martes, 22 de marzo de 2016

12 plazas de Agente de la Policía Local, (C1). - 4 meses y Bolsa de Trabajo-. Ajuntament de Xàbia.

Por Resolución nº 2016-0328, de la Alcaldía, de fecha 15 de marzo,  han sido aprobadas las Bases de la Convocatoria para la selección de 12 plazas de Agente de la Policía Local, por causas urgentes y temporales, con carácter interino y formación de una Bolsa de Trabajo, por el sistema de concurso-oposición. 
Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria, dirigidas al Sr. Alcalde, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 23 de marzo al 11 de abril de 2016, a.i.} 
Las Bases están publicadas en la página Web del Ayuntamiento, y depositadas en el Registro General y podrán recogerse cualquier día hábil de lunes a viernes y en horario de 9 a 14 horas.
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- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - BASES - - - - - - - - -  -
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión interina de 12 plazas de Agente de la Policía local, por causas urgentes y temporales, por el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2016, encuadradas en la Escala Básica, correspondiéndoles el nivel C1 de titulación. Con aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas, se formará una Bolsa de Trabajo para cubrir posibles vacantes, todas ellas con carácter interino.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los requisitos que habrán de reunir los aspirantes son:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional 2º Grado o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser reconocida por la Administración competente y debidamente acreditada por los aspirantes.
d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal desempeño de las funciones a desarrollar como  Agente de la Policía Local, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas establecidas en el Anexo II.A de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas
e) No  haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de Entidades  Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio  de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de los vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kq/Kg.
g) Tener una estatura mínima de 1'60 metros las mujeres y1'65 los varones.
Todos los requisitos deberán reunirse por los interesados en la fecha en que finalice el plazo de  presentación de instancias.

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