Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo. RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2009, del director general de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social, de convocatoria, para el ejercicio 2009, de ayudas destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana. [2009/4260]
Se convocan: las ayudas para la concesión de ayudas destinadas a la promoción, fomento y difusión de la economía social en la Comunitat Valenciana, reguladas en las bases aprobadas mediante la Orden de 17 de julio de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.
Importes que a continuación se relacionan:
1. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.1, , con un importe global máximo de 575.000 euros.
2. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.2, no directamente vinculadas al fomento del empleo, con un importe global máximo de 600.000 euros.
3. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.2, cuando estén directamente vinculadas al fomento del empleo, hasta un importe máximo de 350.000 euros.
4. Las ayudas para las inversiones a que se refiere la base 14.3, con un importe global máximo de 10.000 euros.
1. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.1, , con un importe global máximo de 575.000 euros.
2. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.2, no directamente vinculadas al fomento del empleo, con un importe global máximo de 600.000 euros.
3. Las ayudas para las actividades a que se refiere la base 14.2, cuando estén directamente vinculadas al fomento del empleo, hasta un importe máximo de 350.000 euros.
4. Las ayudas para las inversiones a que se refiere la base 14.3, con un importe global máximo de 10.000 euros.
5. Las ayudas para los gastos asociados a la implementación y/o mantenimiento de las redes a que se refiere la base 14.4, con un importe global máximo de 56.400 euros.
Plazos de presentación de solicitudes.- Para el ejercicio 2009, podrán solicitarse las ayudas que se convocan mediante la presente resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 28 d'abril al 27 de maig, a.i.]
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