Conselleria d’Infraestructures i Transport . ORDE de 25 de març de 2009, de la Conselleria d’Infraestructures i Transport, per la qual es convoquen i regulen per a l’exercici 2009 ajudes per a l’adquisició de vehicles d’autotaxi adaptats per al transport de persones amb mobilitat reduïda a la Comunitat Valenciana, acollides al règim de minimis. [2009/3871]
Conselleria de Infraestructuras y Transporte. ORDEN de 25 de marzo de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se convocan y regulan para el ejercicio 2009 ayudas para la adquisición de vehículos de auto-taxi adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida en la Comunitat Valenciana, acogidas al régimen de minimis. [2009/3871]
Conselleria de Infraestructuras y Transporte. ORDEN de 25 de marzo de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se convocan y regulan para el ejercicio 2009 ayudas para la adquisición de vehículos de auto-taxi adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida en la Comunitat Valenciana, acogidas al régimen de minimis. [2009/3871]
Objeto.- Es objeto de la presente convocatoria otorgar ayudas económicas para la adquisición de vehículos de auto-taxi adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida en la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de autorizaciones de taxi de los municipios de la Comunitat Valenciana, las personas físicas o jurídicas que hayan solicitado una licencia municipal de taxi y aquellas que estén tramitando la autorización de transporte VT ante la Conselleria de Infraestructuras y Transporte. El vehículo de auto-taxi adaptado para el transporte de personas con movilidad reducida no podrá haber sido adquirido o adaptado con anterioridad al 1 de enero de 2008.
Cuantía.- La adquisición de vehículos de auto-taxi adaptados al transporte de personas con movilidad reducida será subvencionada hasta un máximo (excluido IVA) de 30.000 euros por vehículo.
Las solicitudes, junto con la documentación señalada en el artículo 6, deberán presentarse, dirigidas al director general de Transportes y Logística, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 15 d'abril al 4 de maig,a.i.]
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