lunes, 9 de septiembre de 2013

Pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Primero. Convocatoria. Se convocan las pruebas de aptitud para el acceso a las profesiones de Abogado y de Procurador por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Segundo. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.
Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se deberá mantener hasta la finalización de la prueba.
2. Estar en posesión del título oficial de abogado o procurador obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en los términos establecidos en el artículo 3 de de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo.
Tercero. Solicitud de admisión a la prueba de aptitud. Quienes deseen participar en la prueba deberán hacerlo constar mediante solicitud dirigida al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, del Ministerio de Justicia, cuyo modelo orientativo de instancia figura como Anexo I a esta Resolución.
Asimismo, deberá acompañarse declaración responsable relativa a la posesión del título de Abogado o Procurador expedido en alguno de los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, según el modelo contenido en el Anexo II de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo, indicando de forma expresa la denominación oficial de su profesión en su Estado de origen, de acuerdo con las que se indican en el Anexo I de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo.
Cuarto. Derechos de examen. Los derechos de examen, conforme con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2013, serán de 43,87 euros, y el pago se efectuará mediante ingreso en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en España para la recaudación tributaria o en la cuenta corriente número ES 62 0182 2370 42 0208000060, abierta en el Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público, Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá hacerse directamente en cualquier oficina de la entidad citada o mediante transferencia desde cualquier otra entidad bancaria.
En ningún caso, la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud que se expresa en el apartado tercero de esta Resolución.
Quinto. Presentación de la solicitud y documentación adicional. Para participar en la prueba de aptitud será necesario presentar la solicitud y la declaración responsable mencionadas en el apartado tercero de esta Resolución, junto con el resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de la declaración responsable debidamente firmada relativa a la posesión del título de abogado o procurador, determinará la exclusión del solicitante.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación adicional será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 10 al 29 de septiembre de 2013, a.i.} y podrá realizarse en el Registro General del Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia