[2009/5416]
ORDEN de 1 de abril de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana. [2009/5416]
Se convocan ayudas para la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana, y se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria incluidas en la propia orden, así como los anexos II, III, IV y V relativos al modelo normalizado de solicitud, al proyecto, al alta de terceros y a la declaración de no estar sometido a ninguna prohibición para ser beneficiario de subvenciones respectivamente.
ANEXO I
Bases para la concesión de ayudas para la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana.
Objeto.- El objeto de las presentes ayudas es colaborar con las instituciones beneficiarias en la cofinanciación de intervenciones destinadas a la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios.- Las entidades locales, las fundaciones y las asociaciones sin ánimo de lucro.
Formalización de solicitudes, plazo de presentación.- 1. Las solicitudes, que se formularán según el modelo del impreso normalizado que se adjunta a la presente como Anexo II y que figura en la dirección de Internet http://www.cult.gva.es/dgpa/ .
Bases para la concesión de ayudas para la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana.
Objeto.- El objeto de las presentes ayudas es colaborar con las instituciones beneficiarias en la cofinanciación de intervenciones destinadas a la preservación del patrimonio de la piedra en seco de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios.- Las entidades locales, las fundaciones y las asociaciones sin ánimo de lucro.
Formalización de solicitudes, plazo de presentación.- 1. Las solicitudes, que se formularán según el modelo del impreso normalizado que se adjunta a la presente como Anexo II y que figura en la dirección de Internet http://www.cult.gva.es/dgpa/ .
5. Sólo se admitirá una solicitud por entidad solicitante, así como una sola solicitud por bien.
6. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 21 de maig al 9 de juny,a.i.]
6. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 21 de maig al 9 de juny,a.i.]
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