Conselleria de Governació . ORDRE de 30 de març de 2009, de la Conselleria de Governació, de convocatòria de concessió de subvencions destinades a ajuntaments en matèria de descentralització de la gestió de la formació dels Cossos de la Policia Local de la Comunitat Valenciana, i se n’aproven les bases reguladores de la convocatòria. [2009/3834]
Conselleria de Gobernación . ORDEN de 30 de marzo de 2009, de la Conselleria de Gobernación, de convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a ayuntamientos en materia de descentralización de la gestión de la formación de los Cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Valenciana y se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria. [2009/3834]
Objeto.- Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a los ayuntamientos en materia de descentralización de la gestión de la formación de los Cuerpos de la Policía Local de la Comunitat Valenciana durante el año 2009.
Beneficiarios.- Podrán solicitar estas subvenciones, únicamente, los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, cuya población se halle comprendida entre los 15.000 y 75.000 habitantes.
Beneficiarios.- Podrán solicitar estas subvenciones, únicamente, los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, cuya población se halle comprendida entre los 15.000 y 75.000 habitantes.
Actuaciones subvencionables.- Las ayudas, que tienen la naturaleza jurídica de subvenciones, irán dirigidas a la financiación de la realización de cursos de formación continua sobre contenidos relacionados con la actividad policial, y que vayan destinados exclusivamente a los miembros del Cuerpo de policía local, bien del municipio convocante, bien de otros cuerpos de Policía local de la Comunitat Valenciana.
Quedarán excluidas de esta orden, aquellas acciones formativas que tengan por objeto medidas relacionadas con legislación en general, aquellas que no tengan una relación directa con las funciones propias de la policía local, y todas aquellas que sean objeto de la formación reglada de la policía local, prevista en la normativa de Coordinación de la Generalitat Valenciana.
Los cursos deberán basarse en contenidos de aspecto práctico, basados en la tarea cotidiana y misiones a llevar a cabo por las Policías Locales en el ejercicio de sus funciones, y no deben basarse en contenidos estrictamente teóricos.
Quedarán excluidas de esta orden, aquellas acciones formativas que tengan por objeto medidas relacionadas con legislación en general, aquellas que no tengan una relación directa con las funciones propias de la policía local, y todas aquellas que sean objeto de la formación reglada de la policía local, prevista en la normativa de Coordinación de la Generalitat Valenciana.
Los cursos deberán basarse en contenidos de aspecto práctico, basados en la tarea cotidiana y misiones a llevar a cabo por las Policías Locales en el ejercicio de sus funciones, y no deben basarse en contenidos estrictamente teóricos.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOCV. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.[del 8 d'abril al 7 de maig,a.i.]
La solicitud de subvenciones, acompañada de la documentación requerida se formulará en el modelo oficial que figura en el Anexo II de esta resolución e irá dirigida a la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana.
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