miércoles, 20 de mayo de 2009

Ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias en el año 2009.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Orden SAS/1250/2009, de 7 de mayo, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias en el año 2009.
Objeto.- La presente Orden tiene por objeto la convocatoria en el ejercicio 2009 de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Nacional de Biomedicina, de acuerdo con lo establecido en los Planes Nacionales de I+D+I 2008-2011 y en la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 (disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, http://www.pnsd.msps.es ).
En todos los puntos no especificados en esta convocatoria se estará a lo establecido en las »Bases Reguladoras» de estas subvenciones, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Solicitantes y Beneficiarios.- Podrán participar como solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros españoles de I+D tanto públicos como privados. A estos efectos se entiende por:
a) Centro público de I+D:
Instituciones sanitarias públicas,
Universidades públicas,
Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986 de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.
b) Centro privado de I+D:
Instituciones sanitarias privadas,
Universidades privadas
Otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación, que tengan personalidad jurídica propia y que carezcan de ánimo de lucro.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». [del 21 de maig al 20 de juny, a.i.]

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