Ajuntament d'Elx / Elche. (página 22 y ss.) Convocatoria del concurso-oposición libre, para cubrir 1 plaza de técnico medio (programas socioeducativos), con sujeción a las siguientes bases:
Base primera. 1. Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición libre, de 1 plaza de técnico medio (Programas Socioeducativos), perteneciente a la Oferta Pública de Empleo del año 2009.
La citada plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala B) Servicios Especiales, Clase
c) Personal de Cometidos Especiales, dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo A2 de titulación, dos pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales.La citada plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala B) Servicios Especiales, Clase
2.1.1 En función de la nacionalidad, podrán participar en las pruebas:
a).- Los españoles.
b).- Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
Este último beneficio se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.
2.1.2 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión de titulación universitaria de grado medio, como mínimo, o equivalente, o cumplir las condiciones requeridas para obtenerla, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los nacionales de otros estados, no deben hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en lo mismos términos, el acceso al empleo público.
2.2. Extranjeros. Acreditación de la nacionalidad y relación de parentesco.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el apartado 2.1.1.b), párrafo segundo, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que se tenga dicho vínculo.
2.3. Equivalencia de títulos. Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos, que deberá ser acreditada por los interesados.
Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Este último beneficio se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.
2.1.2 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión de titulación universitaria de grado medio, como mínimo, o equivalente, o cumplir las condiciones requeridas para obtenerla, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los nacionales de otros estados, no deben hallarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en lo mismos términos, el acceso al empleo público.
2.2. Extranjeros. Acreditación de la nacionalidad y relación de parentesco.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad y, en el supuesto previsto en el apartado 2.1.1.b), párrafo segundo, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que se tenga dicho vínculo.
2.3. Equivalencia de títulos. Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos, que deberá ser acreditada por los interesados.
Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Base tercera. 3. Instancias.- 3.1. Presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, se dirigirán al Presidente de la Corporación, presentándose en el Registro General de ésta, durante el plazo de 20 días naturales, contado a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los opositores manifestarán en la instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en la base segunda, referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y harán constar en la misma, su opción a realizar el examen en valenciano o en castellano.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso, deberá estamparse, en la propia solicitud, el sello del registro del organismo en que se presente o el sello de certificación postal de cualquier Oficina de Correos.
Podrán obtenerse los impresos de solicitud en el Servicio de Recursos Humanos y en la página web del Ayuntamiento de Elche / Elx (www.elche.es).
Los opositores manifestarán en la instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en la base segunda, referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y harán constar en la misma, su opción a realizar el examen en valenciano o en castellano.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso, deberá estamparse, en la propia solicitud, el sello del registro del organismo en que se presente o el sello de certificación postal de cualquier Oficina de Correos.
Podrán obtenerse los impresos de solicitud en el Servicio de Recursos Humanos y en la página web del Ayuntamiento de Elche / Elx (www.elche.es).
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia