lunes, 2 de febrero de 2015

subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante con población inferior a 5.000 habitantes, para la realización de actuaciones de gasto corriente relacionadas con la agricultura y sostenimiento del medio rural para la anualidad 2015

convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante con población inferior a 5.000 habitantes, para la realización de actuaciones de gasto corriente relacionadas con la agricultura y sostenimiento del medio rural para la anualidad 2015, conforme a las siguientes: BASES “PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión, durante el año 2015, de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante, con población inferior a 5.000 habitantes, para la realización de actuaciones de gasto corriente relacionadas con la agricultura y sostenimiento del medio rural. 
Los terrenos sobre los que el ayuntamiento vaya a realizar alguna de las actuaciones subvencionables deberán ser de titularidad municipal. 
Dentro del capítulo de Gasto Corriente serán subvencionables las siguientes actuaciones, ya realizadas o por realizar durante la anualidad 2015: 
- Limpieza y conservación mediante desbroce y roturación de terrenos de titularidad municipal destinados a cultivo. 
- Desbroce o limpieza de márgenes de accesos a zonas rurales o agrícolas de titularidad municipal o a título de dueño. 
- Reparación simple, conservación o mantenimiento de acequias, márgenes, muretes, conducciones de regadío en canal abierto y redes de drenaje y avenamiento de titularidad municipal o a título de dueño. 
- Actuaciones formativas en materia de: agricultura ecológica, producción integrada, comercialización de productos agrícolas, prácticas culturales (plantación, riego, poda, injertos, labrado, post-cosecha, tratamientos fitosanitarios) y obtención del carné oficial de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario de nivel básico, conforme a las especificaciones del Decreto 27/2007 de 02 de marzo por el que se regulan los carnés de manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario en la Comunitat Valenciana.
- Reparación simple, conservación, adecuación y rehabilitación de instalaciones de titularidad municipal de utilidad agrícola: almazaras, básculas o centro de pesaje agrícola, mataderos, salas de despiece y otras instalaciones agrícolas. 
- Poda/Tala (*1), gastos de recogida, transporte y tratamiento fitosanitario de palmeras afectadas por Rhinocerus Ferreagus (Picudo rojo) en terrenos de titularidad municipal. 
(*1) Poda: eliminación de ramas o partes del ejemplar afectado. 
Tala: eliminación completa del ejemplar afectado.
- Tratamientos para el control de plagas de insectos perforadores de pinares (Tomicus Piniperda var. Destruens): apeo y descortezado o eliminación de los restos de pinos muertos o moribundos y de sus leñas si se encuentra el insecto en su interior, apeo de árboles completamente secos sin insectos en su interior, instalación de puntos de cebo, instalación de trampas de feromonas o kairomonas. No son subvencionables los tratamientos de aplicación de productos fitosanitarios. 
- Trabajos de preparación y roturación de terreno destinados a huertos urbanos, ya constituidos o no, de titularidad municipal. 
- Compra de aperos, utensilios y otros materiales de pequeña envergadura no inventariables. 
- Señalética horizontal para la identificación de huertos urbanos ya constituidos o no, de titularidad municipal.  
...
SEGUNDA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las entidades interesadas deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará en la página web de esta Diputación, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el B.O. de la Provincia de Alicante.{del 3 al 25 de febrero de 2015, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

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