martes, 8 de abril de 2014

bolsa de trabajo de Conserjes del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras (Murcia)

Convocatoria de concurso oposición para la creación de una bolsa de trabajo de personal de Conserjes del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras
Bolsa de Trabajo de conserjes del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, cuyo tenor literal es el siguiente:
Primera. – Objeto de la convocatoria. Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de un procedimiento selectivo para la creación de una bolsa de trabajo de conserjes del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, al amparo de la excepción prevista en el artículo 21 Dos de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.
Los integrantes de la bolsa podrán ser llamados para sustituir a los conserjes de la plantilla de personal de este Ayuntamiento en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables. A estos efectos serán nombrados funcionarios interinos del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) del Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda. – Sistema de selección. El sistema selectivo será el de concurso- oposición, conforme a lo previsto en la base novena de las presentes bases. 
Como prueba complementaria podrá realizarse, a criterio del Tribunal, una entrevista curricular.
Cuarta. – Requisitos de los aspirantes. Para participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en el que finalice el plazo de presentación de instancias: 
1. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 
2. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desarrollo de las tareas del puesto.
3. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 
4. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, se deberá disponer de la homologación correspondiente. 
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para pues tos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado el acceso a la función pública. 
Quinta.- Presentación de instancias. En las instancias para tomar parte en la convocatoria los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base cuarta y que se comprometen a acreditarlos documentalmente cuando les fuera exigido. 
Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento mediante alguna de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. 
El plazo de presentación será de veinte días naturales desde la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 9 al 28 de abril de 2014, a.i.}
Con la instancia se presentará la siguiente documentación: 
1. Fotocopia compulsada del DNI. 
2. Fotocopia compulsada del Título Académico. 
3. Relación de los méritos presentados, de acuerdo con lo establecido en la base octava. 
4. Original o fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos alegados. 
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá más documentación. Las circunstancias y méritos que aleguen los aspirantes se entenderán referidos al día en el que finalice el plazo de presentación de instancias. 
Undécima. – Publicidad de las bases y convocatoria. Las bases, una vez aprobadas, junto con la convocatoria, se publicarán íntegramente en el BORM, en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento de Puerto Lumbreas (www.puertolumbreras.es). ”

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