lunes, 2 de septiembre de 2013

1 plaza de Director de la Escuela Infantil municipal -Maestro- (A2). Bases. Ayuntamiento de Aielo de Malferit (Vall d'Albaida-València)

Ayuntamiento de Aielo de Malferit. (ver pdf)   [BOP-València N.º 208,  2-IX-2013, pàgina 19]
Anuncio del Ayuntamiento de Aielo de Malferit sobre resolución de alcaldía nº 230/2013 de fecha 12 de agosto de 2013, por la que se aprueban las bases para la provisión en propiedad de la siguiente plaza, correspondiente a la OEP del 2010.
ANUNCIO
Una plaza de Director de la Escuela Infantil municipal, Administración Especial, subescala de Servicios Especiales.
Las bases específicas se transcriben literalmente:
1. Objeto.- Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE de UNA plaza de Director de la Escala de Administración Especial, vacante en la Plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2010 y dotado con las retribuciones básicas correspondientes al grupo A2, y las complementarias que se establezcan.
2. Condiciones o requisitos de admisión de los aspirantes.- Para poder tomar parte en la
realización de las pruebas selectivas de esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Maestro Especialidad de Educación Infantil o equivalente. La titulación se acreditará mediante expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad será la única competente para declarar la equivalencia de titulaciones.
f) No hallarse incurso en causa de incapacidad de las contenidas en la legislación vigente ni en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
g) Comprometerse, en caso de obtener la plaza, a acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, así como el resto del ordenamiento jurídico.
3. Forma y plazo de presentación de instancias.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen, con referencia a la fecha de terminación del plazo para su presentación, todas y cada una de las condiciones exigidas en la segunda de las presentes bases, se facilitarán en el Ayuntamiento, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General de éste durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Los méritos alegados por los interesados deberán ser debidamente justificados e ineludiblemente habrán de ser presentados en original o fotocopia debidamente compulsada, junto a la instancia de solicitud, no pudiendo ser valorados los méritos no acreditados en ese momento.
Las instancias también podrán ser presentadas en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Procedimiento Administrativo.
Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 62.16 euros, y las instancias irán acompañadas del resguardo acreditativo de haberse efectuado el ingreso, el cuál no será devuelto sino en caso de que el solicitante no resulte admitido.

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