viernes, 15 de mayo de 2009

Ayudas destinadas a promover Agrupaciones de Centros Educativos para la realización y puesta en práctica de proyectos comunes.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Resolución de 30 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas destinadas a promover Agrupaciones de Centros Educativos para la realización y puesta en práctica de proyectos comunes.
Las Agrupaciones y Redes de Centros Educativos (ARCE) buscan, por una parte, impulsar los intercambios entre los centros y la movilidad de alumnos y profesores, contribuyendo a la adquisición y mejora de sus aptitudes, no sólo en las competencias, áreas, o temas en los que se centra el proyecto, sino también en la capacidad de trabajar en equipo. Por otra parte, se pretende consolidar redes educativas entre los centros participantes, todo ello en aras de una mejora en la calidad de la educación.
En virtud de todo lo expuesto, el Ministerio de Educación convoca ayudas para el establecimiento de Agrupaciones y Redes de Centros Educativos (ARCE) que permitan seleccionar proyectos de cooperación con arreglo a las siguientes bases:
Objeto y ámbito de la convocatoria.- 1. Se convocan ayudas para la puesta en marcha de agrupaciones y redes de centros educativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y al amparo de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.
2. Las ayudas están dirigidas a los centros públicos españoles, ubicados en alguna Comunidad Autónoma o en las ciudades de Ceuta y Melilla, que imparten enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas Profesionales, Educación de Personas Adultas y a los centros de educación especial.
Modalidades de las agrupaciones.-
1. Modalidad «A»: Agrupaciones de centros educativos que se plantean por primera vez trabajar sobre un proyecto común.
2. Modalidad «B»: Agrupaciones que obtuvieron ayuda para la realización de un proyecto común, según las Órdenes ECI/4142/2006, de 26 de diciembre y ECI/3955/2007, de 7 de diciembre, y que desean, en su caso, ampliar el ámbito de actuación con otros centros que hayan desarrollado proyectos de contenidos similares.

Características de las modalidades.
1. Modalidad «A»: Se podrán establecer agrupaciones de dos o más centros, todos ellos de diferentes Comunidades Autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla, para desarrollar un proyecto común que deberá realizarse en equipo entre todos los centros participantes y cuya duración será de dos años. Un mismo centro podrá formar parte de dos agrupaciones distintas siempre y cuando los niveles de enseñanza a los que vayan dirigidas sean diferentes.
2. Modalidad «B»: La finalidad de los proyectos que se desarrollen en la modalidad «B» podrá ser:
Desarrollar actuaciones de ampliación y generalización de su proyecto inicial, como jornadas de difusión y formación, elaboración de materiales o ampliación a otros niveles educativos.
Establecer una nueva agrupación constituida por centros que hayan formado parte de agrupaciones que desarrollaron proyectos de contenido similar y que estén interesados en ir consolidando redes educativas de apoyo y colaboración en torno a ámbitos de trabajo concretos. Podrán colaborar otras instituciones, entidades y expertos que tengan especial vinculación con los centros o proyectos.
En esta modalidad podrán coincidir en la misma agrupación hasta dos centros de la misma Comunidad Autónoma o de las ciudades de Ceuta y Melilla, siempre que participen centros de otras Comunidades. La duración de los proyectos será de uno o de dos años.

Objetivos de las agrupaciones de centros escolares.- 1. El establecimiento de agrupaciones de centros escolares tiene por objeto:
Crear vínculos entre los centros escolares a través de la realización de proyectos basados en temas de interés común, con el objetivo de promover la cooperación, movilidad y la innovación en distintas áreas de trabajo y de explorar algunos ámbitos temáticos emergentes o prioritarios.
Establecer un marco para el debate y la reflexión conjunta dirigida a la identificación y la promoción de buenas prácticas en el área de trabajo de su elección, con especial atención a las áreas curriculares.
Contribuir al desarrollo de las competencias básicas a las que se refieren los Reales Decretos 1513/2006, de 7 de diciembre y 1631/2006, de 29 de diciembre, por los que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria y la Educación secundaria obligatoria respectivamente, en un contexto de aprendizaje innovador que proporcionará experiencias de gran valor educativo.
Establecer medidas de atención a la diversidad que faciliten la puesta en marcha de un conjunto de actuaciones, adaptaciones al currículo, medidas organizativas, apoyos y refuerzos que permitan dar la respuesta más adecuada a todo el alumnado del centro, intentando prevenir el abandono escolar y mejorar el éxito de todos.
Difundir las conclusiones, materiales, y herramientas elaborados en proyectos anteriores que puedan ser de aplicación en otros ámbitos educativos.
Favorecer la creación de vínculos y redes educativas que permitan generalizar propuestas innovadoras, materiales novedosos, metodologías específicas que se puedan extender favoreciendo la cooperación y contribuyendo a la mejora de la calidad educativa.
2. Para facilitar el contacto entre los centros interesados en participar en esta convocatoria, el Ministerio de Educación pondrá a su disposición un espacio en la página web, www.educacion.es/educacion/comunidades-autonomas/programas-cooperacion.html en el que pueden presentarse, indicando sus características principales y las áreas de trabajo objeto de una posible agrupación con otros centros. Así mismo se publicarán en dicha página las jornadas o seminarios que se realicen para facilitar el conocimiento entre los centros interesados y la elaboración de los planes de trabajo conjuntos (actividades de encuentros, jornadas, seminarios, etc. que ayuden a que los centros que quieran colaborar en algún área de trabajo puedan conocerse).
Presentación de las solicitudes. 1. Los centros coordinadores de las agrupaciones que deseen participar en esta convocatoria deberán enviar su solicitud, según los anexos de la presente Resolución, a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, calle Los Madrazo 15-17, 2.ª planta, 28014 Madrid, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será:
a) Para las agrupaciones de la modalidad «A» hasta el 10 de julio de 2009 inclusive.
b) Para las agrupaciones de la modalidad «B» hasta el 16 de octubre de 2009 inclusive.

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