Diputació d'Alacant. Convocatoria para la concesión de subvenciones no dinerarias consistentes en bancos, como equipamiento de mobiliario urbano, adquiridos por la Excma. Diputación Provincial para los municipios de la Provincia, … BASES:
Primera. 1. Las presentes bases específicas, formuladas de conformidad con lo dispuesto en el art.
32 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, tienen por objeto regir la Convocatoria de subvenciones no dinerarias, consistentes en la entrega a los Ayuntamientos de la provincia, de bancos adquiridos por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, como equipamiento de mobiliario urbano en sus respectivos términos municipales.
2. La Convocatoria, para la que se prevé una dotación económica de 40.000,00 Euros, …
Segunda. 1. Condiciones generales. 1.1. Podrán optar a la Convocatoria los municipios de menos de 5.000 habitantes de la provincia de Alicante que no hayan sido beneficiarios en las
convocatorias de los últimos dos años para el mismo objeto (convocatorias de 2012 y 2013). Cada Ayuntamiento podrá presentar una única solicitud.
1.3. El equipamiento de mobiliario urbano con el que se subvenciona a cada municipio seleccionado consistirá en un mínimo de cuatro bancos de fundición, ampliable según necesidades y requisitos especificados en la Base Tercera.
2. Solicitudes y documentación. 2.1. Los Ayuntamientos presentarán la solicitud, suscrita por el señor Alcalde Presidente, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, o por cualquiera de los procedimientos señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.2. La solicitud habrá de estar ajustada al modelo que se incluye como Anexo a la Convocatoria
…
3. Plazo de presentación: El plazo de presentación será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 24 de abril al 8 de mayo de 2014,a.i.} Sí el último día del plazo fuese domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil.
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