Ayudas
Resolución de 10 de agosto de 2010, conjunta de la Secretaría de Estado de Investigación y de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 para algunas de sus modalidades de actuación.
PDF (BOE-A-2010-13560 - 19 págs. - 319 KB)
Otros formatos
Subprograma de proyectos de infraestructura científico-tecnológica cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Objetivos de la ayuda.- 1. El objetivo fundamental de las ayudas otorgadas en el ámbito de este subprograma es contribuir al desarrollo regional a través de la puesta a disposición de la comunidad científica y tecnológica española del equipamiento científico-tecnológico necesario para el desarrollo de sus actividades de investigación. Pretende también optimizar el uso de la infraestructura científico–tecnológica y asegurar la implicación de las instituciones en las que se localice la infraestructura, con el fin de garantizar su uso estable a corto y largo plazo, así como crear las sinergias necesarias para optimizar la transferencia de los resultados de la investigación al sector productivo.
Actuaciones objeto de ayuda.- 1. Las actuaciones objeto de la ayuda son la adquisición e instalación de equipamiento científico-tecnológico. En particular, la finalidad preferente de la convocatoria es la financiación de equipos que se soliciten para uso compartido de varios investigadores y proyectos, de coste superior a 60.000 euros, sin perjuicio de que, en casos excepcionales y dada la naturaleza de la solicitud en cuestión, puedan financiarse equipos de coste inferior.
2. También serán objeto de la ayuda la creación y mejora de redes telemáticas, entendiendo por tales la infraestructura básica de comunicación para la investigación, tanto canalizaciones y sistemas de cableado estructurado, como los equipos y herramientas de red.
Beneficiarios.-1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los sujetos definidos en los apartados a), b), c) y d) del artículo 4.1 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio.
Los solicitantes que tengan naturaleza jurídica privada, deberán carecer de ánimo de lucro, haber sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, estar dotados de personalidad jurídica y cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
a) Que su actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.
b) Que su gestión se halle sometida a un control por parte de estos últimos.
c) Que su órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto por miembros de los cuales más de la mitad sean nombrados por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.
Formalización y presentación de las solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será del 10 de septiembre al 15 de octubre de 2010, ambos inclusive.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
Resolución de 10 de agosto de 2010, conjunta de la Secretaría de Estado de Investigación y de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 para algunas de sus modalidades de actuación.
PDF (BOE-A-2010-13560 - 19 págs. - 319 KB)
Otros formatos
Subprograma de proyectos de infraestructura científico-tecnológica cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Objetivos de la ayuda.- 1. El objetivo fundamental de las ayudas otorgadas en el ámbito de este subprograma es contribuir al desarrollo regional a través de la puesta a disposición de la comunidad científica y tecnológica española del equipamiento científico-tecnológico necesario para el desarrollo de sus actividades de investigación. Pretende también optimizar el uso de la infraestructura científico–tecnológica y asegurar la implicación de las instituciones en las que se localice la infraestructura, con el fin de garantizar su uso estable a corto y largo plazo, así como crear las sinergias necesarias para optimizar la transferencia de los resultados de la investigación al sector productivo.
Actuaciones objeto de ayuda.- 1. Las actuaciones objeto de la ayuda son la adquisición e instalación de equipamiento científico-tecnológico. En particular, la finalidad preferente de la convocatoria es la financiación de equipos que se soliciten para uso compartido de varios investigadores y proyectos, de coste superior a 60.000 euros, sin perjuicio de que, en casos excepcionales y dada la naturaleza de la solicitud en cuestión, puedan financiarse equipos de coste inferior.
2. También serán objeto de la ayuda la creación y mejora de redes telemáticas, entendiendo por tales la infraestructura básica de comunicación para la investigación, tanto canalizaciones y sistemas de cableado estructurado, como los equipos y herramientas de red.
Beneficiarios.-1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los sujetos definidos en los apartados a), b), c) y d) del artículo 4.1 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio.
Los solicitantes que tengan naturaleza jurídica privada, deberán carecer de ánimo de lucro, haber sido creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, estar dotados de personalidad jurídica y cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
a) Que su actividad esté mayoritariamente financiada por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.
b) Que su gestión se halle sometida a un control por parte de estos últimos.
c) Que su órgano de administración, de dirección o de vigilancia esté compuesto por miembros de los cuales más de la mitad sean nombrados por el Estado, los entes territoriales u otros organismos de Derecho público.
Formalización y presentación de las solicitudes.- 1. El plazo de presentación de solicitudes será del 10 de septiembre al 15 de octubre de 2010, ambos inclusive.
2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
Subprograma para adquisición de infraestructura científico-técnica en los centros de I+D+i agroalimentaria dependientes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y de las Comunidades Autónomas www.inia.es
Objetivos de la ayuda.- 1. La finalidad que se persigue es el apoyo a la investigación agroalimentaria a través de la dotación de infraestructura necesaria para el desarrollo de una actividad de I+D competitiva.
Actuaciones objeto de ayuda.- 1. Las actuaciones objeto de las ayudas previstas en este subprograma podrán ser destinadas a alguna de las siguientes finalidades:
a) La Adquisición e instalación de nuevo equipamiento científico-técnico.
b) La modernización y mejora de prestaciones del equipamiento ya existente.
c) La adquisición de equipamiento para la gestión de la documentación científica.
Objetivos de la ayuda.- 1. La finalidad que se persigue es el apoyo a la investigación agroalimentaria a través de la dotación de infraestructura necesaria para el desarrollo de una actividad de I+D competitiva.
Actuaciones objeto de ayuda.- 1. Las actuaciones objeto de las ayudas previstas en este subprograma podrán ser destinadas a alguna de las siguientes finalidades:
a) La Adquisición e instalación de nuevo equipamiento científico-técnico.
b) La modernización y mejora de prestaciones del equipamiento ya existente.
c) La adquisición de equipamiento para la gestión de la documentación científica.
2. Serán financiables los gastos derivados de la adquisición e instalación de nuevo equipamiento científico-técnico, de la modernización y mejora de prestaciones del equipamiento ya existente, y de la adquisición de equipamiento para la gestión de la documentación científica. No podrá financiarse mobiliario de administración, equipamiento para laboratorios de alumnos o docencia en general.
3. Las ayudas objeto de este subprograma tendrán carácter anual. La actividad objeto de ayuda podrá realizarse en el año 2010 y hasta el 31 de marzo de 2011.
Beneficiarios.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio podrán ser beneficiaros de las ayudas convocadas en este subprograma:
a) Los Centros públicos de investigación agraria y alimentaria del INIA y de las Comunidades Autónomas, cuyas actuaciones estén localizadas en la regiones de los Objetivos de Convergencia, Phasing Out y Phasing in.3. Las ayudas objeto de este subprograma tendrán carácter anual. La actividad objeto de ayuda podrá realizarse en el año 2010 y hasta el 31 de marzo de 2011.
Beneficiarios.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio podrán ser beneficiaros de las ayudas convocadas en este subprograma:
b) Los Centros dependientes de las Comunidades Autónomas deberán estar integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las CCAA y participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria.
Formalización y presentación de las solicitudes.- 1. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de del 1 al 30 de septiembre de 2010, ambos incluidos.
2. En las presentes ayudas se establecen los medios electrónicos como vía de comunicación, con las siguientes características:
a) Los interesados efectuarán la presentación de la solicitud de ayuda y de la memoria del proyecto en la URL www.inia.es, cumplimentando el cuestionario existente al respecto. Además deberá presentarse sólo el impreso de solicitud en soporte físico, debidamente cumplimentado y firmado, ante el Registro del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (Carretera de La Coruña Km 7,5, 28040 Madrid)
Formalización y presentación de las solicitudes.- 1. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de del 1 al 30 de septiembre de 2010, ambos incluidos.
2. En las presentes ayudas se establecen los medios electrónicos como vía de comunicación, con las siguientes características:
a) Los interesados efectuarán la presentación de la solicitud de ayuda y de la memoria del proyecto en la URL www.inia.es, cumplimentando el cuestionario existente al respecto. Además deberá presentarse sólo el impreso de solicitud en soporte físico, debidamente cumplimentado y firmado, ante el Registro del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (Carretera de La Coruña Km 7,5, 28040 Madrid)
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