miércoles, 16 de marzo de 2016

Bolsa de trabajo de peones generales. Ayuntamiento de Albalat dels Tarongers (Camp de Morvedre-València)

EDICTO
La Junta de gobierno Local en sesión celebrada el día 29 de febrero de 2016 acordó:
Primero.- Aprobar las bases que regirán el proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de Empleo para la provisión mediante contratación laboral temporal de peones que se encarguen de forma puntual de la limpieza y mantenimiento de calles, inmuebles municipales, zonas recreativas y alrededores, realizando los trabajos que se dirán en las bases.
Segundo.- Efectuar la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de la lista de candidatos que tomará en cuenta la Administración por riguroso orden para la contratación del personal laboral con carácter temporal según las necesidades puntuales.
De acuerdo con las bases que se transcriben a continuación:
BASES BOLSA DE TRABAJO DE PEONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE ALBALAT DELS TARONGERS.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de la presente convocatoria es la realización de un proceso selectivo mediante concurso para la creación de una bolsa de empleo, para la contratación temporal de personal laboral, de categoría profesional: peón general; destinado para la ejecución de programas o proyectos de carácter temporal o por exceso y acumulación de tareas.
Se confeccionará una bolsa de empleo para el personal laboral temporal destinada a, peones generales.
La inclusión en dichas bolsas en ningún caso generará derecho alguno de carácter laboral para con el Ayuntamiento de Albalat dels Tarongers, estándose en cada caso al contrato de trabajo que se suscriba y que en ningún supuesto podrá ser indefinido o fijo, debiendo justificarse la necesidad de personal con carácter previo al llamamiento por la alcaldía y previa certificación de crédito adecuado y suficiente.
El objeto de la presente convocatoria es la confección de una bolsa de trabajo para cubrir aquellas necesidades transitorias de personal que existan en este Ayuntamiento.
La creación de la bolsa o sus ampliaciones posteriores se realizará a través de convocatoria pública.
El período de validez de la bolsa será de un año, prorrogable por otro más.
El ayuntamiento ante futuras necesidades no contempladas estrictamente en la presente convocatoria, podrá abrir otras bolsas de trabajo adicionales o realizar otros procesos de selección.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
-Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea; todo ello en los términos previstos en la Ley 17/1993 de 23 de diciembre de 1993.
-Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de aquella en que se pueda acceder a la jubilación del Régimen General de la Seguridad Social.
-Estar en posesión, como mínimo, del Certificado de escolaridad.
-No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el desempeño de las funciones que las imposibilite.
-No haber sido separado mediante, expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
3.-SOLICITUDES Y DOCUMENTACION. La inscripción se realizará en este Ayuntamiento en modelo normalizado se acompañara de Currículum Vitae con los méritos que alega  la persona interesada.
Cada solicitante acompañará a las solicitudes un único ejemplar de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o pasaporte.
b) Fotocopia de Titulación académica alcanzada, como mínimo el certificado de escolaridad.
c) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos declarados.
d) Para la baremacion de méritos de la experiencia profesional será necesaria la vida laboral o certificación de empresa. La tarjera de demandante de empleo, sólo será presentada para la formalización del contrato.
4.- PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES. El período inicial de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria en el boletín oficial de la provincia.{del 17 al 31 de marzo de 2015, a.i.}
Durante el resto del año se podrán presentar solicitudes; estas solicitudes posteriores se colocarán en último lugar, siguiendo el orden de entrada. Estas nuevas solicitudes no serán baremadas hasta que no se agote el listado inicial o porque devengan circunstancias extraordinarias que a juicio de la junta de gobierno local, que realizara el seguimiento de la bolsa, aconsejen su realización; para lo que previo informe de la necesidad y conveniencia se someterá al acuerdo de la junta de gobierno local, en caso de aprobación se procederá de la misma manera que la inicial.  www.albalatdelstarongers.es

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