martes, 31 de agosto de 2010

La Xara. Subvenciones para Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro. 2010.

ENTIDAD DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO . -EATIM- LA XARA.
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, ANUALIDAD 2010
Primera.- Objeto y cuantía. Es objeto de las presentes bases el regular, dentro del marco de la Base 10ª de las de Ejecución del Presupuesto General de la E.A.T.I.M. de La Xara del corriente año, y mediante procedimiento ordinario de concurrencia competitiva, el régimen de subvenciones a asociaciones y entidades sin animo de lucro, radicadas en la comarca de La Marina Alta, que desarrollen proyectos de tipo cultural, festivo, deportivo, religioso, asistencial o de promoción de diversos colectivos sociales, como pueden ser, a título de ejemplo y sin pretensión exhaustiva, personas mayores, mujer, infancia y juventud, inmigrantes, discapacitados, drogodependientes, y otros colectivos en situación de desigualdad social.
La cuantía asciende a cinco mil euros (5.000,00 €).
Segunda.- Finalidad. Las subvenciones serán destinadas exclusivamente a financiar los gastos corrientes generados por las actividades objeto del proyecto, sin que puedan ir dirigidas a gastos de mero funcionamiento y mantenimiento de la asociación o entidad, ni tampoco a compra de material inventariable u otros gastos de inversión.
Tercera.- Requisitos. Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria las asociaciones o entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser una asociación o entidad sin ánimo de lucro y con sede en la comarca de La Marina Alta, cuyo ámbito de actuación sea alguno de los ya reseñados.
b) Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana, o en su caso en el general de los titulares de actividades, de servicios y centros de acción social de la Conselleria de Bienestar Social, o al menos haber iniciado los trámites para inscripción en los mencionados registros antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la E.A.T.I.M. de La Xara.
d) En su caso, haber justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas por la E.A.T.I.M. de La Xara en la anualidad anterior. A este efecto, se considera que cumplen el requisito las entidades que hayan formalizado renuncia a la subvención concedida con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la presentación de los justificantes.
e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones que se determinan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarta.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación. Las asociaciones y entidades interesadas podrán dirigir sus peticiones, firmadas por el presidente de la entidad, al Presidente de la E.A.T.I.M. de La Xara, a través del Registro General o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
...
El plazo para solicitar las subvenciones será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.{del 1 al 30 de Septiembre de 2010, a.i.}

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