ORDEN de 24 de abril de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan los Premios 2009 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar. [2009/5442]
ANEXO I
Bases por las que se convocan los Premios 2009 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar.
Objetivos.- Los objetivos de esta convocatoria son los siguientes:
Bases por las que se convocan los Premios 2009 de la Comunitat Valenciana a las iniciativas y buenas prácticas educativas sobre la convivencia escolar.
Objetivos.- Los objetivos de esta convocatoria son los siguientes:
Promover la educación en la convivencia como parte de la educación integral de los alumnos.
Potenciar en los centros docentes los valores de tolerancia, aceptación mutua y solidaridad, con el fin de que los alumnos sean personas capaces de convivir con los demás como miembros plenamente integrados en nuestra sociedad democrática.
Generalizar las buenas prácticas que promocionan la convivencia como requisito para contribuir a la mejora del clima escolar, la reducción del abandono escolar, y así aumentar el éxito académico.
Destinatarios .-1. Podrán participar en la presente convocatoria los centros docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana en cualquier ciclo o nivel de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
Modalidades.- En la presente convocatoria, se establecen las siguientes modalidades:
a) Modalidad A: Proyectos, acciones o experiencias de convivencia llevados a la práctica por la comunidad educativa de los centros docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana, en los que se promueva la educación en la convivencia como parte de la educación integral del alumnado. Podrán presentarse los centros docentes que impartan: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
b) Modalidad B: Creación de audiovisuales, donde queden reflejadas técnicas y/o habilidades en resolución de conflictos o propuestas para el mantenimiento de un clima escolar adecuado, y donde puedan reflejarse los beneficios que conllevan estas buenas prácticas haciéndonos reflexionar sobre la convivencia escolar, la cooperación, la mediación y el respeto entre los miembros de la comunidad educativa.
Podrán presentarse los centros docentes que impartan: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
Condiciones de participación.- 1. Los centros que opten a estos premios deberán presentar ejemplos de investigaciones, experiencias o acciones que hayan sido llevadas a la práctica en el ámbito escolar. Los trabajos deberán ser originales e inéditos y podrán presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
2. No podrán participar aquellos trabajos que hayan sido premiados en cualquier otra convocatoria pública o privada.
3. El trabajo deberá ser elaborado por alumnado y/o docentes del mismo centro educativo.
4. Se incluirá una relación de todos los autores, según el modelo del anexo II.
Potenciar en los centros docentes los valores de tolerancia, aceptación mutua y solidaridad, con el fin de que los alumnos sean personas capaces de convivir con los demás como miembros plenamente integrados en nuestra sociedad democrática.
Generalizar las buenas prácticas que promocionan la convivencia como requisito para contribuir a la mejora del clima escolar, la reducción del abandono escolar, y así aumentar el éxito académico.
Destinatarios .-1. Podrán participar en la presente convocatoria los centros docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana en cualquier ciclo o nivel de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
Modalidades.- En la presente convocatoria, se establecen las siguientes modalidades:
a) Modalidad A: Proyectos, acciones o experiencias de convivencia llevados a la práctica por la comunidad educativa de los centros docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana, en los que se promueva la educación en la convivencia como parte de la educación integral del alumnado. Podrán presentarse los centros docentes que impartan: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
b) Modalidad B: Creación de audiovisuales, donde queden reflejadas técnicas y/o habilidades en resolución de conflictos o propuestas para el mantenimiento de un clima escolar adecuado, y donde puedan reflejarse los beneficios que conllevan estas buenas prácticas haciéndonos reflexionar sobre la convivencia escolar, la cooperación, la mediación y el respeto entre los miembros de la comunidad educativa.
Podrán presentarse los centros docentes que impartan: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos o Bachillerato, o Programas de Formación de Personas Adultas.
Condiciones de participación.- 1. Los centros que opten a estos premios deberán presentar ejemplos de investigaciones, experiencias o acciones que hayan sido llevadas a la práctica en el ámbito escolar. Los trabajos deberán ser originales e inéditos y podrán presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
2. No podrán participar aquellos trabajos que hayan sido premiados en cualquier otra convocatoria pública o privada.
3. El trabajo deberá ser elaborado por alumnado y/o docentes del mismo centro educativo.
4. Se incluirá una relación de todos los autores, según el modelo del anexo II.
El plazo de presentación finaliza el 20 de julio de 2009.
Premios
1. Modalidad A:
a) Se destinarán hasta un máximo de 21.000 euros, con las siguientes cuantías:
– 1º Premio: 7.000 euros. Educación Infantil y Primaria y ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas.
– Educación Infantil y Primaria:
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
– ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas:
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
b) Podrá declararse desierto alguno de los premios en el caso de que ninguno de los trabajos presentados alcance la puntuación mínima exigible de cinco puntos atendiendo a los criterios de valoración. En este caso, la dotación económica correspondiente se podrá destinar a incrementar la cuantía de los otros premiados.
2. Modalidad B:
a) Se destinarán un máximo de 14.000 euros, con las siguientes cuantías:
– Educación Infantil y Primaria y ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas:
– 1º Premio: 7.000 euros.
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
b) Podrá declararse desierto alguno de los premios en el caso de que ninguno de los trabajos presentados alcance la puntuación mínima exigible de cinco puntos atendiendo a los criterios de valoración. En este caso, la dotación económica correspondiente se podrá destinar a incrementar la cuantía de los otros premiados.
c) El contenido de los audiovisuales deberá ser inédito y original.
d) Como máximo se podrán presentar un audiovisual por centro.
Premio Extraordinario.- a) El conseller de Educación, a propuesta de la directora General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, y a la vista de la trayectoria seguida, per haber desarrollado una labor destacable relacionada con la convivencia, y los méritos logrados en dicha materia, podrá conceder un Premio Extraordinario a la Convivencia a aquel centro educativo que se haya distinguido por su extraordinaria actividad al desarrollar actitudes y comportamientos en beneficio de la convivencia escolar.
b) Al premio de esta modalidad se destinará un máximo de 9.000 euros para el centro seleccionado, así como una placa conmemorativa.
Creación de premios accésit.- Se podrán conceder accésit, con una dotación máxima de 3.700 euros, si la calidad de los trabajos presentados (en cualquiera de las dos modalidades y nivel educativo) lo permite, a juicio del Jurado de Selección.
a) Las cuantías máximas según modalidad y nivel serían, en su caso:
Premio de Accésit
Modalidad A – Infantil y Primaria 1.200 euros.
Modalidad A – ESO, Bachillerato, FP, y E.P.A 1.200 euros.
Modalidad B – ESO, Bachillerato, FP, y E.P.A 1.300 euros.
1. Modalidad A:
a) Se destinarán hasta un máximo de 21.000 euros, con las siguientes cuantías:
– 1º Premio: 7.000 euros. Educación Infantil y Primaria y ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas.
– Educación Infantil y Primaria:
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
– ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas:
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
b) Podrá declararse desierto alguno de los premios en el caso de que ninguno de los trabajos presentados alcance la puntuación mínima exigible de cinco puntos atendiendo a los criterios de valoración. En este caso, la dotación económica correspondiente se podrá destinar a incrementar la cuantía de los otros premiados.
2. Modalidad B:
a) Se destinarán un máximo de 14.000 euros, con las siguientes cuantías:
– Educación Infantil y Primaria y ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos o Programas de Formación de Personas Adultas:
– 1º Premio: 7.000 euros.
– 2º Premio: 4.000 euros.
– 3º Premio: 3.000 euros.
b) Podrá declararse desierto alguno de los premios en el caso de que ninguno de los trabajos presentados alcance la puntuación mínima exigible de cinco puntos atendiendo a los criterios de valoración. En este caso, la dotación económica correspondiente se podrá destinar a incrementar la cuantía de los otros premiados.
c) El contenido de los audiovisuales deberá ser inédito y original.
d) Como máximo se podrán presentar un audiovisual por centro.
Premio Extraordinario.- a) El conseller de Educación, a propuesta de la directora General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional, y a la vista de la trayectoria seguida, per haber desarrollado una labor destacable relacionada con la convivencia, y los méritos logrados en dicha materia, podrá conceder un Premio Extraordinario a la Convivencia a aquel centro educativo que se haya distinguido por su extraordinaria actividad al desarrollar actitudes y comportamientos en beneficio de la convivencia escolar.
b) Al premio de esta modalidad se destinará un máximo de 9.000 euros para el centro seleccionado, así como una placa conmemorativa.
Creación de premios accésit.- Se podrán conceder accésit, con una dotación máxima de 3.700 euros, si la calidad de los trabajos presentados (en cualquiera de las dos modalidades y nivel educativo) lo permite, a juicio del Jurado de Selección.
a) Las cuantías máximas según modalidad y nivel serían, en su caso:
Premio de Accésit
Modalidad A – Infantil y Primaria 1.200 euros.
Modalidad A – ESO, Bachillerato, FP, y E.P.A 1.200 euros.
Modalidad B – ESO, Bachillerato, FP, y E.P.A 1.300 euros.
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