viernes, 22 de mayo de 2009

Premios Nacionales de Educación para el Desarrollo en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Orden AEC/1280/2009, de 14 de mayo, por la que se crean los Premios Nacionales de Educación para el Desarrollo en centros docentes sostenidos con fondos públicos, se establecen las bases para su concesión y se convocan los correspondientes al año 2009.
Artículo 1. Creación y convocatoria de los premios.- 1. La presente Orden tiene por objeto crear y convocar, para el año 2009, los Premios Nacionales de Educación para el Desarrollo destinados a aquellos centros docentes que desarrollen acciones, experiencias educativas, proyectos o propuestas pedagógicas destinados a sensibilizar, concienciar, desarrollar el espíritu crítico, y fomentar la participación activa del alumnado en la consecución de una ciudadanía global, solidaria, comprometida con la erradicación de la pobreza y sus causas y el desarrollo humano y sostenible.
2. Dichas acciones supondrán la implicación de toda la comunidad educativa y estarán dirigidas a la consecución de los fines y objetivos establecidos con carácter general en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. Estos premios se convocarán con carácter anual y la presente convocatoria tiene como objetivo premiar las actuaciones a que se refiere el apartado 1 de este artículo que se estén realizando a lo largo del curso académico 2008/2009.
Artículo 2. Ámbito de aplicación .- La convocatoria está dirigida a todos los centros docentes españoles sostenidos con fondos públicos que impartan alguna de las siguientes enseñanzas: educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional sin perjuicio de que en próximas convocatorias pueda ampliarse a otros niveles educativos.
Artículo 3. Modalidades del premio. 1. Se otorgarán un total de 15 premios que se repartirán en su totalidad entre los distintos niveles educativos en función de los criterios establecidos en el apartado 8 de esta orden de bases. Se otorgará como mínimo uno por cada nivel educativo.
El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación que deberá acompañarla será de 30 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 23 de maig al 22 de juny, a.i.]

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