miércoles, 20 de mayo de 2009

Abono Social Teléfono - en Telefonica de España, S.A.-

Abono Social - Reducción de las cuotas de la línea telefónica dirigida a personas mayores de 64 años o personas jubiladas por incapacidad laboral absoluta.
Descripción.- Abono Social es una facilidad que ofrece Telefónica a las personas mayores de 64 años o jubiladas por incapacidad laboral absoluta que consiste en una reducción del 30% de la cuota de alta de la línea telefónica y del 95% de la cuota mensual. El coste de las llamadas es el mismo que para cualquier otra persona y no existe límite de consumo.
Además, se tiene derecho a una inserción en la guía telefónica, la cual se edita en soporte papel y en soporte telemático. Si no deseara figurar en dichas guías, puede pedir la exclusión de sus datos, tanto en el momento de la solicitud como más adelante.
Requisitos.- Ser jubilado o pensionista (por incapacidad, viudedad, orfandad, etc.) y estar cobrando una pensión causada en el Régimen General u otros del Sistema de la Seguridad Social (no es necesario el requisito de edad mínima).
Que la SUMA de las RENTAS de todas las personas que conviven en el mismo domicilio, no supere los 8.119,50 euros en el año 2009 (14 de pagas de 579,96 euros) según IPREM publicado en BOE 309 de 24 de diciembre de 2008. (actualizado según Orden PRE/1231/2009, de 18 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 16 de abril de 2009, por el que se modifica el umbral de renta familiar que da acceso al abono social. BOE Nº 122, DE 20 DE MAYO)
Ambos requisitos se consideran cumplidos cuando concurren en la persona que figura como titular del contrato del teléfono o en su cónyuge, siempre que ambos convivan en el mismo domicilio.
Que la instalación de la línea beneficiaria del Abono Social coincida con el empadronamiento del titular y que éste no disponga de otro teléfono que se beneficie de esta reducción.
Solicitud y documentación necesaria.- 1. Deberá enviar la solicitud por fax o correo ordinario a:
Apartado de correos: 423
Código postal: 48080 BILBAO
, o al Fax: 900 50 14 72
2. Una vez recibida, le llegará una carta con información detallada: requisitos, condiciones y documentos que debe enviar al apartado de correos y fax que se indica.
3. DOCUMENTACIÓN que tiene que presentar:
- Fotocopia del D.N.I., pasaporte o Tarjeta de Residente de todas las personas que viven en el domicilio y documento acreditativo equivalente para los menores de 16 años (fotocopia del Libro de Familia).
- Volante de empadronamiento familiar o colectivo. Deben figurar todas las personas censadas en la misma vivienda y, además, el Ayuntamiento deberá indicar que "no existen más inscripciones".
- Acreditación de ingresos del año en curso (percepción o no percepción de los mismos) para el titular y cada una de las personas empadronadas, mayores de 16 años, y que según su situación presentarán la documentación que se indica a continuación:
Pensionistas
Con pensión contributiva y con 65 años o más:
- Notificación de revalorización y paga única de pensiones o certificado de pensión mensual expedido por el INSS (incluso para clases pasivas del Estado).
Con pensión contributiva y menor de 65 años:
- Notificación de revalorización y paga única de pensiones o certificado de pensión mensual expedido por el INSS (incluso para clases pasivas del Estado).
- Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
En activo: Fotocopia de la última nómina o acreditación de ingresos. No activo: Certificado del INEM de la prestación que se perciba.
Con pensión no contributiva:
- Certificado del organismo oficial que corresponda con la cuantía de la que sea beneficiario.
No pensionistas
- Informe de Vida Laboral emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
En activo:
- Fotocopia de la última nómina o acreditación de ingresos.
No activo:
- Certificado del INEM de la prestación que se perciba.
Si además percibe prestaciones de otro Estado:
- Los documentos deberán estar redactados en castellano o, en su lugar, mediante traducción jurada.
- Los documentos referidos a haberes figurarán en euros y estarán certificados por la embajada del país de origen.
- Si informa el número de pasaporte, presentará copia del documento de ocupación de local o vivienda.
Para más información, clika sobre el título del 'post' y te remitirá directamente a la web de telefónica, donde podrás ampliar la información.

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