miércoles, 11 de septiembre de 2013

Premio Nacional de Educación para el Desarrollo «Vicente Ferrer» en centros docentes sostenidos con fondos públicos correspondientes al año 2013. AECID.

1. Objeto. 1. La presente Resolución tiene por objeto convocar para el año 2013 la Edición Especial 25 Aniversario de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AECID) del Premio Nacional de Educación para el Desarrollo «Vicente Ferrer» destinados a aquellos centros docentes que durante el curso 2012/2013 hayan desarrollado acciones, experiencias educativas, proyectos o propuestas pedagógicas destinados a sensibilizar, concienciar, desarrollar el espíritu crítico y fomentar la participación activa del alumnado en la consecución de una ciudadanía global, solidaria, comprometida con la erradicación de la pobreza y sus causas y el desarrollo humano y sostenible.
2. Estas acciones estarán dirigidas a la consecución de los fines y objetivos establecidos con carácter general en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, siendo de interés la implicación de toda la comunidad educativa en ellas.
3. Dado el carácter extraordinario de esta Edición Especial 25 aniversario de la AECID, las candidaturas presentadas por los centros educativos, deberán asociarse con una de las noticias que publica la AECID en su página web (http://www.aecid.es/es/sala_prensa/) pudiendo utilizar otros recursos que se consideren de interés (videos, enlaces, documentos, publicaciones...). La página web recoge un amplio abanico de noticias desde el 2003 al 2013. Al presentar la candidatura deberán indicar en ella con que noticia relacionan su propuesta educativa.
4. Podrán presentarse al premio centros de forma individual o en agrupación (hasta un máximo de 7
centros por agrupación).
2. Beneficiarios.
1.
La convocatoria está dirigida a todos los centros docentes españoles sostenidos con fondos públicos que impartan alguna de las siguientes enseñanzas: educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación de personas adultas, bachillerato y formación profesional.
2. No podrán ser beneficiarios aquellos centros que concurran en alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarto. Solicitud, documentación y plazo de presentación. 1. Los centros que deseen participar en esta convocatoria podrán optar por la presentación telemática entrando en la sede electrónica de la web AECID o dirigir tanto la documentación como las memorias descriptivas a la Unidad de Educación para el desarrollo dependiente del Gabinete Técnico de la AECID, en el registro de la AECID, Avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid (España), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la instancia aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. Si en uso de este derecho, la solicitud es remitida por correo será necesario que se presente en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su certificación.
8. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 12 de septiembre al 1 de octubre de 2013, a.i.}

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