MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Resolución de 27 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se establecen medidas de fomento de la innovación en las empresas agrarias y agroalimentarias.
1.- El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino financiará la bonificación de intereses de los préstamos que suscriban las empresas del sector agroalimentario, por créditos correspondientes a las siguientes líneas de financiación del ICO: ICO-PYMES 2009, ICO-Crecimiento empresarial 2009, ICO-Internacionalización 2009 e ICO-Emprendedores 2009, por importe de un cuarto de punto porcentual del interés nominal. En el caso de inversiones solicitadas conjuntamente por varias empresas se bonificará adicionalmente con un cuarto de punto.
Dicha bonificación del tipo de interés será abonada por el departamento citado de una vez, como valor actualizado neto, para su aplicación a la amortización anticipada de la parte correspondiente del principal del préstamo. Estas bonificaciones serán compatibles con las subvenciones que puedan conceder las comunidades autónomas a las mismas empresas.
1.- El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino financiará la bonificación de intereses de los préstamos que suscriban las empresas del sector agroalimentario, por créditos correspondientes a las siguientes líneas de financiación del ICO: ICO-PYMES 2009, ICO-Crecimiento empresarial 2009, ICO-Internacionalización 2009 e ICO-Emprendedores 2009, por importe de un cuarto de punto porcentual del interés nominal. En el caso de inversiones solicitadas conjuntamente por varias empresas se bonificará adicionalmente con un cuarto de punto.
Dicha bonificación del tipo de interés será abonada por el departamento citado de una vez, como valor actualizado neto, para su aplicación a la amortización anticipada de la parte correspondiente del principal del préstamo. Estas bonificaciones serán compatibles con las subvenciones que puedan conceder las comunidades autónomas a las mismas empresas.
2.- Podrán beneficiarse de dicha bonificación las empresas del sector agroalimentario con actividades incluidas en los códigos CNAE-2009 División 01 «Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas» salvo el Grupo 01.7 «Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas», División 10 «Industrias de la alimentación», División 11 «Fabricación de bebidas», así como la División 46.2 «Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos» y la División 46.3, «Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco» y la División 10.85 «elaboración de platos y comidas preparados», solamente para platos preparados.
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