Orden SAS/2293/2010, de 19 de agosto, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito estatal, con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, para la realización de programas supracomunitarios sobre drogodependencias en el año 2010.
Objeto.- 1. El objeto de la presente orden es la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas sin fines de lucro, de ámbito estatal, para el desarrollo de programas de acción social en el campo de las drogodependencias que afecten al ámbito territorial de dos o más comunidades autónomas.
2. Los programas, que no podrán consistir en intervenciones en el ámbito individual o de atención directa a usuarios, deberán tener unos objetivos y actividades que precisen de una planificación, gestión y evaluación centralizada y trasciendan la compartimentación en ámbitos territoriales autonómicos para ser eficaces. Es decir, no se considerarán susceptibles de ser subvencionados aquellos programas que consistan en actividades cuya eficacia se circunscriba al ámbito de una única comunidad autónoma, aunque se realicen en varias de ellas.
Requisitos de los beneficiarios.- Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán reunir, a la fecha de publicación de las mismas, los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro nacional que corresponda en función de su naturaleza jurídica.
b) Tener constancia en sus estatutos tanto de su carácter privado, como de su carencia de fines lucrativos y del ámbito estatal de su actuación.
c) No estar incursos en los supuestos previstos en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Presentación de las solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de Agosto al 29 de Septiembre de 2010, a.i.} El programa o programas (Anexo II) para los que se solicite la subvención deberán presentarse dentro de dicho plazo.
2. Los programas, que no podrán consistir en intervenciones en el ámbito individual o de atención directa a usuarios, deberán tener unos objetivos y actividades que precisen de una planificación, gestión y evaluación centralizada y trasciendan la compartimentación en ámbitos territoriales autonómicos para ser eficaces. Es decir, no se considerarán susceptibles de ser subvencionados aquellos programas que consistan en actividades cuya eficacia se circunscriba al ámbito de una única comunidad autónoma, aunque se realicen en varias de ellas.
Requisitos de los beneficiarios.- Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán reunir, a la fecha de publicación de las mismas, los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro nacional que corresponda en función de su naturaleza jurídica.
b) Tener constancia en sus estatutos tanto de su carácter privado, como de su carencia de fines lucrativos y del ámbito estatal de su actuación.
c) No estar incursos en los supuestos previstos en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Presentación de las solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de Agosto al 29 de Septiembre de 2010, a.i.} El programa o programas (Anexo II) para los que se solicite la subvención deberán presentarse dentro de dicho plazo.
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