martes, 29 de abril de 2014

4 plazas de Agente de Policía Local -C1-, y 1 plaza de plaza de Técnico Deportivo ­A2­ (20 h/sem). Bases. Ayuntamiento de Enguera (La Canal de Navarrés-València)

"BASES QUE REGIRAN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD CUATRO PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2011 DEL AYUNTAMIENTO DE ENGUERA
OBJETO. Las presentes bases tienen por objeto regir el proceso selectivo para la provisión en propiedad de cuatro plazas de Agente de Policía Local de Enguera, identificadas como APL06, APL07, APL08 y APL09, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Agente de Policía Local, encuadrada en la escala básica, correspondiente al nivel C­1 de titulación, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2011.
De las plazas convocadas tres serán provistas mediante oposición por turno libre y una mediante concurso de méritos por turno de movilidad, de conformidad con el anexo I del Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano.
Si la plaza ofertada por turno de movilidad no fuera cubierta por este procedimiento de selección, incrementará las que hayan de ser provistas por oposición libre.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 1.­ Para poder participar en las pruebas que se convoquen los aspirantes deben reunir los siguientes en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo:
­ TURNO MOVILIDAD
a)
–  TURNO LIBRE
a) Tener nacionalidad española
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o Equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas contempladas en el Anexo II de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, y tener una estatura mínima de 1.65 metros los hombres y 1.60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos dieciocho años, y no haber cumplido treinta y seis años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kw o una relación de potencia/peso no superior a 0.16 kw/kg.
SOLICITUDES. Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Enguera o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial del Estado.
A las instancias se acompañará:
a) Copia debidamente compulsada del DNI del solicitante.
b) Los aspirantes por el turno libre que hayan cumplido 36 años deberán aportar, para compensar el límite de edad, certificado de los servicios prestados anteriormente en la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
c) Aquellos que opten por el turno de movilidad deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados por el aspirante, mediante original de la misma o copia debidamente compulsada. Esta documentación deberá acompañarse a la instancia en sobre cerrado. No se tendrá en cuenta mérito alguno que no se acredite en ese momento.
d) Resguardo acreditativo del ingreso en una cuenta abierta a nombre del ayuntamiento de Enguera, comprobar n cuenta LA CAIXA NÚMERO 78­2100­4365­09­0200005457 de los derechos de examen que ascienden a la cantidad de 49 euros. En el ingreso se hará constar la plaza a la que se opta, así como nombre y apellidos de la persona que realiza el depósito y DNI, que deberá coincidir con el nombre del aspirante.
La no inclusión en la lista de admitidos otorga el derecho a la devolución de las cantidades ingresadas previa solicitud expresa del interesado.
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"BASES QUE REGIRáN EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-­OPOSICIÓN UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO DE TÉCNICO DEPORTIVO DEL PATRONATO DEPORTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ENGUERA CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2011
Objeto convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es cubrir una plaza de personal laboral fijo TECNICO DEPORTIVO del Patronato Deportivo Municipal de la oferta de empleo público del año 2011.
Las características de la plaza son:
­ Grupo: A2
­ Funciones:
Realización y desarrollo de actividades deportivas.
­ Organizar y asistir a las ligas, torneos de pádel, jornadas deportivas, horarios socorristas y cualquier otra actividad deportiva propuesta desde el Patronato deportivo, así como la promoción de la actividad deportiva adulta e infantil en el municipio.
Gestión del patronato, escuelas deportivas, asistencia a sus reuniones, y seguimiento del personal adscrito al mismo.
Jornada y horarios: 20 horas semanales de lunes a domingo con descansos legales.
­ Retribuciones: 11.246,16 euros brutos anuales por todos los conceptos
Requisitos y méritos. Para tomar parte en el presente procedimiento, será necesario que los aspirantes reúnan las condiciones siguientes:
1.­ Tener la nacionalidad española o la de uno de los restante Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que se aplique la libre circulación de trabajadores/as, dentro de lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Asimismo, podrán acceder a los puestos de naturaleza laboral, las personas extranjeras que se encuentren en situación de legalidad en España y que sean titulares de la documentación que les habilite para residir y acceder sin limitaciones al mercado laboral, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y posterior modificación por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
2.­ Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, de la edad máxima de jubilación forzosa, y en su caso, no exceder de la edad máxima establecida para el acceso al correspondiente puesto de trabajo de conformidad con la normativa específica que le sea de aplicación.
3.­ No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto al que se opta.
4.­ No hallarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
5.­ No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Asimismo, no hallarse en ninguna causa de incompatibilidad que recojan las leyes.
6.­ Estar en posesión de la titulación de DIPLOMATURA en EDUCACIÓN PRIMARIA ESPECIALIDAD EDUCACIÓN FÍSICA o titulación equivalente, que se aportará en el momento de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos y será la única competente para hacer esa declaración de equivalencia. Los títulos deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Las condiciones para ser admitido/a en el proceso selectivo deberán reunirse en el momento de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes. Los interesados/as en tomar parte en este proceso selectivo deberán solicitarlo mediante instancia según modelo oficial que figura como anexo I a las presentes dirigida al Sr. Alcalde.
El plazo de presentación de instancias será de 20 DIAS NATURALES a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en tablón de edictos municipal, y en extracto en el Diario Oficial de la GV.
Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Enguera, situado calle Doctor Albiñana número 1 de esta localidad, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Junto con la instancia según modelo oficial, los interesados/as deberá aportar los siguientes documentos:
Fotocopia del DNI, y para el caso de extranjeros, documento NIE o pasaporte y documentación que acredite el permiso de residencia y de posibilidad de acceso al mercado laboral.
­ Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño del puesto de trabajo al que desean inscribirse.
­ Documentación acreditativa de los méritos que el/la interesado/a hacen valer, de conformidad con el Baremo correspondiente. No se tendrá en cuenta ningún mérito que no se acredite en ese momento.
­ Documentación acreditativa de la minusvalía, en su caso.
Resguardo acreditativo del ingreso en una cuenta abierta a nombre del ayuntamiento de Enguera, comprobar n cuenta LA CAIXA NÚMERO 78­2100­4365­09­0200005457 de los derechos de examen que ascienden a la cantidad de 20 euros. En el ingreso se hará constar la plaza a la que se opta, así como nombre y apellidos de la persona que realiza el depósito y DNI, que deberá coincidir con el nombre del aspirante.
La no inclusión en la lista de admitidos otorga el derecho a la devolución de las cantidades ingresadas previa solicitud expresa del interesado.
Las fotocopias de los documentos aportados junto a la instancia deberán presentarse debidamente compulsados.       www.enguera.es

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