martes, 28 de abril de 2009

Ayudas actividades complementarias a planes de excelencia, dinamización y competitividad del producto turístico: moderniza destinos turísticos maduros

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Resolución de 15 de abril de 2009, del Instituto de Turismo de España, por la que se convoca, para el año 2009, la línea de ayudas para actividades complementarias a los planes de excelencia, dinamización y competitividad del producto turístico correspondiente a la iniciativa de modernización de destinos turísticos maduros.
Objeto.–Por la presente Resolución se procede a la convocatoria, para el año 2009, de las ayudas complementarias a los planes de excelencia, dinamización y competitividad del producto turístico, correspondiente a la iniciativa de modernización de destinos turísticos maduros, que asciende para este ejercicio a 1.396.000,00 €.
Estas ayudas están reguladas en la Orden ITC/2369/2006, de 17 de julio (BOE de 21 julio de 2006), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la línea de ayudas del Estado para actividades complementarias a los planes de excelencia/dinamización y dinamización de producto turístico, correspondiente a la iniciativa de modernización de destinos turísticos maduros.
Beneficiarios.- 1. Podrán acogerse a la línea de apoyo a las actividades complementarias:
a) Las entidades que integran la administración local, consorcios locales o asociaciones de municipios en el plazo de ejecución de la última anualidad del plan, incluyendo las prórrogas del mismo si las hubiere, siempre que hayan ejecutado y presentado debidamente la justificación de las anualidades anteriores a fecha 30 de abril de 2009.
b) También podrán acogerse a estas ayudas aquellas entidades cuyos planes hayan finalizado con posterioridad al cierre de la convocatoria inmediatamente anterior a ésta (25 de julio de 2008), siempre que hayan ejecutado en su totalidad todas las actuaciones del plan, y presentado debidamente la justificación de todas las anualidades a fecha 30 de abril de 2009.
2. En todo caso, los posibles beneficiarios de estas ayudas únicamente podrán presentar su solicitud en una sola convocatoria.

Actividades subvencionables.- Podrán ser objeto de financiación con cargo a estas ayudas las siguientes categorías de actividades:
a) Promoción y comercialización de productos turísticos del destino.
b) Campañas de promoción y marketing del destino.
c) Estudio y establecimiento de vías de comercialización del destino.
d) Estudios de demanda y satisfacción.
e) Actuaciones para favorecer la accesibilidad de turistas con discapacidad.

La finalidad de las ayudas concedidas será contribuir a los objetivos perseguidos por el Plan de Excelencia, Dinamización y Competitividad del Producto Turístico que habilita la solicitud, sin que sea exigible aportación alguna por parte de las otras administraciones públicas que financien dichos planes.
Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.- Las solicitudes, dirigidas al Secretario de Estado de Turismo y Presidente de TURESPAÑA, podrán ser presentadas hasta el día 30 de mayo de 2009 inclusive, y deberán presentarse ante el órgano competente en materia de turismo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

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