jueves, 10 de marzo de 2016

Subvenciones a Instituciones sin fin de lucro a favor de Inclusión Social, para sostenimiento Servicios Sociales estables de Información, Orientación y Asesoramiento, Intervención Psicosocial e Integración Laboral, Bienestar Social 2016. Diputació d'Alacant.

... se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en la Sede Electrónica de la página web de Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero: Beneficiarios: Estas subvenciones irán dirigidas a Asociaciones y Entidades privadas sin fin de lucro, en el ámbito de los Servicios Sociales de la Provincia de Alicante, que tengan como función principal la gestión de servicios o la atención directa a sus socios/as, usuarios/as o familiares de éstos/as, o en su caso población afectada derivada según protocolos de coordinación con el Sistema Público de Servicios Sociales.
Las ayudas serán destinadas a la ejecución de Programas a favor de la Inclusión Social para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, a implementarse dentro de la Provincia de Alicante, en las áreas de:   
Personas con discapacidad intelectual, física o sensorial.
Personas con trastornos de salud mental.
Colectivos con necesidades socio-sanitarias (VIH, alzheimer, cáncer, etc.9).
Menores en situación de protección o riesgo social.
Población de especial vulnerabilidad social. 
...
Segundo. Finalidad:  Es objeto de la presente Convocatoria regular la concesión de subvenciones a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de los Servicios Sociales a favor de la inclusión social para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, que se realicen en la Provincia de Alicante entre el 1 de noviembre de 2015 y 30 de septiembre de 2016.
Sólo se podrá presentar una única solicitud por Entidad. Las subvenciones otorgadas no podrán superar el importe máximo de 20.000 euros.
Podrán ser objeto de subvención los siguientes Programas: 
- Programas de sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento: actuaciones dirigidas a las personas y colectivos para informar, asesorar y orientar sobre sus derechos, ejercicio de los mismos y recursos existentes en el ámbito público y privado de los Servicios Sociales u otros, orientados a resolver sus dificultades y cubrir sus necesidades. 
- Programas de intervención psicosocial: actuaciones dirigidas a personas o colectivos que presenten dificultades en su integración, autonomía personal, estabilización de la estructura familiar, sostenimiento en su entorno socio-familiar y/o uso de recursos de atención especializada, también se incluirán Programas de rehabilitación física. 
- Programas de integración laboral: actuaciones orientadas a la promoción laboral de personas y colectivos en edad laboral activa, que presenten dificultades de acceso al sistema laboral, acompañamiento en su incorporación y/o desarrollo de habilidades y competencias. 
En el caso de Programas que tengan una implementación a nivel nacional o autonómico, únicamente podrá ser objeto de subvención los gastos correspondientes a su ejecución en la Provincia de Alicante.
...
Gastos subvencionables:   Los gastos subvencionables son: Gastos de Personal, Servicios Profesionales Independientes, Transportes, Compras (bienes fungibles) y Arrendamientos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:  En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes será de veinticinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP {del 11 de marzo al 4 de abril de 2016, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día del plazo fuese sábado o festivo, se trasladará al siguiente hábil.

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