Convocatoria del Plan de Ayudas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante, para la realización de Programas de Actividad Física dirigida a personas mayores durante la anualidad de 2014, de conformidad con las siguientes
B A S E S
“PRIMERA. (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante menores de 5.000 habitantes, para la realización de Programas de Actividad Física dirigida a personas mayores durante la anualidad de 2014, cuya dotación económica prevista asciende a la cantidad de 46.500 euros.
SEGUNDA. (Actividades Subvencionadas: requisitos y condiciones) Podrán ser objeto de subvención todas aquellas actividades deportivas dirigidas a las personas mayores del municipio cuyo fin sea: mejorar el estado de salud integral de la persona, favorecer la autoestima y una actitud positiva ante la vida, ampliar las posibilidades de comunicación y organización social y ocupar el tiempo libre y de ocio de manera activa.
Las actividades (gimnasia de mantenimiento, taichi, yoga, psicomotricidad, aquagym, caminar, etc. o combinación de estas), tanto realizadas en espacios interiores como exteriores, deberán tener una duración mínima continuada de dos meses dentro de la anualidad 2014 con una periodicidad semanal mínima de 2 horas.
TERCERA. (Solicitudes). Los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante interesados, deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo que se publicará como ANEXO I, suscritas por el Sr./a. Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento o Presidente/a de la entidad municipal correspondiente, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia,{del 10 al 29 de abril de 2014,.a.i.}, en el Registro General de esta Excma. Diputación, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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