MINISTERIO DE IGUALDAD
Subvenciones
Resolución de 9 de julio de 2010, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de Postgrados oficiales de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Acciones complementarias a la investigación en el ámbito universitario y Actividades de las Unidades de Igualdad de las Universidades, para el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-13425 - 31 págs. - 1114 KB)
Otros formatos
Por Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre (BOE de 20 de diciembre de 2008), modificada por Orden IGD/1176/2010, de 4 de mayo (BOE de 7 de mayo de 2010), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, premios, ayudas y becas por el Ministerio de Igualdad y sus organismos públicos adscritos.
Objeto de la convocatoria.—La presente Resolución convoca la concesión de subvenciones públicas, cuyo objeto es realizar Estudios universitarios de postgrado sobre Estudios feministas, de las mujeres y de género, Acciones complementarias a la investigación de difusión de la igualdad en el ámbito universitario y Actividades de las Unidades de Igualdad de las Universidades, siempre que estas actuaciones destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus en el ámbito de la igualdad.
Solicitantes y beneficiarias.—Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las universidades que hubieran presentado un proyecto al Programa Campus de Excelencia Internacional del Ministerio de Educación, en las convocatorias de 2010 ó 2009.
Subvenciones
Resolución de 9 de julio de 2010, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de Postgrados oficiales de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Acciones complementarias a la investigación en el ámbito universitario y Actividades de las Unidades de Igualdad de las Universidades, para el año 2010.
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Por Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre (BOE de 20 de diciembre de 2008), modificada por Orden IGD/1176/2010, de 4 de mayo (BOE de 7 de mayo de 2010), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, premios, ayudas y becas por el Ministerio de Igualdad y sus organismos públicos adscritos.
Objeto de la convocatoria.—La presente Resolución convoca la concesión de subvenciones públicas, cuyo objeto es realizar Estudios universitarios de postgrado sobre Estudios feministas, de las mujeres y de género, Acciones complementarias a la investigación de difusión de la igualdad en el ámbito universitario y Actividades de las Unidades de Igualdad de las Universidades, siempre que estas actuaciones destaquen por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus en el ámbito de la igualdad.
Solicitantes y beneficiarias.—Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las universidades que hubieran presentado un proyecto al Programa Campus de Excelencia Internacional del Ministerio de Educación, en las convocatorias de 2010 ó 2009.
Presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención, dirigidas a la Directora General del Instituto de la Mujer, se formalizarán en los modelos oficiales que figuran como anexos en la presente convocatoria. Para su cumplimentación, podrán descargarse los formularios que, a tal efecto, figuran incluidos en la página web de este Instituto de la Mujer, cuya dirección url es:
(www.migualdad.es/mujer/concursos/subvenciones/pacui.htm).
Las solicitudes podrán ser presentadas en la sede del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), de 26 de noviembre de 1992. En relación con este punto, no tienen la consideración de registros públicos los de las Universidades, salvo que tuvieran suscrito un convenio, a tal efecto, con la Comunidad Autónoma correspondiente. Asimismo, las solicitudes pueden enviarse por correo certificado a la sede central del Instituto de la Mujer, a los efectos de cómputo de plazos.
Plazo de presentación.—El plazo de presentación será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 26 de Agosto al 24 de Septiembre de 2010, a.i.}
Las solicitudes podrán ser presentadas en la sede del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), de 26 de noviembre de 1992. En relación con este punto, no tienen la consideración de registros públicos los de las Universidades, salvo que tuvieran suscrito un convenio, a tal efecto, con la Comunidad Autónoma correspondiente. Asimismo, las solicitudes pueden enviarse por correo certificado a la sede central del Instituto de la Mujer, a los efectos de cómputo de plazos.
Plazo de presentación.—El plazo de presentación será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 26 de Agosto al 24 de Septiembre de 2010, a.i.}
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