miércoles, 11 de febrero de 2015

Enero de 2015: Índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Enero de 2015 
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios. 
Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS)(1): 
Plazos . . . . . . . . . . . . . Porcentaje 
Dos años . . . . . . . . . . .  0,141 
Tres años . . . . . . . . . . . 0,183 
Cuatro años . . . . . . . . . 0,244 
Cinco años . . . . . . . . .  0,318 
Siete años . . . . . . . . . . 0,482 
Diez años . . . . . . . . . . 0,736 
Quince años . . . . . . .   1,017 
Veinte años . . . . . . . .  1,171 
Treinta años . . . . . . . . 1,302 
B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente 
Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) a plazo de un año (1) . . . . 0,039
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(1) La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio («BOE» de 6 de julio).

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