Características generales de las ayudas: 1.1 En las condiciones y con los límites e incompatibilidad señalados en los epígrafes 1.3, 6 y 7 siguientes, las ayudas consistirán en la cobertura por MUFACE de 0,20 puntos del tipo de interés de los préstamos hipotecarios entregados a los mutualistas por entidades de crédito para la adquisición por aquéllos durante el año 2009 y mediante compraventa o construcción, de primera vivienda para domicilio habitual. Las ayudas se aplicarán a un solo préstamo por vivienda.
Requisitos generales.–Que el solicitante, en la fecha de adquisición de la vivienda, posea la condición de mutualista de MUFACE, en los términos establecidos en el artículo 6.º del vigente Reglamento General del Mutualismo Administrativo, encontrándose en alta o en situación asimilada a la de alta en dicha fecha, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 del mismo.
Requisitos generales.–Que el solicitante, en la fecha de adquisición de la vivienda, posea la condición de mutualista de MUFACE, en los términos establecidos en el artículo 6.º del vigente Reglamento General del Mutualismo Administrativo, encontrándose en alta o en situación asimilada a la de alta en dicha fecha, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 del mismo.
Página «web» de MUFACE (www.map.es/muface/ ).
Plazo de presentación de la solicitud.–La solicitud se podrá presentar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, hasta el 31 de enero de 2010, inclusive.
Plazo de presentación de la solicitud.–La solicitud se podrá presentar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, hasta el 31 de enero de 2010, inclusive.
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