(leer en la página 20, clikando en el título del 'post', para ver desarrollada la TABLA SALARIAL para el año 2009, en su desglose en Niveles, por: Salario Base mensual, pluses, pagas extras, y salario en cómputo anual).
Dieta completa: 28,67 €
Media dieta: 8,78 €
Desgaste de herramientas: 0,31 oficial 1ª-2º ; 0,18 ayudante.
Locomoción: 0,27 €.
Incremento salarial 2009: 3,5%.
Jornada cómputo anual: 1.738 horas.
Calendario laboral 2009: 2 y 5 de enero, 20 de marzo, 7, 28, 29, 30 y 6 horas el día 31 de diciembre (el defecto de 2 horas de jornada del día 31 de diciembre será recuperable conforme se acuerde entre empresa y trabajador).
Como indica el artículo 61 de nuestro convenio colectivo, a efectos de abonos de salarios los días no laborales tendrán la consideración de jornada normal de trabajo como jornada efectivamente trabajada.
Asimismo, según el artículo 68 de nuestro convenio provincial, se considerará festivo el día anterior laborable a la fiesta patronal de cada municipio.
Artículo 59 indemnizaciones:
Media dieta: 8,78 €
Desgaste de herramientas: 0,31 oficial 1ª-2º ; 0,18 ayudante.
Locomoción: 0,27 €.
Incremento salarial 2009: 3,5%.
Jornada cómputo anual: 1.738 horas.
Calendario laboral 2009: 2 y 5 de enero, 20 de marzo, 7, 28, 29, 30 y 6 horas el día 31 de diciembre (el defecto de 2 horas de jornada del día 31 de diciembre será recuperable conforme se acuerde entre empresa y trabajador).
Como indica el artículo 61 de nuestro convenio colectivo, a efectos de abonos de salarios los días no laborales tendrán la consideración de jornada normal de trabajo como jornada efectivamente trabajada.
Asimismo, según el artículo 68 de nuestro convenio provincial, se considerará festivo el día anterior laborable a la fiesta patronal de cada municipio.
Artículo 59 indemnizaciones:
apartado b) 45.000 euros
apartado c) 26.000 euros.
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