jueves, 30 de abril de 2009

Bolsa de trabajo de ingeniero técnico informático. Interinidad. A2/B*. Ajuntament de Requena.

Ayuntamiento de Requena sobre aprobación de las bases para constitución de una bolsa de trabajo de ingeniero técnico informático.
Objeto.- Es objeto de la presente convocatoria la formación de una Bolsa de Trabajo, por el sistema de Concurso-Oposición Libre, para cubrir de forma interina una plaza de Ingeniero técnico informático, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Grupo A2, previsto en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera de dicha Ley.
Las presentes bases se expondrán en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en la página Web del Ayuntamiento (http://www.requena.es/ ).1.3.- El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicará en Tablón de Anuncios, Oficina Local del SERVEF, y en un medio de comunicación de amplia difusión comarcal. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento (http://www.requena.es/ ), careciendo en éste último caso de efectos jurídicos.
Requisitos académicos.- Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Informático o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias, o titulación superior.
SOLICITUDES.- 4.1.- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Requena, pudiéndose utilizar la instancia modelo que se facilitará en Conserjería del Ayuntamiento, presentándose en el Registro General de Entrada de éste, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, en el plazo de diez días hábiles desde el anuncio de la convocatoria en el BOP. [DE L'1 AL 13 DE MAIG, A.I.]
A la instancia se acompañará justificante acreditativo del abono de los derechos de examen y formación del expediente, que se fijan en la cantidad de 9,50 €, abono que deberá efectuarse en la cuenta restringida que a dicho fin tiene abierta esta Corporación en el Banco de Valencia 0093 0347 49, número 0000102528, y fotocopia del D.N.I.

Proyecto «Abastecimiento de agua potable a Murla desde la conducción La Vall de Laguar - Calpe»

Diputació Provincial d'Alacant. ANUNCIO:
Aprobado por Decreto de esta Presidencia número 615 de fecha dos de abril de dos mil nueve, el Proyecto «Abastecimiento de agua potable a Murla desde la conducción La Vall de Laguar - Calpe» por importe de 101.669,99 €, IVA incluido, por el presente se expone al público para reclamaciones y durante los diez dias siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia [ *entendemos que son días hábiles: de l'1 al 14 de maig, a.i.], en la Unidad del Ciclo Hídrico, sita en avenida Orihuela, 128 de Alicante, de conformidad con el artículo 93 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto 781/1986, de fecha 18 de abril, en relación con los Artículos 50, 60, 61 y 86.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Premios de la Generalitat para actividades de promoción del uso del valenciano realizadas por las comisiones de hogueras y barracas en la C.V.

Conselleria d’Educació . ORDE de 14 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es convoquen els premis de la Generalitat per a activitats de promoció de l’ús del valencià realitzades per les comissions de fogueres i barraques en l’àmbit de la Comunitat Valenciana en 2009. [2009/4675]
Conselleria de Educación. ORDEN de 14 de abril de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan los premios de la Generalitat para actividades de promoción del uso del valenciano realizadas por las comisiones de hogueras y barracas en el ámbito de la Comunitat Valenciana en 2009. [2009/4675]
Bases de la convocatoria de los premios de la Generalitat de 2009 para actividades de promoción del uso del valenciano realizadas por las comisiones de hogueras y barracas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Objeto de los premios.- La convocatoria pretende ayudar económicamente a la realización de actividades propias de las comisiones festeras que faciliten, al mismo tiempo, la promoción del uso del valenciano en el ámbito de la entidad.
La actividad objeto de los premios está referida al uso del valenciano en los llibrets de hogueras y barracas. Los premios tendrán la siguiente dotación económica:

1r premio 3.400 euros
2º premio 2.750 euros
3r premio 2.400 euros
4º premio 2.100 euros
5º premio 1.800 euros
6º premio 1.500 euros
del 7º al 15º premio 1.100 euros
del 16º al 20º premio 950 euros
del 21º al 25º premio 850 euros
Beneficiarios.- Podrán acogerse a la convocatoria de los premios las comisiones de hogueras y barracas radicadas en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.

Solicitud.- Las instancias, que se deberán ajustar al modelo que figura como anexo II, se tendrán que dirigir a la Secretaría Autonómica de Educación de la Conselleria de Educación. El modelo de solicitud estará disponible en la Conselleria de Educación y en Internet www.edu.gva.es/subval .
El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles contadores a partir del día siguiente de la publicación en el DOCV de la presente orden.[de l'1 al 19 de maig, a.i.]

Bases de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural en materia de biodiversidad, para el ejercicio 2009.

Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. ORDRE de 15 d’abril de 2009, de la Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge, per la qual es convoquen i s’aproven les bases reguladores de les ajudes gestionades per la Direcció General de Gestió del Medi Natural en matèria de biodiversitat per a l’exercici 2009. [2009/4685]
Conselleria de Medio Ambiente,Agua, Urbanismo y Vivienda. ORDEN de 15 de abril de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se convocan y se aprueban las bases reguladoras de las ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural en materia de biodiversidad, para el ejercicio 2009. [2009/4685]

Objeto y ámbito de aplicación.- 1. Constituye el objeto de la presente orden convocar las ayudas gestionadas por la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda en materia de biodiversidad para el ejercicio 2009, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria. Las bases reguladoras comunes a todas las ayudas convocadas figuran en el anexo I.
2. La presente orden será de aplicación a las siguientes ayudas, que se regirán por las bases comunes del anexo I y por las bases específicas que figuran en los anexos que se indican:
2.1. Incorporación de terrenos a la red de microrreservas de flora (anexo II)
2.2 Realización de trabajos de mejora, conservación, restauración y puesta en valor de árboles monumentales o singulares (anexo III)
2.3 Organización y producción de congresos, cursos, jornadas y exposiciones de biodiversidad (anexo IV)
2.4 Ejecución de obras de mejora de puntos de agua de interés para los anfibios (anexo V)
ANEXO I - Bases comunes a todas las ayudas convocadas. Los interesados presentarán las solicitudes y la documentación correspondiente en el registro general de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, en sus servicios territoriales o de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso se dirigirán a la Dirección General de Gestión del Medio Natural.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el dia siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[de l'1 al 31 de maig, a.i.].
ANEXO II - Bases específicas de las ayudas para la incorporación de terrenos a la red de microrreservas de flora.
Objeto de las ayudas.- El objeto de estas ayudas es la incorporación de terrenos propiedad del beneficiario a la red de microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana: Las ayudas (indemnizaciones) tienen carácter compensatorio por la aplicación del régimen derivado de la incorporación del terreno a la red de microrreservas de flora de la Comunidad Valenciana.
La cuantía de las ayudas por indemnización no podrá superar los 7.500 € por solicitante.
ANEXO III - Bases específicas de las ayudas para la realización de trabajos de mejora, conservación, restauración y puesta en valor de árboles monumentales o singulares.
Objeto.- El objeto de las ayudas es la realización de trabajos de mejora, conservación, restauración y puesta en valor de árboles monumentales o singulares de la Comunidad Valenciana. A falta de la puesta en funcionamiento del catálogo de árboles monumentales y singulares de la Comunitat Valenciana previsto en el artículo 8 de la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de la Generalitat, de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Comunitat Valenciana. Las ayudas no podrán superar la cantidad de 4.000 euros por cada petición.
ANEXO IV - Bases específicas para las ayudas para organización y producción de congresos, cursos, jornadas y exposiciones de biodiversidad.
Objeto.- El objeto de las ayudas es la promoción de congresos, cursos, jornadas y exposiciones relacionadas con la investigación y Biodiversidad.
Se concederán ayudas con las siguientes cuantías máximas por persona o entidad solicitante.
– Congresos: ayuda máxima de 12.000 euros.
– Exposiciones: ayuda máxima de 6.000 euros.
– Cursos: ayuda máxima de 6.000 euros.
– Jornadas: ayuda máxima de 6.000 euros.
En todo caso, el importe de la ayuda no podrá superar el 80% del coste total de la actividad propuesta.
ANEXO V - Bases específicas para las ayudas para la ejecución de obras de mejora de puntos de agua de interés para los anfibios.
Objeto.- Es objeto de estas ayudas la ejecución de obras de mejora de puntos de agua de interés para los anfibios.
La cantidad máxima subvencionable para cada terreno será de 6.000,00 euros.
El ámbito de los LIC puede consultarse en la cartografía de la página web de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, www.cma.gva.es .

Se convocan ayudas para fomento y apoyo de actividades culturales organizadas con motivo de fiestas populares.

Conselleria de Cultura i Esport . ORDE de 17 d’abril de 2009, de la Conselleria de Cultura i Esport, per la qual es convoquen ajudes per al foment i el suport d’activitats culturals organitzades amb motiu de festes populars. [2009/4608]
Conselleria de Cultura y Deporte. ORDEN de 17 de abril de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para fomento y apoyo de actividades culturales organizadas con motivo de fiestas populares. [2009/4608]

Objeto y finalidad.- La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir, mediante el otorgamiento de subvenciones, a la programación y organización de actividades culturales y artísticas que vinculadas a las fiestas populares, se realicen durante el año 2009.
Beneficiarios y requisitos.- Dentro de los limites presupuestarios y de acuerdo con los criterios que establecen las bases podrán solicitar estas ayudas las comisiones y juntas de fiestas populares y tradicionales de la Comunitat Valenciana y en especial las asociaciones culturales y las entidades relacionadas con la celebración de las fiestas de Fallas, Hogueras, Gayatas y Moros y Cristianos, que reúnan los siguientes requisitos:
a) No ejercer actividad económica.
b) Carecer su actividad de fines de lucro.
c) Disponer de estructura y capacidad de gestión suficientes para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención.

Actividades subvencionables.- Podrán obtener estas ayudas las actividades culturales y artísticas que a continuación se relacionan:
a) Actividades dirigidas a la recuperación de la música tradicional valenciana vinculada a la fiesta tradicional o popular.
b) Exposiciones de obra artística, de indumentaria, etc. que recojan los aspectos singulares de las fiestas tradicionales y populares.
c) Certámenes literarios vinculados igualmente a aspectos de las fiestas.
d) Actuaciones de investigación, recuperación y difusión de los aspectos culturales e históricos de las fiestas.
e) Actividades teatrales vinculadas a las fiestas.
f) Actividades que fomenten la participación de la mujer en actividades artísticas o culturales, vinculadas a fiestas populares o tradicionales.
g) Cualquier actividad de contenido similar a las anteriores que contribuya a difundir aspectos de la fiesta.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[de l'1 al 31 de maig, ai.i].

Premios del XXII Certamen «Jóvenes Investigadores», 2009.

MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN . Resolución de 6 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se convocan los premios del XXII Certamen «Jóvenes Investigadores», 2009.
Objeto y Finalidad de la convocatoria.- 1.1 La finalidad de esta convocatoria es despertar vocaciones investigadoras entre los jóvenes estudiantes de Enseñanza Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional y miembros de distintas Asociaciones legalmente constituidos, además de mejorar la cultura científica y fomentar la actitud racional crítica en la juventud de nuestro país, incorporando al menos una parte de la experiencia directa en el proceso de generación del conocimiento.
1.2 Para llevar a cabo dicho fin la presente convocatoria promueve la investigación entre los jóvenes mediante la concesión de premios a trabajos realizados sobre investigaciones básicas o aplicadas, o prototipos relacionados con cualquiera de las áreas del currículo de la Enseñanza Secundaria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
1.3 Las labores de organización, coordinación y desarrollo de la fase final y pública del XXII Certamen de Jóvenes Investigadores, contarán con el apoyo de una universidad española que actuará como anfitriona a los efectos de la colaboración científica y técnica para la ejecución del Certamen. La universidad anfitriona será la Universidad de Málaga, al ser la universidad de la provincia en la que se encuentra la sede en la que se celebra el Congreso anual del Certamen y ello facilita la realización tanto de las actividades propias del Certamen así como la de aquellas otras que se promuevan en el marco del mismo en otras instituciones correspondientes a los niveles educativos a los que se dirige, tanto de estudiantes como de profesores.
Premios que se convocan.- 2.1 Se convocan los siguientes premios:
a) Un premio Mención Especial del Jurado de 6.000,00 euros, al trabajo que reúna en grado sumo los méritos incluidos en la base 7.1 de esta resolución.
b) Hasta un máximo de siete primeros premios de 5.000,00 euros cada uno. De estos siete premios, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Los otros dos premios podrán concederse a trabajos de cualquiera de las restantes áreas.
c) Hasta un máximo de ocho segundos premios de 3.000,00 euros cada uno. De estos ocho premios, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Los otros dos premios podrán concederse a trabajos de cualquiera de las restantes áreas.
d) Un premio especial Charles Darwin, de 5.000,00 euros, dotado para conmemorar, con motivo del Año de Darwin, la celebración durante 2009 del segundo centenario de su nacimiento -el 12 de febrero de 1809- y el 150 aniversario de la publicación de su obra «El origen de las Especies», al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas relacionadas con las Ciencias de la Vida.
e) Un premio especial Año Internacional de la Astronomía, de 5.000,00 euros, para conmemorar la declaración por la UNESCO del año 2009 como Año Internacional de la Astronomía, al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas relacionadas con las Ciencias del Espacio.
f) Un premio especial de 5.000,00 euros, dotado por la Universidad Politécnica de Madrid, al mejor trabajo de investigación realizado en las áreas de Ingeniería y Tecnología.
g) Un premio especial de 3.000,00 euros, dotado por la Universidad de Málaga.
h) Diez accésit de 1.000,00 euros cada uno. De estos accésit, cinco están destinados a premiar los mejores trabajos de las áreas de «Artes y Humanidades», «Ciencias Sociales y Jurídicas», «Ciencias Físicas, Químicas y Matemáticas», «Ciencias de la Tierra y de la Vida» y «Tecnología e Ingeniería». Los otros cinco accésits podrán concederse a trabajos de cualquiera de las restantes áreas.
i) Un máximo de tres premios a los autores de tres trabajos, para que representen a España como participantes en la XXII edición del Certamen Europeo de Jóvenes Investigadores que se celebrará en septiembre del año 2010. De conformidad con las bases del Certamen Europeo sólo podrán ser seleccionados para tomar parte en él aquellos participantes del Certamen de Jóvenes Investigadores de España (de forma individual o colectiva, hasta un máximo de 3 personas) que tengan menos de 21 años el 30 de
septiembre de 2010 y más de 14 años el 1 de septiembre de 2010. La UE se hace cargo de los
gastos de desplazamiento desde un aeropuerto internacional español hasta el de destino así como de los gastos de alojamiento y manutención.
j) Un máximo de diez premios, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), para realizar una estancia de dos semanas de duración en sus Centros de Investigación. Los gastos de viaje y estancia de los miembros de los equipos investigadores en los institutos del CSIC y los derivados de su ejecución durante su estancia en estos centros, correrán a cargo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Igualmente el CSIC suscribirá una póliza colectiva de asistencia médica y de accidentes laborales a favor del tutor y de los miembros de los equipos, en aquellos casos en que se carecieran de ella, durante su estancia en estos centros de investigación.
Cada uno de los trabajos seleccionados para realizar una estancia en el CSIC recibirá, asimismo, un premio de 1.000 euros financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación que se hará efectivo simultáneamente al disfrute de la estancia, es decir, en el año siguiente al de la convocatoria. El importe de este premio se repartirá equitativamente entre los miembros que componen cada equipo, en los términos que figuran en la base 2.2.
Al finalizar la estancia, los beneficiarios de las mismas deberán presentar una memoria del trabajo realizado, con el Visto Bueno del responsable de la investigación en el Centro. La memoria será evaluada por un Comité formado por tres expertos designados por el Presidente del CSIC, quien presidirá el Comité. El Comité valorará la calidad científica del trabajo en cuanto a metodología y resultados, aprovechamiento de la estancia, así como su influencia en el desarrollo posterior de los estudios del participante y elevará, antes del 31 de octubre de 2010, la propuesta de concesión del premio a la Dirección General de Universidades. Los Directores Generales del Instituto de la Juventud y de la Dirección General de Universidades, a la vista de la propuesta efectuada por el Comité, concederán un premio de 3.000,00 euros a la memoria mejor evaluada, que será pagado por resolución de la Dirección General de Universidades.
k) Un máximo de cinco premios, de 3.000,00 euros cada uno, a los profesores coordinadores, cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable, en aras del fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud.
l) Un premio especial de 6.000,00 euros al Centro Docente o Asociación cuya labor haya sido apreciada como especialmente destacable en aras del fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud. Este premio se concederá exclusivamente para ser utilizado en la financiación de laboratorios de investigación u otros equipamientos.
m) Una Mención de Honor, a la persona o institución que, a juicio del Jurado, haya destacado en las labores de fomento de la cultura científica, tecnológica e investigadora en el ámbito de la juventud.
Condiciones y requisitos para solicitar la participación.- 4.1 Podrán tomar parte en este Certamen, de forma individual o colectiva, hasta un máximo de 5 personas, los jóvenes de nacionalidad española y todos aquellos ciudadanos legalmente establecidos en España, que a fecha 1 de septiembre de 2009 hayan cumplido los 15 años y que el 30 de septiembre de 2009 no hayan cumplido los 21 años.
4.2. En cualquier caso, los trabajos tendrán que haber sido realizados antes de que sus autores hayan ingresado en la Universidad, durante la realización de los estudios previos a esta.
4.3. Tanto los equipos, como los participantes a título individual, deberán ser coordinados por un profesor del Centro al que pertenezcan o, en caso de Asociaciones, por alguna persona que ejerza funciones de animación o dirección en los mismos, en cualquier caso diferente de los participantes, que realizará funciones de supervisión de los trabajos.
Solicitudes, y plazo de presentación..- Las personas que deseen tomar parte en este Certamen deberán: Cumplimentar el formulario del «Boletín de Inscripción del Trabajo» de forma telemática, a través de la página web: http://www.injuve.migualdad.es , tanto por los jóvenes investigadores como por sus coordinadores. El plazo para dicha presentación finaliza el 15 de mayo de 2009.

65 plazas de profesores de enseñanza secundaria: impartir clases Lengua y Cultura españolas por un curso académico en I.E.S. y centros de FP en R.F.A.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/1037/2009, de 20 de abril, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en institutos de enseñanza secundaria y centros de formación profesional de la República Federal de Alemania, para el curso 2009-2010.
Plazas.-1.1 Se convocan un máximo de 65 plazas de profesores de enseñanza secundaria para impartir clases Lengua y Cultura españolas por un curso académico en Institutos de Enseñanza Secundaria y Centros de Formación Profesional de la República Federal de Alemania.
1.2 Los Estados participantes en esta convocatoria y el número de plazas que se ofrecen son:
a) Estado de Baden-Württemberg: Hasta 30 plazas.
b) Estado de Baviera: Hasta 25 plazas.
c) Estado de Renania del Norte-Westfalia:
Hasta 10 plazas.

2. Requisitos de los candidatos.- Para poder concurrir a la presente convocatoria, los candidatos deben reunir, dentro del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos generales:
2.1 Tener nacionalidad española.
2.2 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
2.3 Estar en posesión del título de licenciado en Filología.
2.4 Tener conocimientos de alemán al menos del nivel correspondiente al Nivel Umbral (B1) que establece el Marco Europeo de Referencia.
2.5 Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica, o equivalente.
Solicitudes.- 6.1 Solicitudes en Profex: Los candidatos formularán sus solicitudes a través de la aplicación Profex, accesible desde
www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.html , estableciendo el orden de prioridad de los estados que solicitan.
6.2 Presentación de documentación: Una vez cumplimentada la solicitud, se imprimirá y se adjuntará copia de la misma al resto de la documentación que se presente de la forma que se especifica en el apartado siguiente.
6.3 Forma y plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación del paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
En el caso de que se disponga de Certificado Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se podrá registrar la solicitud a través de la aplicación Profex.
Sólo serán tenidos en cuenta los méritos legados, y debidamente justificados, presentados dentro del plazo al que se refiere esta base.
El plazo para cumplimentar la solicitud y para la presentación de la documentación requerida será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».[de l'1 de maig al 30 de maig, a.i.]

135 Plazas de profesores de Enseñanza Secundaria en Secciones Bilingües de Español en centros educativos de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia,. .

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/1036/2009, de 24 de abril, por la que se convocan plazas de profesores de Enseñanza Secundaria en Secciones Bilingües de Español en centros educativos de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumanía, Rusia y China para el curso 2009-2010.
Se convocan un máximo de 135 plazas de profesores de enseñanza secundaria para impartir Lengua y Cultura españolas y otras áreas en español, en las Secciones Bilingües de Español de Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania, Rusia y China, según la distribución aproximada establecida en el Anexo de esta convocatoria. El número de plazas señalado, con carácter provisional, podrá sufrir variaciones en función de la planificación del curso escolar que realicen los respectivos centros educativos.
Los profesores actualmente destinados a las plazas convocadas por la Orden ESD/1196/2008, de 17 de abril (B.O.E. de 29 de abril), que quieran prorrogar su participación en el Programa en el mismo centro de destino, deberán solicitarla de acuerdo con los requisitos establecidos en el apartado 2, punto 2.2.
Los candidatos seleccionados serán contratados como profesores en las Secciones Bilingües por las autoridades educativas de los respectivos países e impartirán las enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico completo, que comenzará el 1 de septiembre de 2009 y concluirá el 31 de julio de 2010, con excepción de Polonia, donde finalizará el 31 de agosto de 2010.

Solicitudes.-Solicitudes on line: Los candidatos formularán sus solicitudes a través de la aplicación Profex, accesible desde http://www.educacion.es/educacion/actividad-internacional.html .
Para elegir destino, los solicitantes podrán indicar en su solicitud tantos países como deseen, por orden de preferencia, siempre que cumplan los requisitos de titulación de los mismos, según la relación que se especifica en el Anexo de esta convocatoria.
Presentación de la documentación: Una vez cumplimentada la solicitud en Profex, se imprimirá y se adjuntará copia de la misma al resto de la documentación que se presente en la forma que se especifica en el apartado siguiente.
Forma y plazo de presentación de las solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada, para acreditar la presentación dentro del plazo.
En el caso de que se disponga de Certificado Digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se podrá registrar la solicitud a través de la aplicación Profex.
El plazo para cumplimentar la solicitud y para la presentación de la documentación requerida será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.[De l'1 de maig al 15 de maig, a.i.]

ANEXO - Relación de plazas, niveles y requisitos por país
País- Nº Plazas - Nivel y área - Titulación requerida
Bulgaria. 15 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia.
a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Eslava.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia o Humanidades.
Eslovaquia. 31 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Matemáticas, Física, Química, Biología.

a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Eslava.
b) Título de Licenciado en Matemáticas, Física, Química o Biología.

Hungría. 19 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia, Matemáticas, Física.

a) Título de Licenciado en Filología Hispánica.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia, Humanidades, Matemáticas o Física.

Polonia. 30 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia.
a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Eslava.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia o Humanidades.

República Checa. 19 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia, Matemáticas, Física, Química.

a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Eslava.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia, Humanidades, Matemáticas, Física o Química.

Rumania. 10 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia.
a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia o Humanidades.
Rusia. 9 plazas.
a) Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
b) Geografía e Historia.

a) Título de Licenciado en Filología Hispánica o Eslava.
b) Título de Licenciado en Geografía /Historia o Humanidades.

China. 2 plazas.
Español como lengua extranjera y Lengua y Literatura españolas.
Título de Licenciado en Filología Hispánica o Estudios Orientales.

Desarrollo en materia de pensiones de Clases Pasivas y de determinadas indemnizaciones sociales.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Real Decreto 710/2009, de 17 de abril, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, en materia de pensiones de Clases Pasivas y de determinadas indemnizaciones sociales.
TÍTULO I. Pensiones de jubilación o retiro, causadas al amparo del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
CAPÍTULO I. Pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
CAPÍTULO II. Incompatibilidad con el trabajo activo de las pensiones de jubilación o retiro.
TÍTULO II. Indemnización a ex presos sociales.

Se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Orden EHA / 1030/ 2009, de 23 de abril, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.
Ámbito de aplicación.- La presente orden será de aplicación a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal,
con exclusión de las deudas a que se refiere el Reglamento CEE 2913/1992, del Consejo, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Código Aduanero Comunitario, que se regularán por lo dispuesto en dicho Reglamento, salvo las que se contraigan en aplicación del artículo 220 del mismo.
Exención de garantías.- No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas a que se refiere el artículo anterior de la presente Orden, cuando su importe en conjunto no exceda de 18.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.
A efectos de la determinación de la cuantía señalada se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
Las deudas acumulables serán aquellas que consten en las bases de datos del órgano de recaudación competente, sin que sea precisa la consulta a los demás órganos u organismos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Orden a efectos de determinar el conjunto de las mismas. No obstante, los órganos competentes de recaudación computarán aquellas otras deudas acumulables que, no constando en sus bases de datos, les hayan sido comunicadas por otros órganos u organismos.

miércoles, 29 de abril de 2009

Bolsa Trabajo: Auxiliares de Biblioteca (C2/D). Ajuntament de Castelló de la Plana.

Ajuntament de Castelló de la Plana. Bolsa de empleo temporal de plazas de Auxiliar de Biblioteca.
OBJETO.-
Es objeto de las presentes bases establecer las normas rectoras para la formación de una bolsa de empleo temporal de plazas de Auxiliar de Biblioteca, para su provisión temporal en los supuestos de vacantes, sustitución y contingencias que afecten al personal con reserva de puesto de trabajo y otras necesidades de carácter temporal por causas legalmente establecidas.
SISTEMA DE SELECCIÓN.- El procedimiento de selección será la oposición.

Requisitos Académicos.- Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente.
SOLICITUDES.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento ( pl Mayor nº1) o en los Registros de las Juntas de Distrito Norte ( pl Teodoro Izquierdo), Distrito Sur (c/ Ricardo Catalá esquina con Joaquín Márquez), Distrito Este (Av Hnos Bou, 17) , Distrito Oeste ( pl España s/n , antigua estación Renfe) y Distrito Marítimo ( paseo Buenavista nº 28 ) o en la forma prevista en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.[del 29 d'abril al 8 de maig, a.i.] - pagina web Ajuntament: www.castelló.es

1 plaza de Lector Contador (C2/D). Interinidad. Ajuntament de Benissa.

Ajuntament de Benissa. 1 plaza de Lector Contador (C2/D). Interinidad.
Objeto de la convocatoria.- Tiene por objeto la provisión como funcionario interino, a tiempo completo mediante el sistema de oposición por turno libre, de la plaza que a continuación se relaciona: Una plaza, en el puesto de trabajo de Lector Contador, Subgrupo C2 de los establecidos en el artículo 76 del EBEP, antiguo grupo D de la Ley 30/84, mediante la provisión como funcionario interino, para el Ayuntamiento de Benissa.

Horario de jornada laboral: la jornada laboral será la normalmente establecida en la empresa, con plena disponibilidad y localización inmediata, con los descansos que establezca la ley, no obstante los aspirantes que resulten seleccionados se encargarán alternativamente de realizar las guardias de este servicio fuera de la jornada laboral normal, así como en los sábados, domingos y días festivos, para atender las posibles incidencias que puedan producirse en el Servicio en general y de forma especial, en lo referente a las averías.
Condiciones de los aspirantes.- Estar en posesión del Graduado Escolar, FP I o equivalente, y poseer el permiso de conducir de la clase B.
Presentación de instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, se dirigirán al señor Alcalde-Presidente y deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento en horas de 9.00 a 14.00 horas durante el plazo de 20 días naturales, a contar del siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 30 d'abril al 19 de maig, a.i.]

1 plaza de Inspector de Consumo (C1/C). Bases. Ajuntament de Benissa.

Ajuntament de Benissa. 1 Inspector de Consumo (C1/C).
Objeto de la convocatoria.-
Es objeto de las presentes bases la selección para la provisión de una plaza de Inspector de Consumo, como funcionario de carrera, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Benissa e incluida en la oferta de empleo público del ejercicio 2008. Corresponde al nuevo subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12.04, EBEP (antiguo grupo C, de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/84 de 02.08).Requisitos académicos.- Estar en posesión del Título de Bachiller, FP II o equivalente.
Forma y plazo de presentación de instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Benissa, presentándose en el Registro General de entrada o en la forma que determina el precepto 38.4 de la Ley 30/92 de 26.11 de Régimen Jurídico de las AAPP y PAC, pudiéndose utilizar la instancia modelo que facilitará el Registro o en la página web municipal ( http://www.ayto-benissa.es/ ).
En caso de que no se presente en el Registro de entrada de este Ayuntamiento si no, en otros admisibles, se deberá remitir, dentro del plazo de presentación, al número de fax 96.573.33.02, indicando dicha circunstancia e identificación del aspirante.
Las instancias reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 70.1 de la Ley 30/92 de 26.11, debiéndose manifestar por los aspirantes que reúnen todas y cada uno de los requisitos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial del Estado, debiéndose publicar las bases íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[ se deberá esperar a que se publique el extracto/anuncio de la convocatoria en el B.O.E.]

Premios «VI Edición IN-URBE 2009» . Ajuntament d'Alacant.

Ajuntament d'Alacant. «VI Edición IN-URBE 2009» . Intervenciones Urbanas Zona Centro.
Objetivos.- El concurso persigue la revitalización y mejora estética del paisaje urbano de Alicante, integrando o fusionando determinadas intervenciones plásticas en espacios abiertos, edificios y vías de la ciudad previamente seleccionados.
Se valorarán los proyectos que mediante sus elementos artísticos y funcionales coadyuven a la puesta mejor en valor y apreciación estéticas de espacios cuerpos arquitectónicos o estructuras urbanas que por su ubicación, estado actual, naturaleza o condiciones se encuentren más desasistidas de atención ciudadana.

Participantes.- Podrán participar todos los artistas que lo deseen, sin distinción de nacionalidad, mayores de 18 años. Se podrá concurrir de manera individual o colectiva. En este último caso, sólo se aceptarán obras de realización y firma conjunta.
Cada participante puede presentar un máximo de dos proyectos diferentes e inéditos, que no hayan sido premiados en ninguna otra exposición, o muestra.
Premios.- El Jurado seleccionará hasta un máximo de 7 obras que conformarán el conjunto de las Intervenciones 2009. Así mismo se designarán 3 proyectos que formarán parte de la reserva, con el fin de poder sustituir a aquéllos seleccionados que pudieran excluirse por cualquier motivo. Los seleccionados para la muestra deberán confirmar la ejecución de la obra antes del 29 de mayo.
La relación de premios es la siguiente:
- Primer Premio Concejalía de Juventud 3.000 €
- Segundo Premio Patronato de la Vivienda 2.000 €

- Premio Patronato de Cultura 1.800 €
- Premio Patronato de Turismo 1.800 €
- Premio Fundación Caja Murcia 1.800 €
- Premio Consorcio de Museos 1.800 €
- Premio Caja Mediterráneo 1.800 €

El plazo de admisión de las propuestas será a partir de su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento y hasta el 4 de mayo a las 19.00 h.

Ayudas con relación a la reestructuración y reconversión de viñedos.

Agència Valenciana de Foment i Garantia Agrària . RESOLUCIÓ de 3 de març de 2009, de la directora de l’Agència Valenciana de Foment i Garantia Agrària, sobre la convocatòria d’ajudes en relació amb la reestructuració i la reconversió de vinyes. [2009/4638]
Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria. RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2009, de la directora de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria sobre convocatoria de ayudas con relación reestructuración y reconversión de viñedos. [2009/4638]
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.- 1. Aplicar en el marco previsto en el apartado primero de la presente resolución la medida de apoyo a los viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación para una o varias de las actividades contempladas en el articulo 11 del Reglamento (CE) nº: 479/2008 del Consejo.
2. No podrán acogerse a este régimen de ayudas las actuaciones contempladas en el artículo 21.2 del Real Decreto 244/2009 de 27 de febrero.
3. El apoyo para la reestructuración y reconversión de viñedos sólo podrá concederse en aplicación del articulo 11.3 del Reglamento (CE) 479/2008 y del articulo 22.2 del RD 244/2009, para una o varias de las actividades siguientes:
a) Reconversión varietal.
b) Reimplantación de viñedos.
c) Mejora de las técnicas de gestión de viñedos.

El plazo máximo de ejecución de la medida es de 5 años y en ningún caso posterior a 31 de julio de 2013, en aplicación del en el artículo 23 del RD 244/2009.
Los tipos de ayudas a las actividades mencionadas y los requisitos son los especificados en el artículo 30 del RD 244/2009, de 27 de febrero.

En la Comunitat Valenciana, teniendo en cuenta la posibilidad del artículo 30.6 del RD 244/2009, se admite que la compensación adopte la forma de coexistencia de vides nuevas y viejas durante dos campañas.
La compensación por pérdida de ingresos en la Comunitat Valenciana es de 609 euros/ha por año. Esta compensación se aplicará durante 2 campañas, excepto cuando las acciones que se lleven a cabo sobre la parcela de viñedo sean la reconversión varietal o sustituir el sistema de conducción (cambio de vaso a espaldera). En este caso se concederá la compensación por pérdida de ingresos para esa superficie por una campaña.
Planes de reestructuración.- El régimen de reconversión y reestructuración de viñedos se llevará a efecto a través de los planes de reestructuración y reconversión que contendrán las correspondientes medidas a realizar.
En la Comunitat Valenciana y en aplicación del artículo 24.3 del RD 244/2009, los planes serán colectivos y el número mínimo de viticultores será de 20. En la provincia de Castellón podrán presentar dichos planes un mínimo de 5 viticultores.
Requisitos de los planes de reestructuración y reconversión.- En aplicación del artículo 26 del RD 244/2009:
1. Serán admisibles los planes individuales. En estos casos la superficie total reestructurada o reconvertida en el plan deberá ser de al menos de 0,5 Ha, en aplicación del articulo 26 del RD 244/2009.
En el caso de planes colectivos, la superficie total reestructurada o reconvertida en el plan deberá ser de al menos 10 hectáreas.
2. Las superficies reestructurada o reconvertida se regirá por lo dispuesto en el artículo 26.2 del RD 244/2009.
3. La superficie máxima reestructurada o reconvertida será de 25 Ha por viticultor y año.
4. El límite de derechos de derechos de replantación procedente de fuera de las explotaciones será como máximo de un 20% de la superficie afectada por el plan.
Presentación de los planes de reestructuración y reconversión de viñedos.- 1. Las solicitudes de reconversión y reestructuración que se refieran a superficies situadas en la Comunitat Valenciana se dirigirán a la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, y se podrán presentar en aquellos lugares previstos en el artículo 38.4 de la ley 30/1992.
2. En aplicación del artículo 25 del RD 244/2009 de 27 de febrero, serán presentados los planes de reestructuración y reconversión durante los 15 días hábiles siguientes a la eficacia de esta resolución.[del 30 d'abril al 18 de maig, a.i.]

Premios 2009 de la Comunitat Valenciana a proyectos de coeducación en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Conselleria d’Educació . ORDE de 8 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es convoquen els Premis 2009 de la Comunitat Valenciana a projectes de coeducació en centres docents sostinguts amb fons públics. [2009/4525]
Conselleria de Educación. ORDEN de 8 de abril de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan los Premios 2009 de la Comunitat Valenciana a proyectos de coeducación en centros docentes sostenidos con fondos públicos. [2009/4525]
Objeto de la convocatoria.- El objeto de la convocatoria es premiar proyectos de coeducación realizados por equipos directivos y equipos o grupos pedagógicos de los centros docentes sostenidos con fondos públicos que estimulen la colaboración entre la familia y el centro escolar para promover la igualdad entre hombres y mujeres, y el compromiso de avanzar en una comunidad escolar coeducativa, así como premiar la acción-experimentación específica coeducativa.
Premios: a) Para equipos o grupos pedagógicos: Tres premios de 3.000 euros , Dos premios de 2.000 euros, Un premio de 1.500 euros.
b) Para equipos directivos: Un premio de 3.000 euros, Un premio de 2.000 euros, Un premio de 1.500 euros.
Se podrá conceder menciones honoríficas, sin dotación económica, si la calidad de los proyectos presentados lo permite, y se podrá declarar desierto alguno de los premios, en el caso de que todos los solicitantes no obtuvieran una puntuación mínima para la concesión de los premios.
Objetivos de los proyectos:
– Apoyar el proyecto coeducativo de centro impulsado por los equipos directivos de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana
– Promover la consolidación de equipos o grupos pedagógicos que desarrollan «buenas prácticas» para coeducar.
– Fomentar una educación en igualdad desde la perspectiva de género, con la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.
– Impulsar actuaciones conjuntas, familia y escuela, para propiciar, entre los niños y niñas y jóvenes de ambos sexos, una educación libre de estereotipos sexistas.
– Estimular la colaboración de los órganos colegiados del centro, poniendo de manifiesto la relevancia de la implicación y cooperación de quienes componen la comunidad educativa.
– Estimular los valores de la convivencia, las acciones preventivas contra la violencia de género y la resolución pacífica de los conflictos, con la participación de las asociaciones de madres y padres del alumnado y de las asociaciones del alumnado de los centros sostenidos con fondos públicos.
Duración.- Los proyectos se realizarán a lo largo del curso escolar 2008-2009. Si las características del proyecto exigen una duración mayor, se indicarán las etapas y los resultados a obtener en cada curso académico.
Destinatarios.- La participación en estos Premios ha de ser en equipo o grupo:
a) De personal docente que esté en activo o que ejerza funciones de apoyo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana de educación infantil, educación primaria, educación secundaria, enseñanzas de régimen especial y educación de las personas adultas.
b) Los equipos o grupos pedagógicos formados por profesorado, padres y madres del alumnado y alumnado de los centros docentes públicos o privados concertados o de titularidad municipal.
c) Los equipos directivos de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, con un proyecto por centro.
Los proyectos que se presenten deberán incluirse en la programación general anual.
El plazo de presentación finalizará el 10 de julio de 2009.

Ayudas a pequeñas y medianas empresas para la producción audiovisual de contenido artístico y cultural.

Institut Valencià de l’Audiovisual Ricardo Muñoz Suay. RESOLUCIÓ de 10 de març de 2009, de la presidenta de l’Institut Valencià de l’Audiovisual Ricardo Muñoz Suay, per la qual es convoca un concurs públic per a la concessió d’ajudes a petites i mitjanes empreses per a la producció audiovisual de contingut artístic i cultural. [2009/4453]
Instituto Valenciano del Audiovisual Ricardo Muñoz Suay. RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2009, de la presidenta del Instituto Valenciano del Audiovisual Ricardo Muñoz Suay, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la producción audiovisual de contenido artístico y cultural. [2009/4453]

Bases comunes a todas las modalidades de ayudas.
1. Objeto de las ayudas.- Las ayudas reguladas por la presente resolución tienen por objeto el apoyo a la producción audiovisual de creación y de contenido artístico y cultural en la Comunitat Valenciana.
2. Modalidades.- La convocatoria contempla las ayudas a la producción de largometrajes documentales, de ficción y de animación destinados a las salas de exhibición cinematográfica (capítulo II), cortometrajes (capítulo III), documentales de creación para televisión en versión original en valenciano (capítulo IV), y series documentales para televisión en versión original en valenciano (capítulo V),
3. Beneficiarios.- Podrán obtener estas ayudas las personas individuales y pequeñas y medianas empresas de producción valencianas inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Audiovisuales de la Comunitat Valenciana. También podrán obtener estas ayudas las pequeñas y medianas empresas de producción de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) que se comprometan a abrir una sede o sucursal en la Comunitat Valenciana e inscribirse en el Registro Administrativo de Empresas Audiovisuales de la Comunitat Valenciana una vez se conceda la ayuda.
4. El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente de publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación.[del 30 d'abril al 29 de maig, a.i.]
5. Modelo.- Las solicitudes se formalizarán en el modelo de instancia (anexo 2), que se encuentra disponible en la página web del IVARMS (http://www.ivarms-lafilmoteca.es/ ).
Capítulo II.- Bases específicas de las ayudas a la producción de largometrajes documentales, de ficción y de animación destinados a las salas de exhibición cinematográfica. El importe global de estas ayudas es de 890.000 euros. La ayuda máxima para cada proyecto no podrá superar el 50% del coste de producción de las empresas que puedan ser beneficiarias conforme a la presente resolución, salvo en el caso de películas difíciles de carácter experimental. El importe de esta ayuda junto con la acumulación de otras ayudas estatales para la misma producción audiovisual no podrá superar el límite del 50% del coste de producción. Se podrá subvencionar un máximo de dos largometrajes documentales.
Capítulo III.- Bases específicas de las ayudas a la producción de cortometrajes. El importe global de estas ayudas es de 130.000 euros. La ayuda máxima para cada proyecto no podrá superar el 90% del coste de producción, al ser calificados como películas difíciles y de bajo presupuesto. En todo caso, el importe de esta ayuda junto con la acumulación de otras ayudas estatales para la misma producción audiovisual no podrá superar el coste de producción. Se podrá subvencionar un máximo de dos cortometrajes documentales.
Capítulo IV.- Bases específicas de las ayudas a la producción de documentales de creación para televisión en versión original en valenciano. El importe global de estas ayudas es de 72.000 euros. El importe de esta ayuda junto con la acumulación de otras ayudas estatales para la misma producción audiovisual no podrá superar el límite del 50% del coste de producción.
Capítulo V.- Bases específicas de las ayudas a la producción de una serie documental para televisión en versión original en valenciano. El importe global de estas ayudas es de 55.000 euros. El importe de esta ayuda junto con la acumulación de otras ayudas estatales para la misma producción audiovisual no podrá superar el límite del 50% del coste de producción. Se subvencionará únicamente una serie, que deberá tener un valor cultural y social para la Comunitat Valenciana. El formato de la serie será de 13 capítulos de 25 minutos o de 6 capítulos de 50 minutos.

Bolsas de ampliación de estudios para estancias breves en centros de investigación nacionales y extranjeros, para el año 2009.

Conselleria de Sanitat . ORDE de 31 de març de 2009, de la Conselleria de Sanitat, per la qual convoca borses d’ampliació d’estudis per a estades breus en centres d’investigació nacionals i estrangers per a l’any 2009. [2009/4538]
Conselleria de Sanidad. ORDEN de 31 de marzo de 2009, de la Conselleria de Sanidad, por la que se convocan bolsas de ampliación de estudios para estancias breves en centros de investigación nacionales y extranjeros, para el año 2009. [2009/4538]

Objetivo y ámbito de las bolsas de ampliación de estudios.- La presente orden tiene como objeto la convocatoria, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de bolsas de ampliación de estudios destinadas a financiar estancias de profesionales de la salud, en posesión del título de doctor, en centros de investigación nacionales y extranjeros, que tengan como finalidad la adquisición de nuevas técnicas, el acceso a instalaciones científicas, la consulta de fondos bibliográficos o documentales u otras actividades significativas que contribuyan a una mayor capacitación del profesional sanitario como investigador en materia sanitaria, que redunden en un mejor desarrollo de sus líneas de investigación, y que deben realizarse durante el ejercicio 2009.
Se podrán financiar bolsas de ampliación de estudios para actividades iniciadas en 2009 con anterioridad a la publicación de esta convocatoria, siempre que la evaluación de la solicitud sea favorable.
Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de estas bolsas las personas físicas con capacidad investigadora, profesionales de la salud, en posesión del grado de doctor, que formen parte de las instituciones sanitarias, centros y servicios dependientes de la Conselleria de Sanidad y Agencia Valenciana de Salud, o de las universidades, organismos públicos de investigación u otras entidades públicas o privadas que carezcan de finalidad de lucro, radicadas en todos los casos en la Comunidad Valenciana.
Duración y periodo de realización de las estancias.- La estancia deberá realizarse en un único centro de investigación radicado fuera de la Comunidad Valenciana, y tendrá una duración ininterrumpida mínima de un mes y máxima de tres meses.
Cuando el objeto de la estancia sea la consulta de fondos bibliográficos o documentales, la duración de la estancia no será superior a 30 días.
El periodo de realización de las estancias se extiende a lo largo del año 2009.
Solicitud.- Las solicitudes deberán presentarse en el modelo de impreso normalizado disponible en la dirección de internet http://www.san.gva.es/ , y deberán ser suscritas por el investigador solicitante de la bolsa. Sólo se admitirá una solicitud por cada persona física.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 30 d'abril al 19 de maig, a.i.]

subvenciones por paralización temporal de la flota pesquera gestionadas por la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio R

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . RESOLUCIÓ de 17 d’abril de 2009, de la consellera d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual es publiquen les línies pressupostàries i els imports globals màxims que financen, per a l’any 2009, subvencions per aturada temporal de la flota pesquera gestionades per la Direcció General d’Empreses Agroalimentàries i Desenvolupament del Medi Rural. [2009/4579]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2009, de la consellera de
Agricultura, Pesca y Alimentación
, por la que se publican las líneas presupuestarias y los importes globales máximos que financian, para 2009, subvenciones por paralización temporal de la flota pesquera gestionadas por la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural. [2009/4579]

Las subvenciones reguladas en las disposiciones de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, citadas en este apartado y gestionadas por la Dirección General de Empresas Agroalimentarias y Desarrollo del Medio Rural, se concederán, en el ejercicio 2009.
La fecha límite para presentación de solicitudes de ayuda será de 15 días contados a partir de la publicación de la presente resolución .[del 30 d'abril al 14 de maig?...]
Programa 714.10, de Ordenación y Mejora de la Producción Pesquera
Línea T1607000
Orden de 26 de noviembre de 2007, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen normas de ordenación y de ayudas en el sector de la pesca y la acuicultura (DOCV núm. 5.679 de 14.01.2008) y Orden de 2 de febrero de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica la Orden de 26 de noviembre de 2007. (DOCV nº 5955 de 16 de febrero de 2009)
El programa operativo del Fondo Europeo de Pesca de España aprobado por Decisión de la Comisión de 13.12.2007 (CCI 2007 ES 14 FPO 001) está insertado en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en la dirección:

Bases Reguladoras de las ayudas al cooperativismo agrario valenciano.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 14 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’aproven les bases reguladores de les ajudes al cooperativisme agrari valencià. [2009/4627]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. ORDEN de 14 de abril de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases Reguladoras de las ayudas al cooperativismo agrario valenciano. [2009/4627]

Objeto.- 1. El objeto de la presente orden es aprobar las bases que regulan la concesión de ayudas al cooperativismo agrario y la convocatoria para el ejercicio 2.009 de las mismas.
2. Las convocatorias en cada ejercicio se publicarán en el DOCV.

Beneficiarios.- 1. Las cooperativas agrarias y las empresas de otro tipo que estén participadas mayoritariamente por cooperativas, siempre que su actividad se mantenga en el ámbito del desarrollo rural relacionado con el sector agrario y alimentario.
2. Las organizaciones representativas del cooperativismo agrario. El beneficiario deberá tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.

Medidas.- 1. Las actuaciones auxiliables son las que se enmarquen dentro de las siguientes medidas:
a. Modernización de la gestión empresarial.
b. Constitución de nuevas cooperativas y diversificación de actividades en las cooperativas ya existentes.
c. Integración cooperativa.
d. Crecimiento empresarial y capitalización.
2. Una misma entidad podrá solicitar ayudas al amparo de cualquiera de las medidas establecidas en la presente orden, pudiendo igualmente simultanear la solicitud de ayudas a título individual, con otra solicitud como integrante de una asociación, cooperativa de segundo grado o participante de otro tipo de entidades que también soliciten el mismo tipo de ayudas, de conformidad con las limitaciones de la normativa comunitaria que le sea de aplicación en cada caso.

Solicitudes.- Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la dirección general competente en materia de cooperativismo de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Las solicitudes se presentarán ante las oficinas comarcales de la Conselleria, sus servicios territoriales de Alicante, Castellón y Valencia, sus servicios centrales en Valencia (C/Amadeo de Saboya, 2) y por cualquier otro de los medios admitidos en la legislación vigente (artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
La presentación de la solicitud por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente en las obligaciones fiscales (Agencia Tributaria y Generalitat) y frente a la Seguridad Social.
Los formularios de solicitud estarán disponibles en la dirección electrónica:
http://www.gva.es/Prop/Serviciosalciudadano/Trámitesyservicios.
El plazo de presentación de solicitudes y los importes máximos se determinarán en cada convocatoria.

Premios de investigación e innovación tecnológica en la lucha contra la contaminación marítima y del litoral.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Orden ARM/1029/2009, de 22 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de investigación e innovación tecnológica en la lucha contra la contaminación marítima y del litoral.
Objeto.- 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de los premios de investigación e innovación tecnológica en la lucha contra la contaminación marítima y del litoral, en régimen de concurrencia competitiva.
2. El objeto de estos premios es distinguir los estudios, proyectos y tesis de investigación o de innovación en el campo de la tecnología aplicada a la lucha contra la contaminación marítima y del litoral.
3. Las correspondientes convocatorias fijarán las áreas de estudio preferente y serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado».

Candidatos.- Podrán ser candidatos a los premios, las personas físicas o jurídicas y agrupaciones de las previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que su nacionalidad, o la de sus componentes, sea española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
Clases y dotación económica.-
1. Se podrá conceder hasta un máximo de dos premios:
a) un primer premio al mejor estudio, proyecto o tesis de investigación e innovación, en el campo de la tecnología aplicada a la lucha contra la contaminación marítima y del litoral.
b) si el jurado lo estimase oportuno y dentro de las disponibilidades presupuestarias, podrá concederse, asimismo, un segundo premio.
2. El importe total de los premios será de 12.000 €. De ellos, serán 8.000 € para el primero y, en su caso, 4.000 € para el segundo. Esta cuantía podrá ser incrementada en cada convocatoria.

Presentación de los trabajos. Forma y plazo.- 1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado contenido en la correspondiente convocatoria, que también se hallará disponible en la web del Ministerio del Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino http://www.marm.es/
Dicha solicitud se acompañará de dos ejemplares del trabajo en formato papel y una copia en formato digital, junto al resto de la documentación requerida y será presentada en el Registro General de la Secretaría General del Mar o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La presentación de los trabajos que opten a los premios deberá realizarse en el plazo de cinco meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 30 d'abril al 29 de stembre de 2009].