Primero. Objeto.
1. Convocar dos becas en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia
competitiva, así como regular aquellos aspectos del proceso no recogidos en la Orden
SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, de bases reguladoras de la materia.
2. Conforme a lo dispuesto en el párrafo tercero del apartado 2 del artículo segundo
de las citadas bases reguladoras, la duración de las becas convocadas por esta resolución
es de un año, prorrogable hasta un máximo de cuatro. La prórroga anual se producirá
siempre que exista disponibilidad presupuestaria y previa evaluación de la labor realizada.
3. De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del apartado 2 del citado
artículo segundo de las bases reguladoras, las dos becas se encuadran dentro de la
modalidad de Beca Intramural para licenciado universitario.
Segundo. Cuantía de las becas.
1. La cuantía de las becas queda establecida en 1.354,81 euros/mes, ...
Cuarto. Requisitos de los beneficiarios.
Conforme a lo establecido en el artículo tercero de la Orden SCO/4133/2004, de 3 de
diciembre, podrán ser beneficiarios de las becas convocadas por la presente resolución
aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los siguientes
requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados
Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Igualmente, podrán ser beneficiarios los extranjeros residentes en España, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero
(«BOE» de 12 de enero), sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social.
Los candidatos que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar dominio
suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a
desarrollar.
2. El solicitante deberá, en la fecha de presentación de la solicitud, estar en posesión
del título de licenciado, o de grado en su caso, en Medicina y Cirugía, Biología, Farmacia
o Estadística o acreditar el abono de los derechos para su expedición. Asimismo, deberá
haber finalizado los estudios correspondientes a dicho título en el año 2009 o posterior.
Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán
estar homologados o reconocidos en la fecha de presentación de la solicitud.
3. No estar incurso en las prohibiciones establecidas por el artículo 13.2 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre («BOE» de 18 de noviembre), General de Subvenciones,
cuya justificación deberá realizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 13.7 de la
citada ley.
4. No haber disfrutado de más de una beca de igual modalidad en convocatorias
anteriores de la Organización Nacional de trasplantes.
Quinto. Forma, plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. Los interesados presentarán la solicitud correspondiente al modelo normalizado
que se adjunta a la presente resolución como Anexo 1 así como la documentación
requerida en el apartado 4.
2. Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la página web de
la Organización Nacional de Trasplantes www.ont.es, en el apartado Oficina virtual/
Procedimientos administrativos/Becas. Es necesario para presentar la solicitud telemática
la identificación y firma mediante Certificado Digital o DNI electrónico.
3. Las solicitudes podrán presentarse también en el Registro de la propia
Organización, situado en C/ Sinesio Delgado, 6-8, pabellón 3, 28029 Madrid, o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre («BOE» de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ...
5. Conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo cuarto de la Orden
SCO/4133/2004, de 3 de diciembre, el plazo de presentación de solicitudes finalizará
transcurridos quince días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación
en el «BOE» de la presente resolución.{del 21 de febrero al 10 de marzo de 2015, a.i.}
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