Queda prohibida la captura de atún rojo en los siguientes períodos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Recomendación ICCAT (08-05) que enmienda la Recomendación de ICCAT sobre el establecimiento de un Plan de recuperación plurianual para el atún rojo en el Atlántico Este y Mediterráneo.
Flotas ........................Zona ........................... Período
Palangreros > 24 m . . Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 02/06-31/12
Cerqueros . . . . . . . . . . Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 16/06-15/04
Cebo vivo . . . . . . . . . . .Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 16/10-15/06
Flotas ........................Zona ........................... Período
Palangreros > 24 m . . Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 02/06-31/12
Cerqueros . . . . . . . . . . Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 16/06-15/04
Cebo vivo . . . . . . . . . . .Atlántico Oriental y Mediterráneo . . . 16/10-15/06
«Se prohíbe la realización de concursos, eventos deportivos o competiciones de pesca deportiva o de recreo que tengan como fin la muerte de atún rojo.
Las embarcaciones incluidas en la lista séptima del registro de matrícula de buques deberán realizar captura y suelta de ejemplares vivos de atún rojo, en el transcurso de las mareas que realicen.»
Las embarcaciones incluidas en la lista séptima del registro de matrícula de buques deberán realizar captura y suelta de ejemplares vivos de atún rojo, en el transcurso de las mareas que realicen.»
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