viernes, 21 de agosto de 2015

bolsa de trabajo de profesor/a de Epa General y profesor/a de Epa especialidades ciencias, mediante sistema de concurso de méritos y nombramiento funcionario interino, de la Escuela Municipal de Educación de Adultos de La Pobla de Farnals (Horta Nord-València)

Bases para la constitución de una bolsa de trabajo de profesor/a de Epa General y profesor/a de Epa especialidades ciencias, mediante sistema de concurso de méritos y nombramiento funcionario interino, de la Escuela Municipal de Educación de Adultos de La Pobla de Farnals que a continuación se transcriben. De conformidad con lo establecido en las mismas dichas Bases se publican en el Boletín Oficial de la Provincia.
“BASES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE PROFESOR/A DE EPA GENERAL Y PROFESOR/A DE EPA ESPECIALIDADES CIENCIAS, MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS Y NOMBRAMIENTO FUNCIONARIO INTERINO, DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN DE ADULTOS DE LA POBLA DE FARNALS
BASE 1. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la selección, mediante el sistema de concurso, y nombramiento funcionario interino de un PROFESOR/A DE EPA GENERAL y un PROFESOR/A DE EPA ESPECIALIDADES CIENCIAS,para la ejecución de un programa de carácter temporal, con duración de tres años, ampliable hasta doce meses más en virtud de lo establecido en el estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Función Pública Público, justificado en la atención a criterios pedagógicos y formativos.
Con los resultados obtenidos en el proceso de selección se constituirá una bolsa de trabajo estará formada por los aspirantes ordenados por orden de puntuación total obtenido de mayor a menor, y los nombramientos se realizaran por riguroso orden de lista.
Los nombramientos se realizarán ajustándose a las siguientes condiciones retributivas:
Grupo A2…………….. 958,98 euros
C. Destino…………….439,70 euros
C. Específico………….201,79 euros
Los nombramientos se realizarán para los cursos escolares donde se planteen necesidades o con ocasión de sustitución de vacantes, bajas temporales, vacaciones.
La presente bolsa estará en vigor mientras no sea derogada expresamente por otra posterior, o se agote su relación de candidatos, previa resolución de alcaldía al respecto. Asimismo, la constitución de esta bolsa deroga las anteriores que pudieran existir.
BASE 3. Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en el presente procedimiento, será necesario que los aspirantes reúnan las condiciones siguientes:
1.- Tener la nacionalidad española o la de uno de los restante Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que se aplique la libre circulación de trabajadores/as, dentro de lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Asimismo, podrán acceder a los puestos de naturaleza laboral, las personas extranjeras que se encuentren en situación de legalidad en España y que sean titulares de la documentación que les habilite para residir y acceder sin limitaciones al mercado laboral, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y posterior modificación por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.
2.- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, de la edad máxima de jubilación forzosa, y en su caso, no exceder de la edad máxima establecida para el acceso al correspondiente puesto de trabajo de conformidad con la normativa específica que le sea de aplicación.
3.- No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto al que se opta.
4.- No hallarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
5.- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualquier administración o empleo público. Asimismo, no hallarse en ninguna causa de incompatibilidad que recojan las leyes.
6.- Estar en posesión de la titulación siguiente:
PROFESORA EPA GENERAL
- Estar en posesión de la titulación de Grado de Maestro en Educación Primaria o titulación equivalente.
- Estar en posesión del CERTIFICAT DE GRAU SUPERIOR VALENCIANO de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
- Estar en posesión del título B1 de INGLÉS o equivalente oficialmente homologado.
PROFESORA EPA ESPECIALIDADES CIENCIAS
- Estar en posesión de la titulación de Grado en la rama de ciencias (a título meramente enunciativo tales como matemáticas, física química, biología..etc) o equivalentes.
- Estar en posesión del título del Master de acreditación formación pedagógica y didáctica (Ley 2/2006 de 3 de mayo de Educación) o equivalente.
Quedará exento de presentar este título aquel aspirante que esté en posesión del Grado de Magisterio o equivalente).
- Estar en posesión del CERTIFICAT DE GRAU MITJÀ VALENCIANO de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos y será la única competente para hacer esa declaración de equivalencia. Los títulos deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la firma del contrato laboral.
BASE 4. Presentación de instancias y documentación anexa. 1.- Los interesados/as en inscribirse en la bolsa de trabajo deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde según modelo oficial que figura a las presentes, donde los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases.
2.- Las bases de la convocaría se publicarán en el BOP de Valencia, tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal (www.lapobladefarnals.es).
El plazo de presentación de instancias será de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOP de Valencia, {del 22 de agosto al 5 de septiembre de 2015, a.i.} sin perjuicio de la información adicional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.
Las instancias se presentarán en el Registro General, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- El domicilio a efectos de notificaciones del interesado/a será el que se consigne en la correspondiente instancia, indicándose además un número de teléfono para recibir comunicaciones, siendo responsabilidad exclusiva del solicitante los errores en la consignación de los mismos.
4.- La consignación de datos falsos en la instancia o la falsedad de documentación aportada, conllevará la exclusión de la Bolsa de Trabajo, sin perjuicio de las medidas legales que en su caso correspondan.
5.- Junto con la instancia según modelo oficial, los interesados/as deberá aportar los siguientes documentos:
1) Fotocopia del DNI, y para el caso de extranjeros, documento NIE o pasaporte y documentación que acredite el permiso de residencia y de posibilidad de acceso al mercado laboral.
2) Documentación acreditativa de la titulación que habilita para el desempeño del puesto de trabajo al que desean inscribirse.
3) Documentación acreditativa de los méritos de conformidad con el apartado correspondientes de las presentes bases.

6.- Las fotocopias de los documentos aportados junto a la instancia deberán presentarse debidamente compulsados.

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