Edicto del Ayuntamiento de Benaguasil sobre proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de técnico de administración general, grupo A, subgrupo A1, mediante el sistema de concurso-oposición, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.
"BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO.
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-Es objeto de la presente convocatoria la selección en propiedad por el sistema concurso-oposición, de una plaza de personal funcionario vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Benaguasil: Técnico de Administración General correspondiente al Grupo A Subgrupo A1 de titulación según el artículo 76 de la Ley 7/2007, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior.
La presente plaza se encuentra vacante e incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2010 (Boletín Oficial de la Provincia número 171 de fecha 21 de julio de 2010 aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de julio de 2010).
BASE TERCERA. SISTEMA DE SELECCIÓN.- Se accederá a la plaza mediante turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición.
BASE CUARTA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de Estado miembro de la Unión Europea, personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
"BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO.
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-Es objeto de la presente convocatoria la selección en propiedad por el sistema concurso-oposición, de una plaza de personal funcionario vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Benaguasil: Técnico de Administración General correspondiente al Grupo A Subgrupo A1 de titulación según el artículo 76 de la Ley 7/2007, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior.
La presente plaza se encuentra vacante e incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2010 (Boletín Oficial de la Provincia número 171 de fecha 21 de julio de 2010 aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de julio de 2010).
BASE TERCERA. SISTEMA DE SELECCIÓN.- Se accederá a la plaza mediante turno libre y mediante el sistema de concurso-oposición.
BASE CUARTA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de Estado miembro de la Unión Europea, personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con los establecido en el artículo 59 del EBEP, serán admitidas las personas con discapacidad, según el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. El Ayuntamiento de Benaguasil se reserva el derecho a someter a los aspirantes propuestos por el Tribunal y antes de su nombramiento como funcionarios a cuantas pruebas considere oportunas para adecuar el cumplimiento de este requisito.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Económicas, Administración y Dirección de Empresas, Intendente Mercantil o Actuario o equivalente, expedido con arreglo a la Legislación vigente. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La equivalencia, convalidación y homologación de los títulos deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes en el momento de la presentación de la instancia.
Los requisitos exigidos deberán reunirse por los interesados con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración, Económicas, Administración y Dirección de Empresas, Intendente Mercantil o Actuario o equivalente, expedido con arreglo a la Legislación vigente. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La equivalencia, convalidación y homologación de los títulos deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes en el momento de la presentación de la instancia.
BASE QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benaguasil, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en la Plaza Mayor de la Vila número 17, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, pudiéndose utilizar la instancia modelo que figura en el anexo I de estas bases. En caso de que no presente en el registro de entrada de este ayuntamiento sino en otros registros admisibles, se deberá remitir, dentro del plazo de presentación, fax al número 962737256 indicando dicha circunstancia e identificando al aspirante para su admisión.
Las instancias reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiéndose manifestar inequívocamente por los aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en la base cuarta referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias.
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