Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 2 d’abril de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’aproven les bases de les ajudes a les inversions en millora de les condicions de transformació i comercialització dels productes agrícoles i de l’alimentació, per al període 2009/2013. [2009/3996]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. ORDEN de 2 de abril de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases de las ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación, para el periodo 2009/2013. [2009/3996]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. ORDEN de 2 de abril de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases de las ayudas a las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación, para el periodo 2009/2013. [2009/3996]
Objeto y ámbito.- Aprobar las bases que regularán la concesión de ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación, excluida la producción primaria de productos agrícolas, y de las ayudas para la cooperación en el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector agrícola, y alimentario, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el periodo 2009/2013.
ANEXO I
Bases del régimen de las ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación.
Bases del régimen de las ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación.
Objetivos de las ayudas.- A) Ayudas financiadas por el FEADER.
1. Las ayudas previstas en las presentes bases deberán contribuir, con carácter general, a que las empresas agroalimentarias mejoren su rendimiento global como empresa y aumenten su competitividad y su eficiencia a través del cumplimiento de los siguientes objetivos:
– Desarrollo de una estructura moderna, integral y adecuada
– La valorización de las materias primas de productores agrarios vinculados a sistemas de producción artesanal
– Impulso del acceso y desarrollo de la innovación y la aplicación de las nuevas tecnologías
– Adaptación de las producciones a las demandas del mercado
– Avance hacia la mejora ambiental de la industria alimentaria.
1. Las ayudas previstas en las presentes bases deberán contribuir, con carácter general, a que las empresas agroalimentarias mejoren su rendimiento global como empresa y aumenten su competitividad y su eficiencia a través del cumplimiento de los siguientes objetivos:
– Desarrollo de una estructura moderna, integral y adecuada
– La valorización de las materias primas de productores agrarios vinculados a sistemas de producción artesanal
– Impulso del acceso y desarrollo de la innovación y la aplicación de las nuevas tecnologías
– Adaptación de las producciones a las demandas del mercado
– Avance hacia la mejora ambiental de la industria alimentaria.
2. Igualmente se considera objetivo prioritario de estas ayudas el contribuir a la mejora de la dimensión de las empresas para facilitar el acceso a mercados más amplios, mejorar la rentabilidad y contribuir a su permanencia en el mercado.
B) Ayudas financiadas con fondos propios de la Generalitat Valenciana. Los objetivos serán los mismos que en las ayudas financiadas por FEADER.
B) Ayudas financiadas con fondos propios de la Generalitat Valenciana. Los objetivos serán los mismos que en las ayudas financiadas por FEADER.
Cuando se produzca la convocatoria de las ayudas, la presentación también podrá hacerse por medios telemáticos, utilizando los impresos y documentos dispuestos en la dirección electrónica:
http://www.gva.es,Serviciosalciudadano/Prop/Laguia/TramitesyServicios/Buscador;Descripción:Transformaciónycomercialización;/ConselleriadeAgricultura,PescayAlimentación/Solicitudayudasautonómicasenlatransformaciónycomercializaciónendestinodelosproductosagrícolas,ydelaalimentación/
El plazo de presentación de solicitudes y los importes globales máximos se determinarán anualmente en cada convocatoria.
ANEXO II
Bases del régimen de las ayudas para la cooperación en el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector agrícola y alimentario.
Bases del régimen de las ayudas para la cooperación en el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector agrícola y alimentario.
Las bases reguladoras de estas ayudas, son complementarias de las del régimen de ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrícolas y de la alimentación, y en lo no regulado en ellas, con carácter supletorio, será de aplicación el contenido de las citadas bases.
Objetivos de las ayudas.-1. Las ayudas previstas en las presentes bases deberán contribuir, con carácter general, a la consecución de alguno de los objetivos siguientes:
1. Mejorar la dimensión de las empresas para facilitar el acceso a mercados más amplios, mejorar la rentabilidad y contribuir a su permanencia.
2. Mejorar la integración o cooperación entre los eslabones de la cadena evitando la dispersión del valor añadido a otros sectores.
3. Fomentar proyectos integrados y su coordinación.
4. Apoyar las inversiones derivadas de la aplicación de nuevas tecnologías.
5. Apoyar inversiones para la elaboración de nuevos productos y la aplicación de nuevos procesos y tecnologías.
6. Apoyar inversiones derivadas del diseño, desarrollo y ensayo de productos, procesos y tecnologías derivadas de un proceso de colaboración para el desarrollo de innovación.
7.Facilitar el uso de nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), entre ellas, el apoyo a la implantación de sistemas de comercio electrónico, estimulando el acceso a mercados mayoristas de materias primas y venta de productos elaborados, y el apoyo a la implantación de sistemas informáticos de gestión que faciliten el control y funcionamiento de las empresas.
2. Se considerarán prioritarias todas las inversiones que supongan la mejora de la dimensión económica de las empresas, las que vayan dirigidas a la reestructuración y modernización de sectores que puedan
verse afectados, en un futuro, por cambios sustanciales, y aquellas que contribuyan a potenciar y complementar planes estratégicos de la Comunitat Valenciana o del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.
2. Mejorar la integración o cooperación entre los eslabones de la cadena evitando la dispersión del valor añadido a otros sectores.
3. Fomentar proyectos integrados y su coordinación.
4. Apoyar las inversiones derivadas de la aplicación de nuevas tecnologías.
5. Apoyar inversiones para la elaboración de nuevos productos y la aplicación de nuevos procesos y tecnologías.
6. Apoyar inversiones derivadas del diseño, desarrollo y ensayo de productos, procesos y tecnologías derivadas de un proceso de colaboración para el desarrollo de innovación.
7.Facilitar el uso de nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), entre ellas, el apoyo a la implantación de sistemas de comercio electrónico, estimulando el acceso a mercados mayoristas de materias primas y venta de productos elaborados, y el apoyo a la implantación de sistemas informáticos de gestión que faciliten el control y funcionamiento de las empresas.
2. Se considerarán prioritarias todas las inversiones que supongan la mejora de la dimensión económica de las empresas, las que vayan dirigidas a la reestructuración y modernización de sectores que puedan
verse afectados, en un futuro, por cambios sustanciales, y aquellas que contribuyan a potenciar y complementar planes estratégicos de la Comunitat Valenciana o del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino.
La presentación podrá hacerse también por medios telemáticos, utilizando los impresos y documentos dispuestos en la dirección electrónica:
El plazo de presentación de solicitudes y los importes globales máximos se determinarán anualmente en cada convocatoria.
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