Conselleria de Cultura i Esport . ORDRE de 21 de maig de 2009, de la Conselleria de Cultura i Esport, per la qual es convoca un concurs públic per a la concessió d’ajudes a la producció de línies editorials en castellà. [2009/5877]
ORDEN de 21 de mayo de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano. [2009/5877]
ORDEN de 21 de mayo de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano. [2009/5877]
Se convoca concurso público para la concesión de ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano para 2009 y se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y documentación necesaria (anexos I, II y III).
Bases de la convocatoria para la adjudicación de ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano para 2009
Objeto y condiciones de la convocatoria.- 1. Con el fin de potenciar un fondo editorial, convenientemente articulado en colecciones y con el suficiente interés como para competir con las editoriales con producción en castellano del resto del Estado, serán objeto de ayuda todos aquellos libros publicados en castellano por empresas editoriales comerciales que tengan sede social en la Comunitat Valenciana, y se les haya otorgado el número de Depósito Legal durante los años 2008 ó 2009, siempre que no se hayan acogido a esta ayuda a lo largo de 2008. Los libros objeto de esta subvención deberán reunir las siguientes características:
a) Estar comercializados a través de librerías, lo que se acreditará con la presentación de un certificado del distribuidor en librerías.
b) Tener una tirada mínima de 500 ejemplares.
c) Tener un precio de venta no superior a cincuenta euros (50 €).
d) Ser primeras ediciones en el catálogo de la editorial solicitante.
e) Poseer un mínimo de cincuenta páginas por ejemplar, excepto
los libros infantiles.
2. También podrán optar a esta ayuda las partituras de compositores valencianos publicadas por editoriales que tengan su sede social en la Comunitat Valenciana, siempre que cuenten con un mínimo de cuatro páginas.
3. Las obras que opten a estas ayudas no podrán solicitar de manera concurrente las ayudas a la producción de libros de carácter profesional.
4. Una obra que esté editada en varias encuadernaciones (rústica, cartoné, etc) sólo podrá presentarse en una de ellas.
Objeto y condiciones de la convocatoria.- 1. Con el fin de potenciar un fondo editorial, convenientemente articulado en colecciones y con el suficiente interés como para competir con las editoriales con producción en castellano del resto del Estado, serán objeto de ayuda todos aquellos libros publicados en castellano por empresas editoriales comerciales que tengan sede social en la Comunitat Valenciana, y se les haya otorgado el número de Depósito Legal durante los años 2008 ó 2009, siempre que no se hayan acogido a esta ayuda a lo largo de 2008. Los libros objeto de esta subvención deberán reunir las siguientes características:
a) Estar comercializados a través de librerías, lo que se acreditará con la presentación de un certificado del distribuidor en librerías.
b) Tener una tirada mínima de 500 ejemplares.
c) Tener un precio de venta no superior a cincuenta euros (50 €).
d) Ser primeras ediciones en el catálogo de la editorial solicitante.
e) Poseer un mínimo de cincuenta páginas por ejemplar, excepto
los libros infantiles.
2. También podrán optar a esta ayuda las partituras de compositores valencianos publicadas por editoriales que tengan su sede social en la Comunitat Valenciana, siempre que cuenten con un mínimo de cuatro páginas.
3. Las obras que opten a estas ayudas no podrán solicitar de manera concurrente las ayudas a la producción de libros de carácter profesional.
4. Una obra que esté editada en varias encuadernaciones (rústica, cartoné, etc) sólo podrá presentarse en una de ellas.
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Podrán optar a esta subvención todas las empresas editoriales que tengan sede social en la Comunitat Valenciana cuya producción sea comercializada a través de librerías.
2. Las editoriales que opten a estas ayudas deberán tener una actividad ininterrumpida mínima de dos años. La Comisión Técnica de Valoración de estas ayudas podrá establecer excepciones con editoriales que no cumplan este requisito o que sean de nueva creación, si las obras presentadas tienen un especial interés cultural o innovador.
2. Las editoriales que opten a estas ayudas deberán tener una actividad ininterrumpida mínima de dos años. La Comisión Técnica de Valoración de estas ayudas podrá establecer excepciones con editoriales que no cumplan este requisito o que sean de nueva creación, si las obras presentadas tienen un especial interés cultural o innovador.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 27 de maig al 10 de juny, a.i.]
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