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Orden INT/2093/2010, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio Nacional Victoria Kent, para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
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Bases reguladoras de las convocatorias para la concesión del Premio Nacional Victoria Kent para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciariaOrden INT/2093/2010, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio Nacional Victoria Kent, para el fomento de la investigación multidisciplinar en materia penitenciaria.
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Primera. Objeto del premio.–El Ministerio del Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias) establece las bases reguladoras de concesión del Premio Nacional Victoria Kent, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el apartado primero del artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con el fin de premiar el trabajo de investigación considerado de mayor mérito, que verse sobre el medio penitenciario, desde un plano histórico, jurídico, psicológico, social o de cualquier otra disciplina científica, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas. La convocatoria de este premio se realizará, de manera general, con carácter anual. Todo ello con la finalidad de promover y fomentar la investigación multidisciplinar en el medio penitenciario.
Cuarta. Presentación de solicitudes.–Para poder optar a los premios, los trabajos de investigación habrán de dirigirse al Registro General de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (calle de Alcalá, 38, 28014 Madrid), pudiendo, en todo caso, presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro del período que se establezca en la convocatoria.
Los trabajos serán anónimos y se encabezarán con un lema, que se repetirá en la parte exterior de un sobre cerrado que los acompañe, en cuyo interior se encontrará la identidad, domicilio y teléfono del autor concursante.
Tercera. Requisitos que deben reunir las personas que concurran.–Podrán optar a los premios las personas físicas, de nacionalidad española o extranjera. No podrán participar los miembros del Jurado, ni los premiados en anteriores convocatorias.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, no podrán concurrir a las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.Cuarta. Presentación de solicitudes.–Para poder optar a los premios, los trabajos de investigación habrán de dirigirse al Registro General de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (calle de Alcalá, 38, 28014 Madrid), pudiendo, en todo caso, presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro del período que se establezca en la convocatoria.
Los trabajos serán anónimos y se encabezarán con un lema, que se repetirá en la parte exterior de un sobre cerrado que los acompañe, en cuyo interior se encontrará la identidad, domicilio y teléfono del autor concursante.
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