lunes, 23 de agosto de 2010

subvenciones de programas financiados por el Fondo Europeo para los Refugiados en el ejercicio 2010.

Subvenciones
Resolución de 16 de agosto de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por la que se convocan subvenciones de programas financiados por el Fondo Europeo para los Refugiados en el ejercicio 2010.
PDF (BOE-A-2010-13347 - 25 págs. - 1118 KB)
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Convocatoria y normativa de aplicación.- 1. La Dirección General de Integración de los Inmigrantes convoca la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional para el año 2010.
2. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden TAS/1043/2007, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Ministerio de Trabajo e Inmigración en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional y por lo dispuesto en esta Resolución.
Objeto y financiación.- 1. Los programas que pueden ser subvencionados figuran relacionados en el Anexo A de la presente convocatoria.
2. La cuantía máxima de las subvenciones a otorgar mediante la presente convocatoria asciende a 1.399.679,50 € y, se establece una cuantía adicional de 4.000.000,00 €. La efectividad de esta cuantía adicional estará condicionada a la obtención de la financiación añadida, que será publicada antes de la resolución de concesión.
4. De las cuantías establecidas en los apartados 2 y 3, el 75% será financiado por contribución comunitaria y el 25% por contribución nacional.
Requisitos de los beneficiarios.–Las entidades u organizaciones no gubernamentales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS 1043/2007, de 18 de abril.
Presentación de solicitudes.- 1. De conformidad con el artículo 5 de la Orden TAS 1043 / 2007, de 18 de abril, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 24 de Agosto al 22 de Septiembre de 2010, a.i.}
2. Las solicitudes se formularán de acuerdo con los Anexos de la convocatoria, disponibles en la siguiente dirección de Internet: www.mtin.es/es/sec_emi/IntegraInmigrantes/index.htm, y serán presentadas junto con la documentación correspondiente en la sede la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, c/ José Abascal, n º 39, 28003 Madrid; en la sede central del Ministerio de Trabajo e Inmigración, c/ Agustín de Bethencourt, nº 4, 28003 Madrid, y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Plazo de ejecución.– El plazo de ejecución de los programas subvencionados será del 14 de julio de 2010 al 31 de diciembre de 2011.
ANEXO A - Programas objeto de financiación
I. Programas relacionados con las condiciones de acogida
Objeto y destinatarios.–Estos programas tienen por objeto mejorar las infraestructuras y servicios de alojamiento; mejorar la provisión de servicios específicos para los colectivos especialmente vulnerables, como menores o jóvenes no acompañados, discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, ancianos, mujeres embarazadas, familias monoparentales con hijos, víctimas de la tortura o violación u otras formas graves de violencia, o abusos psicológicos, físicos o sexuales, víctimas del tráfico de seres humanos y personas que necesiten cuidados de urgencia y tratamiento básico de enfermedades; así como proporcionar atención social, sanitaria, jurídica, lingüística y material a los colectivos descritos en este Anexo. II. Programas relacionados con la integración.
Objeto y destinatarios.–Estos programas tienen por objetivo facilitar la integración de las personas que han solicitado alguna forma de protección internacional o la tienen ya reconocida, especialmente a los grupos vulnerables tales como discapacitados, personas mayores, mujeres embarazadas, familias monoparentales con hijos menores y personas que hayan sufrido torturas, violaciones u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual, y víctimas del tráfico de seres humanos y personas que precisen cuidados de urgencia y tratamiento básico de enfermedades. Los colectivos a los que se dirige están establecidos en este anexo.
III. Programas relacionados con el refuerzo de la capacidad de desarrollo, supervisión y evaluación de políticas de asilo en España
Objeto.–Estos programas tienen por objetivo el refuerzo de la capacidad del Estado Español para desarrollar, supervisar y evaluar sus políticas de asilo.

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