martes, 24 de agosto de 2010

Subvenciones de auto-taxi del Área de Prestación Conjunta de Alicante, para vehículos adaptados al transporte de personas con movilidad reducida

AYUNTAMIENTO DE ALICANTE
El 9 de agosto de 2010 la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Alicante aprobó la convocatoria y las bases, que a continuación se transcriben íntegra y literalmente, para la «Concesión de subvenciones públicas a vehículos de autotaxi adaptados al transporte de personas con movilidad reducida en el Área de Prestación Conjunta de Alicante».
Asunto: bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas a vehículos de auto-taxi adaptados al transporte de personas con movilidad reducida en el Área de Prestación Conjunta de Alicante.
Objeto y finalidad de la subvención. Es objeto de la presente convocatoria otorgar ayudas económicas destinadas a la explotación de vehículos de auto-taxi adaptados al transporte de personas con movilidad reducida del Área de Prestación Conjunta de Alicante, y así paliar las
diferencias, en cuanto a costes de mantenimiento se refiere con los vehículos de auto-taxi convencionales.
Beneficiarios. Podrán optar a esta subvención los titulares de autorizaciones de transporte para autotaxi del Área de Prestación Conjunta de Alicante, que hayan adquirido un vehículo adaptado al transporte de personas con movilidad reducida.
Financiación. La cuantía global de las ayudas estará limitada a 12.000,00 €; no pudiendo percibir ningún beneficiario subvención por importe superior a 2.000,00 €.
Requisitos de los solicitantes. Para poder ser beneficiarios de las ayudas mencionadas los solicitantes deberán acreditar estar en posesión de los siguientes requisitos:
a) Ser titular de una autorización de transporte para auto-taxi del Área de Prestación Conjunta de Alicante.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la
Hacienda Local.
d) No tener embargada la autorización.
e) No tener pendiente de pago ninguna sanción impuesta por infracción de la legislación en materia de transporte.
f) No estar incurso en ningún expediente de reversión de subvenciones públicas como consecuencia del incumplimiento de los fines de las ayudas concedidas.
g) Haber cumplido con el compromiso recogido en el apartado 2.g) de la Base Quinta de la convocatoria de adjudicación de seis autorizaciones de auto-taxi del Área de Prestación Conjunta de Alicante, para vehículos adaptados al transporte de personas con movilidad reducida, aprobada por Resolución de 21 de noviembre de 2006 de la Dirección General de Transportes, Puertos y Costas; en el caso de que se trate de una de las seis autorizaciones creadas por dicha resolución.
Solicitud .- Las solicitudes de subvención se formalizarán mediante instancia dirigida al Excmo. señor Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, en el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.{del 25 de Agosto al 13 de Septiembre de 2010, a.i.}

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