lunes, 2 de agosto de 2010

1 plaza de coordinador ludoteca, ( A2 ). Bases. Ajuntament d' Orpesa/Oropesa del Mar ( Plana Alta-Castelló)

Ajuntament d' Orpesa/Oropesa del Mar (Plana Alta-Castelló)
Leoncio Serrano, 1
Tel:964310100 Fax:964310066
www.oropesadelmar.es
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 21 de Julio de 2.010, se han aprobado las siguientes bases para cubrir en propiedad una plaza de coordinador ludoteca, de Administración Especial, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, transcribiéndose el texto íntegro de las mismas.
“BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE COORDINADOR LUDOTECA, ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL VACANTE EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE OROPESA DEL MAR (CASTELLON)
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de coordinador ludoteca, encuadrada en el subgrupo A2, correspondiente a la Escala de Administración Especial, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente. La selección se realizara mediante el sistema de concurso-oposición.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Estar en posesión del título de Diplomado en magisterio, o haber superado tres cursos completos de la licenciatura en psicología o pedagogía, o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida por la Administración competente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión y presentarse la credencial que acredite su homologación. Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos. Todos y cada uno de los anteriores requisitos deberán reunirse por los interesados con referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de las instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
TERCERA: PRESENTACION DE INSTANCIAS.- Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al señor Alcalde Presidente de este Ayuntamiento utilizándose la instancia modelo que se acompaña a estas bases como Anexo II.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúne todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa establecido en R.D. 707/70 de 5 de abril.
A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI
b) Resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen.
c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
d) Justificantes de méritos alegados, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas
Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
Plazo: El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Tasas: El importe de los derechos de examen se fija en 25 euros. El pago de estos derechos deberá hacerse efectivo mediante la formalización de la oportuna autoliquidación a través del modelo oficial que para tal efecto facilitará el departamento de gestión tributaria del Ayuntamiento y su ingreso en alguna de las entidades colaboradoras en la recaudación municipal.

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