viernes, 5 de diciembre de 2014

Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015.

Objetivos del Plan. Las líneas de actuación que integran el presente Plan de Seguros Agrarios, estarán orientadas al logro de los objetivos establecidos en las mencionadas directrices contenidas en el Acuerdo de Bases para la elaboración de los planes de seguros agrarios
combinados para el trienio 2013 a 2015, a saber:
a) Revisar los criterios de asignación de subvenciones, adecuándolos a la disponibilidad presupuestaria, optimizando los recursos y facilitando su aplicación, gestión y control.
b) Avanzar en el desarrollo del sistema de seguros agrarios, para mantener o alcanzar un nivel de implantación que permita a los productores agrícolas, ganaderos, forestales y acuícolas, contar, a un coste ajustado y asumible por los productores, con una garantía básica de protección para los riesgos cubiertos, ante las consecuencias que se deriven del acaecimiento del conjunto de los fenómenos naturales no controlables, universalizando las garantías que se ponen a disposición del sector.
c) Perfeccionar los procedimientos de gestión de los seguros y la información que se facilita al asegurado, tanto en la contratación como en el proceso de valoración de los daños.
Ámbito de aplicación del Plan. El ámbito para la aplicación de las diferentes líneas de seguro que integran el Plan será, con carácter general, la totalidad de las explotaciones ubicadas en el territorio nacional. No obstante, y para lograr un adecuado desarrollo de cada una de las líneas, en casos debidamente justificados podrá limitarse dicho ámbito atendiendo a criterios climáticos, de disponibilidad de datos estadísticos, de condiciones estructurales y de manejo de la producción asegurable, así como a otros criterios relacionados con el grado de incidencia de los riesgos naturales.
Líneas de seguro, garantías, coberturas, producciones y riesgos asegurables comprendidos en el Plan. 1. El Plan 2015 abarca la totalidad de las líneas de seguros que se recogen en el anexo.  
2. Además, las siguientes garantías serán incorporadas en los plazos previstos una vez realizados los estudios necesarios para establecer su viabilidad y las condiciones de cobertura correspondientes: 
a) Cobertura del riesgo de sequía en los daños en plantación en el cultivo de almendro. 
b) Cobertura de los daños en madera en el viñedo para uva de vinificación que no produciendo la muerte de la vid sí producen pérdidas de producción en la cosecha del año siguiente. 
c) Cobertura de los daños en calidad ocasionados por el riesgo de helada en la planta de temporada, dentro de la Planta Ornamental. 
d) Cobertura del riesgo de nieve en la línea de seguro para explotaciones forestales. 
e) Cobertura a la plantación (bulbos o cormos) en el cultivo de azafrán. 
f) Cobertura al sector del tabaco en la línea de costes fijos para Organizaciones de productores y cooperativas. 
g) Se incluirá la producción de atún en el seguro de acuicultura marina para besugo, corvina, dorada, lenguado, lubina y rodaballo y, en su caso, la oreja de mar. En todo caso, la incorporación de las anteriores garantías y producciones al Plan anual requerirá una disponibilidad presupuestaria suficiente para atender el coste de las subvenciones previstas. 
3. Se continuará atendiendo a la revisión de las coberturas de las diferentes líneas de seguro para favorecer su adaptación a las condiciones reales del cultivo, a las características del riesgo, al destino de las producciones, al tamaño y estructura de la explotación, a las técnicas de prevención del riesgo y a los resultados actuariales del aseguramiento. 
4. Teniendo en cuenta lo anterior, el anexo recoge, para cada línea de seguro, la relación de las producciones asegurables que definen las líneas de aseguramiento que integran el Plan de Seguros Agrarios Combinados 2015, sin perjuicio de que, fruto del análisis específico de cada línea de seguro, pueda darse cobertura a nuevas producciones. 
5. Para las líneas de aseguramiento agrícolas y forestales contenidas en el punto 1 de dicho anexo, los riesgos asegurables (que son diferentes en función de la producción, el ámbito y el módulo de aseguramiento) son: Pedrisco, helada, lluvia, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente, viento, viento huracanado, incendio, fauna silvestre, no nascencia, falta de cuajado, virosis, golpe de calor, ahuecado en sandía y resto de adversidades climáticas. Asimismo, en la línea de seguro con coberturas crecientes para organizaciones de productores y cooperativas, es asegurable el perjuicio económico que representa el hacer frente a los costes fijos de los bienes asegurables cuando se haya producido una merma de entrada de producción en la organización o cooperativa por riesgos asegurados. Para las instalaciones quedan cubiertos la totalidad de riesgos climáticos.
6. Para las líneas de aseguramiento ganaderas contenidas en el punto 2 de dicho anexo, los riesgos asegurables (que son diferentes en función de la producción, el ámbito y la opción de aseguramiento) son: accidentes, adversidades climáticas (incendios, inundaciones, rayos, sequía, golpe de calor, viento huracanado, lluvia torrencial, nieve, etc.), ataque de animales salvajes o perros asilvestrados, intoxicaciones alimentarias, enfermedades que incluyen las principales epizootias que afectan a cada especie como: Fiebre Aftosa, EEB, Peste porcina clásica, Aujeszky, Salmonella, Tembladera, Peste equina, Fiebre del Nilo Occidental así como otras enfermedades no epizooticas como carbunco, Síndrome respiratorio bovino, Actinomicosis y Actinobacilosis etc. Brucelosis, Tuberculosis, Leucosis y Perineumonia están cubiertas como garantías adicionales como resultado de pruebas de saneamiento oficiales.
ANEXO
Porcentajes de subvención base aplicables
1. Seguros de producciones agrícolas y forestales.
2. Seguros de producciones ganaderas y acuícolas.
2.1 Seguros de explotación.
2.2 Seguros de retirada y destrucción.

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