 por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general.
Artículo 56. Características de las ayudas.
Artículo 57. Entidades beneficiarias.
Artículo 58. Requisitos de los técnicos de apoyo.
Artículo 59. Forma de presentación de solicitudes.
Artículo 60. Contenido de las solicitudes.
Artículo 61. Subsanación de las solicitudes.
Artículo 62. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Artículo 63. Evaluación de las solicitudes.
Artículo 64. Propuesta de resolución provisional y trámite de audiencia.
Artículo 65. Presentación de contratos e incorporación de los técnicos.
Artículo 66. Pago y justificación de las ayudas.
Artículo 67. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 68. Interrupción de la ayuda.
CAPÍTULO V. Disposiciones específicas de las ayudas Juan de la Cierva-incorporación.
Artículo 69. Objetivo de las ayudas. 1. Las ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años con objeto de que los mismos afiancen las capacidades adquiridas durante una primera etapa de formación posdoctoral.
2. Se convocan 225 ayudas de las que 4 se reservan para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 50 por ciento. Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general.
Las ayudas del turno de acceso general estarán distribuidas en las distintas áreas científicas que se relacionan en el anexo de esta resolución. La distribución de ayudas en cada área científica resultará de aplicar al total de ayudas convocadas el porcentaje de solicitudes presentadas en cada área científica respecto del total de las solicitudes presentadas. Las cifras resultantes se redondearan a los números enteros más próximos.
En este cálculo solo se considerarán las ayudas convocadas y las solicitudes presentadas en el turno de acceso general.
Las ayudas del turno de personas con discapacidad no tendrán una distribución prefijada entre las distintas áreas científicas.
Artículo 70. Características de las ayudas.
Artículo 71. Entidades beneficiarias.
Artículo 72. Requisitos de los investigadores.
Artículo 73. Régimen de compatibilidades.
Artículo 74. Forma de presentación de las solicitudes.
Artículo 75. Contenido de las solicitudes.
Artículo 76. Subsanación de las solicitudes.
Artículo 77. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Artículo 78. Evaluación de las solicitudes.
Artículo 79. Propuesta de resolución provisional y trámite de audiencia.
Artículo 80. Presentación de contratos e incorporación de los investigadores.
Artículo 81. Pago y justificación de las ayudas.
Artículo 82. Seguimiento científico-técnico.
Artículo 83. Cambio de equipo de investigación y/o de Centro de I+D.
Artículo 84. Interrupción de la ayuda.
Disposición adicional primera. Carta Europea del Investigador y Código de Conducta para la contratación de investigadores.
Disposición adicional segunda. Prórroga de los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal.
Disposición adicional tercera. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Eficacia.
Anexo

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