VISITELCHE, ORGANISMO AUTONOMO LOCAL.
-CONVOCATORIA BECA TITULADOS CICLOS FORMATIVOS F.P. GRADO MEDIO [ Boletín Nº 186 del 30/09/2013 (pdf) pàgina 62]
-CONVOCATORIA BECA TITULADOS CICLOS FORMATIVOS F.P. GRADO MEDIO [ Boletín Nº 186 del 30/09/2013 (pdf) pàgina 62]
1 beca para completar la formación de titulados de ciclos formativos de formación profesional de grado medio de gestión administrativa mediante la realización de prácticas profesionales en dependencias de Visitelche de acuerdo con las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE UNA BECA PARA COMPLETAR LA FORMACIÓN DE TITULADOS DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACION PROFESIONAL DE GRADO MEDIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA REALIZACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN LAS DEPENDENCIAS DE VISITELCHE DURANTE EL EJERCICIO 2013 Y 2014.
BASE PRIMERA. OBJETO. Las becas que se regulan en estas bases tienen por objeto completar y desarrollar la formación académica de jóvenes titulados de ciclos formativos de formación profesional de grado medio de gestión administrativa a través de la realización de prácticas profesionales en las dependencias Visitelche para adquirir formación complementaria y especialización en materias propias de dicha titulación.
BASE SEGUNDA. NÚMERO Y ORGANISMO EN QUE SE EFECTUARAN LAS PRÁCTICAS. 1. Se convoca una única beca.
2. La persona beneficiara de la beca realizaré sus prácticas en las dependencias de Visitelche.
BASE TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS SOLICITANTES. 1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) No ser mayor de 35 años.
b) Estar en posesión del ciclos formativos de formación profesional de grado medio de gestión administrativa, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido mas de cinco años desde su obtención.
c) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en cualquier Administración Pública por un periodo igual o superior a 36 meses.
d) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Conocimientos sobre aplicaciones informáticas.
2. No podrán optar estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en cualquier otra Administración Pública.
BASE CUARTA. DURACIÓN DE LA BECA Y PRÓRROGA. 1. El periodo de duración de las becas será de seis meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, que será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
2. El periodo de duración podrá prorrogarse por la Presidenta de Visitelche, sin necesidad de nueva convocatoria, por un periodo máximo de doce meses adicionales siempre que exista disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.
BASE QUINTA. DOTACIÓN ECONOMICA INDIVIDUAL Y PAGO DE LA BECA. 1. La dotación económica de la becas será de cuatrocientos quince (415,00) euros mensuales brutos.
Sobre dicho importe habrá de practicarse la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que, en su caso, pudieran corresponder.
2. En caso de prorroga de la beca, en el segundo periodo la cuantía procedente será la misma.
3. Las cantidades abonadas en ningún caso tendrán el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica para los gastos que la beca comporta.
4. Durante el período de vigencia de la beca y con el fin de que la cuantía de la ayuda concedida no se vea indirectamente mermada, se podrán abonar ayudas complementarias para compensar los gastos derivados de la asistencia a cursos, seminarios, eventos u otras actividades que, a consideración del tutor o tutora responsables de la formación, se entiendan necesarios o convenientes a los propósitos de la misma. En este caso, dichos gastos les serán resarcidos en los términos que para el personal de Visitelche y el adscrito funcionalmente al servicio de mismo se establezca legalmente.
La aplicación de dicha normativa se referirá únicamente a los conceptos y cuantías que deban ser resarcidos sin que ello implique una modificación en la relación jurídica del becario con la administración.
5. El importe de las becas se abonará mensualmente, previa certificación responsable de las prácticas profesionales.
BASE SEXTA. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Boletín Nº 186 del 30/09/2013 (pdf)
2. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán la solicitud dirigida a la Presidenta de Visitelche así como currículum de forma completa, de acuerdo con el Anexo I.
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION DE UNA BECA PARA COMPLETAR LA FORMACIÓN DE TITULADOS DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACION PROFESIONAL DE GRADO MEDIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA REALIZACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES EN LAS DEPENDENCIAS DE VISITELCHE DURANTE EL EJERCICIO 2013 Y 2014.
BASE PRIMERA. OBJETO. Las becas que se regulan en estas bases tienen por objeto completar y desarrollar la formación académica de jóvenes titulados de ciclos formativos de formación profesional de grado medio de gestión administrativa a través de la realización de prácticas profesionales en las dependencias Visitelche para adquirir formación complementaria y especialización en materias propias de dicha titulación.
BASE SEGUNDA. NÚMERO Y ORGANISMO EN QUE SE EFECTUARAN LAS PRÁCTICAS. 1. Se convoca una única beca.
2. La persona beneficiara de la beca realizaré sus prácticas en las dependencias de Visitelche.
BASE TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS SOLICITANTES. 1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) No ser mayor de 35 años.
b) Estar en posesión del ciclos formativos de formación profesional de grado medio de gestión administrativa, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido mas de cinco años desde su obtención.
c) No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en cualquier Administración Pública por un periodo igual o superior a 36 meses.
d) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Conocimientos sobre aplicaciones informáticas.
2. No podrán optar estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en cualquier otra Administración Pública.
BASE CUARTA. DURACIÓN DE LA BECA Y PRÓRROGA. 1. El periodo de duración de las becas será de seis meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, que será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
2. El periodo de duración podrá prorrogarse por la Presidenta de Visitelche, sin necesidad de nueva convocatoria, por un periodo máximo de doce meses adicionales siempre que exista disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.
BASE QUINTA. DOTACIÓN ECONOMICA INDIVIDUAL Y PAGO DE LA BECA. 1. La dotación económica de la becas será de cuatrocientos quince (415,00) euros mensuales brutos.
Sobre dicho importe habrá de practicarse la retención correspondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como la correspondiente cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que, en su caso, pudieran corresponder.
2. En caso de prorroga de la beca, en el segundo periodo la cuantía procedente será la misma.
3. Las cantidades abonadas en ningún caso tendrán el carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica para los gastos que la beca comporta.
4. Durante el período de vigencia de la beca y con el fin de que la cuantía de la ayuda concedida no se vea indirectamente mermada, se podrán abonar ayudas complementarias para compensar los gastos derivados de la asistencia a cursos, seminarios, eventos u otras actividades que, a consideración del tutor o tutora responsables de la formación, se entiendan necesarios o convenientes a los propósitos de la misma. En este caso, dichos gastos les serán resarcidos en los términos que para el personal de Visitelche y el adscrito funcionalmente al servicio de mismo se establezca legalmente.
La aplicación de dicha normativa se referirá únicamente a los conceptos y cuantías que deban ser resarcidos sin que ello implique una modificación en la relación jurídica del becario con la administración.
5. El importe de las becas se abonará mensualmente, previa certificación responsable de las prácticas profesionales.
BASE SEXTA. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Boletín Nº 186 del 30/09/2013 (pdf)
2. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán la solicitud dirigida a la Presidenta de Visitelche así como currículum de forma completa, de acuerdo con el Anexo I.
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