jueves, 5 de agosto de 2010

1 Psicólogo/a -Adjunto Gabinete Psicopedagógico- ( A1 ). Bases. Ajuntament de Crevillent (Baix Vinalopó-Alacant)

AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT www.crevillent.es
«BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN Y PROVISIÓN DE UNA PLAZA VACANTE DE PSICÓLOGO-A DE LA VIGENTE PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT.
Base 1ª.- Plazas objeto de convocatoria.- Con respeto máximo de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; artículo 170 del T.R.R.L. (R.D.L. 781/1986, de 18 de abril), relativo a funcionarios de administración especial. Y tras la publicación de los anuncios de oferta de empleo público en B.O.E. número 53, de 2 de marzo de 2002, se convoca concurso-oposición, por turno de acceso libre, para cubrir 1 plaza de Psicólogo-a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior que está dotada dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo A1 y demás retribuciones complementarias que la Corporación tiene asignadas al correspondiente puesto de trabajo número 108 de la vigente R.P.T. (ejercicio 2010), denominado Adjunto Gabinete Psicopedagógico, de conformidad con la legislación vigente, sin perjuicio de posterior cambio de adscripción a otro puesto.
Funciones Básicas: la prevención, la detección, la evaluación, el diagnostico psicopedagógico, orientación, apoyo técnico, el asesoramiento en la elaboración de adaptaciones curriculares significativas y las propuestas curriculares e intervención de las necesidades especificas de apoyo educativo en los centros escolares.
Base 2ª.- Requisitos de los aspirantes.
A.- Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de los Estados Miembros de la Unión Europea o que la tengan los cónyuges. Se extenderá la posibilidad de acceso a las personas incluídas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
En el caso de acceso a la plaza de un ciudadano de los mencionados en el párrafo anterior que no posea la nacionalidad española y previo a la propuesta para su nombramiento como funcionario o para su contratación se realizará un ejercicio de conocimiento de castellano y, sin la superación del mismo, no podrá proponerse.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
B.- Requisitos Adicionales específicos: Para ser admitidos a la realización de pruebas selectivas, los aspirantes deberán estar en posesión de la Licenciatura de Psicología.
El medio de acreditación, el momento en que deberán cumplirse y el resto de circunstancias de los requisitos, se regirán por las Bases Generales.
Base 3ª. Presentación de requisitos. Derechos de examen.- Se regirá por la Base 4ª de las Generales vigentes, en lo que respecta a solicitudes, resguardos, justificantes y
documentación a presentar por los aspirantes. En lo relativo a órgano a quien se dirigen las solicitudes, plazo, lugar, y pago, se aplicará lo establecido en dicha Base General, en sus apartados 4.2., 4.3., 4.4., y 4.6. El importe de los derechos de examen asciende a 51,40 €
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