viernes, 29 de mayo de 2009

ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 6 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’establixen ajudes compensatòries pels costos de prevenció i eradicació de salmonel·losi en avicultura. [2009/5942]
ORDEN de 6 de abril de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura. [2009/5942]
Se establecen, como Anexo a la presente disposición, las Bases Reguladoras de la línea de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura.
Se convocan para el ejercicio 2009, las ayudas a las que hace referencia el artículo primero, que podrán solicitarse durante 20 días hábiles desde el día de entrada en vigor de esta orden.[del 30 de maig al 22 de juny, a.i.]
Objeto de la ayuda.- Se establece una ayuda de carácter compensatorio para la prevención y erradicación en el sector avícola de Salmonelosis de importancia para la salud pública, tal como se definen en la normativa estatal y comunitaria, en el marco de los siguientes programas:
1. Programa Nacional de de Vigilancia, Control y Erradicación de determinados serotipos de Salmonella en manadas de gallinas reproductoras de la especie Gallus gallus.
2. Programa Nacional de de Vigilancia y Control de determinados serotipos de Salmonella en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus
3. Programa Nacional de de Vigilancia de determinados serotipos de Salmonella en pollos de carne, broilers, de la especie Gallus gallus.
Beneficiarios .- Las asociaciones o entidades que desarrollen su actividad en el sector avícola de la Comunitat Valenciana, y que presten servicios de controles sanitarios y medidas de prevención frente a salmonelosis, así como sacrificio y destrucción de animales afectados, a las explotaciones ganaderas de la Comunidad Valenciana que tengan la condición de PYMES agrarias, podrán percibir una ayuda, si cumplen las condiciones previstas en esta orden.
Las asociaciones o entidades beneficiarias de la ayuda quedan obligadas a no repercutir a los titulares de las explotaciones los gastos ocasionados por los servicios objeto de subvención, y no podrán exigir la pertenencia a la asociación como condición para prestar los servicios.

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