ORDE 23/2010, de 29 de juliol, de la Conselleria d'Infraestructures i Transport, sobre concessió d'ajudes de l'Agència Valenciana de l'Energia, en el marc del programa Ciutat Solar, per a l'exercici 2010. [2010/9012] (pdf 530KB)
Importe global máximo: 1.280.464 €
1. Objeto y ámbito.- El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2010, de las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía orientadas a impulsar la realización de instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a red sobre cubiertas de edificios de titularidad municipal o de la administración autonómica de la Comunitat Valenciana y la monitorización de algunos de sus parámetros de funcionamiento con fines divulgativos, programa «Ciutat Solar», dentro del marco del Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010.
7. Beneficiarios.-Podrán acogerse a estas ayudas los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, las empresas que se encuentren participadas en un porcentaje superior al 50% por un ayuntamiento y las empresas privadas arrendatarias/concesionarias de cubiertas de edificios de titularidad municipal o de la administración autonómica de la Comunitat Valenciana.Importe global máximo: 1.280.464 €
1. Objeto y ámbito.- El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2010, de las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía orientadas a impulsar la realización de instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a red sobre cubiertas de edificios de titularidad municipal o de la administración autonómica de la Comunitat Valenciana y la monitorización de algunos de sus parámetros de funcionamiento con fines divulgativos, programa «Ciutat Solar», dentro del marco del Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010.
8. Presentación de solicitudes.- 1. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
1.1. Solicitud y memoria técnica.
a) Solicitud normalizada, cumplimentada empleando el programa informático disponible en la página web de la Agencia Valenciana de la Energía (www.aven.es). En dicha solicitud se incluirá una planificación de la actuación objeto de subvención.
b) Memoria técnica del proyecto, según modelo facilitado por la Agencia Valenciana de la Energía. A tal efecto, deberá emplearse la plantilla de memoria técnica disponible en la web de la Agencia (www.aven.es).
Tanto la solicitud como el resto de documentos que acompañen a la misma podrán presentarse ante el Registro Telemático de la AVEN, siempre que esté disponible en el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes. En cualquier caso, a efectos de presentación telemática de solicitudes y demás documentación, se tendrán en cuenta los requisitos técnicos, legales y otros condicionantes que en su momento se indiquen en la página web de la AVEN.
9. Lugar de presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en la sede de la Agencia Valenciana de la Energía en Valencia, calle Colón núm. 1, 4ª planta. También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
2. Con carácter general, el plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y se cerrará el 30 de septiembre de 2010. En todo caso, cuando el día concreto de finalización del plazo fuera sábado o inhábil en el municipio en que residiese el interesado o en la sede de la AVEN, se considerará inhábil a todos los efectos prorrogándose al primer día hábil siguiente.
3. Dependiendo de las distintas actuaciones, las solicitudes de ayuda se podrán ir evaluando periódicamente hasta que se haya agotado el crédito consignado al efecto.
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