jueves, 28 de mayo de 2009

Ajudes per a projectes de formació a les escoles de formació professional agràries.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 18 de maig de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’establixen les bases reguladores i es convoquen ajudes per a projectes de formació a les escoles de formació professional agràries.
[2009/5974]
ORDEN de 18 de mayo 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para proyectos de formación en las escuelas de formación profesional agrarias
. [2009/5974].
Se aprueban las bases por las que se regirán las ayudas para financiar los costes de formación de los agricultores y de los trabajadores agrarios y que se incluyen como anexo I a la presente orden.
Objeto y ámbito de las ayudas.- El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de las ayudas para financiar los costes de formación de los agricultores y trabajadores agrarios respecto de las actividades emprendidas tras la solicitud de la ayuda y que se desarrollen en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios de las ayudas.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas las escuelas de formación profesional agrarias, públicas y privadas, que desarrollen su actividad y tengan su domicilio en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Dichas entidades prestarán sus servicios a los beneficiarios últimos de las ayudas que serán los agricultores y trabajadores agrarios. La ayuda debe estar a disposición de todas las personas con derecho a ella sobre las bases de las condiciones definidas objetivamente.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en la presente orden deberán dirigirse a la Dirección General de Investigacióny Tecnología Agroalimentaria y se presentarán en el impreso normalizado, según el anexo II, en el Registro General de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, calle Amadeo de Savoya número 2, 46010 de Valencia o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes se determinará en la convocatoria anual correspondiente y que se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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