viernes, 29 de mayo de 2009

subvenciones financiación de estancias formativas en países europeos de alumnos participantes en proyectos de escuelas taller y casas de oficios. 2009

Conselleria d’Economia, Hisenda i Ocupació . ORDRE de 5 de maig de 2009, de Conselleria d’Economia,
Hisenda i Ocupació
, per la qual es regulen i es convoquen subvencions per al finançament d’estades formatives en països europeus d’alumnes participants en projectes d’escoles taller i cases d’ofici durant l’exercici 2009.
[2009/6026]
ORDEN de 5 de mayo de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regulan y convocan subvenciones para la financiación de estancias formativas en países europeos de alumnos participantes en proyectos de escuelas taller y casas de oficio durante el ejercicio 2009. [2009/6026]

Objeto.- El objeto de la presente orden es convocar subvenciones que faciliten las estancias de alumnos menores de 25 años de programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios en Centros de formación de instituciones con proyectos homologables, de otros países de la Comunidad Europea, a fin de complementar su formación, tanto en técnicas propias de la especialidad formativa que están desarrollando, como en aspectos relacionados con la interculturalidad.
Las estancias deberán encuadrarse en el concepto y dinámicas de los encuentros transnacionales EuroChantiers. A tales efectos, la Dirección General de Formación y Cualificación Profesional del SERVEF proporcionará a las entidades beneficiarias la información precisa sobre las oportunidades de realización de estancias transnacionales, así como los modelos de protocolos y documentación de referencia utilizados en los encuentros EuroChantiers.
Cuantía de la subvención.- La subvención a conceder será como máximo por importe de 13.000 euros por grupo de 10 alumnos para una estancia transnacional de dos semanas o de 16.000 en estancias de tres semanas. Excepcionalmente, se podrá ampliar este importe máximo en el caso de superarse el número de alumnos participantes.
Ámbito territorial.- Las acciones subvencionadas con cargo a la presente orden deberán desarrollarse en un país perteneciente a la Comunidad Europea.
Beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas mediante la presente orden aquellas entidades que estén desarrollando en el momento de publicarse la presente una Escuela Taller y/o Casa de Oficio y cuyos alumnos vayan a estar en la fase de formación en alternancia con el trabajo durante todo o alguna parte del período de junio a diciembre de 2009.

Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes para esta convocatoria se presentarán en el plazo 30 días naturales a contar a desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[desde el 30 de maig fins al 29 de juny,a.i.]

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